Doña María Victoria Solera, residente en esta villa, como vecina de ella, otorga poder general a don José Manuel Reyes, al presente en esta villa, para que en su nombre y representación administre y gire los bienes que al presente tenga y en adelante tuviere. Además, para que la defienda en todos sus pleitos y causas civiles y criminales, eclesiásticos o seculares.
Sem títuloADMINISTRADORES DE CORREOS
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Don Juan Francisco de Bárcena, don Francisco Fernández y Agudo, don José Manuel Cruz y Bremont, don José Javier de Olazábal, don Narciso García Puertas, don Dionisio González, don José María Becerra, don Francisco González, don Mariano Rincón, don Francisco Gil González, don José Domingo de la Rocha, don Antonio María de Casas, don Feliciano José Mirón, don Joaquín Ruiz, don Sebastián de Bobadilla y Atenas y don José Manuel de Izaguirre, unos vecinos de esta villa y de su comercio y otros de la Nueva Veracruz, otorgan que se constituyen fiadores y principales pagadores responsables en favor de don Juan Bautista de Campo, administrador interino de la Renta de Correos en esta villa, por suspensión del propietario, don Faustino de Capetillo, por la cantidad de 4 000 pesos, es decir, a 250 pesos aproximadamente cada uno, en caución de los intereses que de la Hacienda Nacional han de entrar en su poder, de los valores de la correspondencias que son de su cargo desde el día en que se le destinaron a dicho puesto.
Sem títuloDon Juan Ruiz Abascal, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, otorga que se constituye fiador y principal pagador de cantidad de 2 000 pesos, y no más, en favor de la Hacienda Pública de esta Federación, en caución de los intereses que de ella entren en poder del comisario subalterno de este Estado, don Pedro Pablo Vélez, actual Administrador de la Renta Nacional de Correos de la Nueva Veracruz. Y si por su culpa, omisión o negligencia resultare en su contra algún descubierto o quebranto, el que así fuere, lo satisfará de sus propios bienes.
Sem títuloJosé Gayón y don Juan Bautista de Campo, administrador interino de la Renta de Correos en esta villa y su departamento, dijeron que consecuente a la superior orden de que se exhibe copia, han celebrado contrata de maestría de postas desde esta villa hasta la Nueva Veracruz, bajo los términos siguientes: Que Gayón establecerá seis paradas de bestias con este destino, en esta villa, en Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional, Antigua y Veracruz. Segundo: que en cada uno de estos puntos se dará la remuda de tres caballerías, una para el correo ordinario, otra para el postillón y otra de carga por conducir la valija. Que en la última solo deberá cargar los pliegos y correspondencia que contenga aquella, de cadena para adentro, y todo lo demás que vaya en ella deberá el correo conductor ponerse de acuerdo con el maestro de postas para su conducción y convenir lo que deba pagarle. Será responsabilidad de Gayón presentar en todos los puntos citados las correspondientes remudas a cuantos extraordinarios despache la renta, ya sea por el gobierno o por particulares. Será de cargo y responsabilidad del contratista tener una canoa y quién la sirva, en el paso del río de la Antigua, para el pronto tránsito de los correos en aquel punto. Que para la remuda de los extraordinarios compuesta de dos caballerías y para el correo y postillón se le deberá pagar de esta villa a Corral Falso 2 pesos; de Corral Falso a Plan otros 2 pesos, del Plan al Puente 18 reales, del Puente a la Antigua 20 reales y de la Antigua a Veracruz otros 20 reales. Que esta contrata será por el término de tres años, contados desde el primero de enero próximo inmediato, a cuyo vencimiento quedarán en libertad ambas partes contratantes para continuar o no por más o menos asignación. Que admitido esta contrata, se le han de anticipar a Gayón 4 000 pesos en reales, los que se le descontarán proporcionalmente en los doce meses de primer año. Para mayor seguridad ofrece por su fiador don Diego Briseño, de esta vecindad, quién estando presente se constituye fiador del mencionado contratista Gayón, entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Finalmente, el administrador de la renta de su cargo se constituye y obliga, al exacto cumplimiento de en cuanto le incumbe en este contrato.
Sem títuloDon Alonso Güido de Güido, de esta vecindad, dijo que don Toribio Rubio, administrador de Correos del pueblo Viejo de Tampico, le otorgó el pasado 24 de diciembre de 1824, poder general para que principiase, prosiguiese y concluyese todos sus pleitos causas y negocios civiles y criminales, que desde aquella fecha hasta la presente tiene pendientes, con facultad de sustituirlo en persona de su confianza. En cuya virtud y usando de tal facultad, otorga que sustituye en un todo y por todo el citado poder en don Juan Nepomuceno de Urquía, empleado en la comisaría general de este Estado, para que use de él en todas las cosas y casos que se le ofrezcan.
