El Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, dueño de sus ingenios en esta provincia, dio su poder cumplido al Capitán Antonio Hernández de Mancilla, Alcalde Mayor de Jalapa, y a Doña Gerónima de Espinosa Bonifaz, vecina de la ciudad de México, para que lo puedan obligar como su fiador hasta en la cantidad de 4 000 pesos en los 20 000 que se le mandan afianzar en el remate que se ha hecho a la dicha Doña Gerónima del ingenio y haciendas de ganado mayor que quedaron por fin y muerte del Regidor Don Luis Pacho Mejía.
ALCALDES MAYORES
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Don José Ceballos de Burgos, dueño del ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, dio su poder cumplido a Don Francisco de Paz Granados, residente en la ciudad de México, para que lo pueda obligar como su fiador hasta en la cantidad de 1 000 pesos de oro común, por razón de los oficios de Alcalde Mayor de Palalotipac y Corregidor de Los Peñoles, que habrá de desempeñar.
El Capitán Don Juan de Fuica Lezama, Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de la provincia de Jalapa, dio su poder cumplido a Melchor de Avila, vecino de México, para que a su dita y crédito tome de la persona o personas que le quieran dar hasta en la cantidad de un mil pesos de oro común en mercaderías, plata, reales, oro, u otra cosa que hallare, y lo obligue a la paga de los mismos en los plazos que concertare.
Ante Don Juan de Vértiz, Alcalde Mayor de esta provincia, Don Pedro Francisco, gobernador actual; Don Diego del Moral, Don Juan Miguel y Don Francisco Jiménez, Alcaldes; Juan Diego Alguacil Mayor y Diego Flores, escribano, naturales de Jalapa, y mediante Juan Díaz de la Cueva, intérprete, dieron en arrendamiento a Antonio Luis, que asiste en la Venta de la Rinconada, el mesón y tienda de su propiedad en este pueblo, por tiempo de 2 años, a partir del día 10 de mayo venidero, al precio cada 1 habiendo flota de 160 pesos de oro común, y en caso de no haber, en 135 pesos anuales.
Don José Ceballos y Burgos presentó ante Don Juan Antonio Cano Moctezuma, Alcalde Mayor de Jalapa, a Don Antonio Pérez, español, vecino de Naolingo, testigo que se halló presente cuando el Licenciado Bartolomé de la Cueva, dictó su testamento y pidió se guardase y cumpliese lo en él contenido.
Vicente Alemán, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, vende al Capitán Juan de Vargas, Alcalde Mayor de Jalapa, dos negros, muchachos, de 14 años de edad, llamados Pedro y Francisco, de nación Angola, bozales, sujetos a servidumbre, por el precio de 500 pesos de oro común.
El Capitán Miguel Pinto de Mota, mercader de negros, vende al Capitán Juan de Vargas, Alcalde Mayor de Jalapa, una negra llamada Isabel, de nación Angola, bozal, de 15 años de edad, habida de buena guerra, sujeta a servidumbre, con las tachas que tuviere, por el precio de 330 pesos de oro común.
El Capitán Juan de Vargas, Alcalde Mayor de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Miguel Pinto de Mota, mercader de negros, 330 pesos de oro común, precio de una negra llamada Isabel, de nación Angola, para el fin del mes de marzo de 1620.
Don Diego Coronado Portocarrero, Alcalde Mayor de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco Luis, vecino de Jalapa, y al Capitán Sebastián Báez de Acevedo, mercader de negros, 340 pesos de oro común, precio de una negra llamada Isabel, bozal, de nación Angola, para fin del mes de marzo de 1623, todos juntos en una paga, puestos en este pueblo.
El Capitán Juan Alonso de Mújica, Alcalde Mayor de Jalapa, en virtud del poder que tiene del Lic. Don Fernando de Saavedra, Oidor de la Real Audiencia de Santa Fé ( Bogotá) del Nuevo Reino de Granada, como marido y conjunta persona de Doña Catalina de Alcega y Bermeo, hija legítima y heredera de Martín de Bermeo y de Catalina de Alcega, difuntos, por lo que le toca, y en nombre de los demás herederos, y como albacea de la dicha de Doña Catalina de Alcega; el dicho Alcalde Mayor haciendo uso del referido poder, dio en arrendamiento a Domingo Vicente, una hacienda de labor que llaman el rancho de San Pedro, jurisdicción de San Andrés, con todas las tierras pertenecientes al dicho rancho que están en la jurisdicción de Cachula, por tiempo de cuatro años, a partir del 1 de marzo de 1626, por el precio de 300 pesos de oro común anuales.