Sem títuloDon Bartolomé Perdomo, vecino de Veracruz y residente en esta, dijo que a consecuencia de los pleitos que don Sebastián Pérez Cornejo, administrador de Correos de Puebla, ha promovido contra él en dicha ciudad, en México, en Veracruz y en Superior Tribunal de Segunda Instancia de esta misma villa, relativo a la testamentaria de su difunta esposa, doña Ana Josefa Barragán, se le libró orden para que dentro de seis días se presentara aquí por sí o por medio de apoderado a contestar dichos autos, y así se verificó puntualmente aún a sacrificio de su salud. Y hallándose sin reales para seguir el asunto, ocurrió a su amigo don Juan Bautista Priani, de esta vecindad y comercio, a quién le solicitó que le supliera hasta 1 000 pesos en varias partidas para gastos del negocio, cuya cantidad pagará luego que logre la venta de una casa de edificio alto y bajo, ubicada en la ciudad de la Puebla, cita en la calle de Miradores, con la condición que si pasara un año sin efectuar el pago, le ha de satisfacer réditos de un 5 por ciento por cada año, que deberán correr desde el 1 de enero de los corrientes.
Sem títuloDon José María Becerra, don Juan Bautista de Lezama, don Luis García Teruel, don Andrés Farías, don José Manuel de Izaguirre, don Manuel Hidalgo, don Manuel de Medina y Loranca, don Dionisio Camacho, don José María Rivera, don Antonio María de Casas, don José Manuel Cruz y Bremont, don Mariano Rincón, don José Domingo de la Rocha, don Dionisio González, don Sebastián Fernández de Bobadilla y Atenas y don José Ignacio Fernández de Bobadilla y Atenas, vecinos y residentes en esta villa, otorgan que se constituyen fiadores y principales responsables en favor de don Juan Bautista de Campo, administrador reciente provisto en propiedad de la Renta de Correos de esta villa, por la cantidad de 4 000 pesos, de a 250 pesos cada uno; en caución de los intereses que de la Hacienda Nacional han de entrar a su poder de los valores de las correspondencias que son de su cargo, por el tiempo que lo desempeñe.
Sem títuloDon Francisco Badillo, de este comercio y vecindad, dijo que usando del poder que su hermano Manuel Badillo le confirió, vende a doña María del Carmen Guisasola de Dufoo, residente en México, una casa de paredes de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, de edificio bajo, con unas piezas altas entresoladas, ubicada en esta villa, en la primera cuadra de la calle de la Amargura, a la que hace su frente hacia el oriente, dicha calle en medio y del otro lado casa de doña Teresa Aravalles; y su fondo, al poniente, por donde linda con el fondo de otra casita que fue también del difunto don Domingo Aravalles; por el costado del sur linda con el de la casa alta del difunto administrador de la Renta de Correos, don Juan Bautista de Lotina Erdicoa, y por el costado del norte con un solar eriazo y paredones que pertenecen al concurso del difunto don Luis de Zárate. La finca deslindada, es la misma que hubo por fin y muerte de su finado tío, don Mateo Badillo, quien la hubo de los bienes del difunto don Laureano Teixa de Senande. La vende a Guisasola con sólo el gravamen de 1 200 pesos que reporta de dos principales piadosos, en precio de 3 500 pesos, de los cuales, 2 300 pesos la compradora le pagó de contado y los 1 200 restantes que continuará reconociendo sobre la misma finca por vía de depósito irregular, 400 en favor del convento de San Francisco para una memoria de misas que mandó fundar el difunto don Carlos de Escurra, y los 800 restantes pertenecientes a la fundación que mandó hacer de un aniversario en bien de su alma el finado don Mateo Badillo, su tío. Presente don Eligio Dufoo, como apoderado de su hermana política doña María del Carmen, señaló que acepta lo contenido en esta escritura.
Sem títuloDoña María Francisca Díaz, mujer y conjunta persona de José Silva, otorga poder especial a don Faustino de Capetillo, Administrador interino de la Real Renta de Correos de esta Villa, para que a nombre de ella, la defienda en la instancia que en su contra y del expresado su marido, ausente, ha promovido don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, sobre liquidación de cuentas, en el Juzgado del Señor Alcalde Ordinario de segunda elección; a cuyo efecto haga las agencias y diligencias que al caso lo requieran.\t
Don José Joaquín Rincón, de esta vecindad, otorga poder general a don José María Ponce [de León], Administrador de la Renta de Correos de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación, cobre de cualesquier persona que le adeuden, las cantidades de dinero, joyas, oro y otras especies, en especial para que se presente en el Juzgado Ordinario de Capellanías y Obras Pías de dicha ciudad, a deducir los derechos que le asisten a cierta capellanía, por lo que se le da éste con libre y general administración para ello.\t