ADMINISTRADORES DE ALCABALAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0035 · Item · 1829/03/16
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Fernández y Agudo, Alcalde de Segunda nominación en ella, de su misma vecindad y comercio, dijo que el Ilustre Ayuntamiento de esta municipalidad ha constituido Colector de los ramos que pertenecen a sus fondos al Administrador de Alcabalas don Narciso José de Echeagaray y, siendo de ordenanza afianzar ese manejo, el comparente se ha prestado para dicha caución. Por tanto, otorga que se constituye fiador, liso, llano y principal pagador por el nominado don Narciso José de Echeagaray en razón del indicado ramo o ramos de los fondos municipales de esta villa, hasta cantidad de 1 000 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0137 · Item · 1829/12/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Calixto Lucas del Castillo, hijo de don Juan Antonio del Castillo y de doña María Isabel Herrán, sus padres difuntos, vecinos que fueron de la villa de San Vicente de Plágaro en el valle de Tobalina, arzobispado de Burgos en Castilla La Vieja, de cuya villa es originario. Otorga su testamento en la manera siguiente: declara ser de estado soltero y no tiene ningún heredero legítimo forzoso ascendiente ni descendiente. Declara que sus bienes consisten en una casa, ubicada en el pueblo de Acayucan, los muebles que en ella existen, caballos, arneses de montar, algunos bienes de comercio y muchas deudas activas como constan en sus apuntes y libros. También declara que dicha casa, muebles y bienes, están embargados, por una supuesta deuda, sobre que hay litis pendiente, el cual debe terminarse a su favor y, en caso contrario, se tendrán por bienes suyos, todos lo que queden libres, concluido que sea el expresado litigio. Además, en el caso que aparezca alguna deuda en su contra, si ésta se acredita legalmente se debe satisfacer de sus bienes. Por otra parte, al presente solo tiene un acreedor que José Manuel de la Cruz, originario de Tabasco y actual criado suyo, con salario de 5 pesos mensuales, cuyo monto se le sea satisfecho y ordena le den por vía de gratificación 40 pesos, ya sea en reales o en bienes de que pueda realizar es suma. Declara que tiene un ahijado de bautismo nombrado Calixto Sánchez y Castillo, vecino actualmente en el nominado pueblo de Acayucan, ordena que se le den 100 pesos en ditas buenas cobrables. Expresa que en poder de don Juan Nepomuceno Pereira, alcalde de Acayucan, dejó una lista de deudas a favor del testador y ordena que de lo que se cobre de éstas, se le dé la mitad a su ahijado Calixto y la otra mitad para los herederos que adelante nombra. Nombra por sus únicos y universales herederos a María Ramona Fecundo, residente en Acayucan, a sus hijas María Sebastiana y María de las Nieves y al marido de ésta última Diego Jáuregui, que es ahijado y compadre del comparente; así como lo es su mujer. Finalmente, nombra por albaceas y tenedores de todos sus bienes a don Patricio Mellado, actual administrador de Alcabalas en el pueblo de Acayucan y al mencionado Diego Jáuregui.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0165 · Item · 1833/12/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Ricardo Báez, vecino de Puente Nacional y presente en ésta, de cuya identidad atestiguan don Bernabé de Elías Vallejo y don José María Hidalgo, ambos de esta ciudad y comercio; dijo que como único heredero de su padre don Pedro Báez, recayó en él el dominio y propiedad de 40 caballerías de tierra, ubicadas desde el sitio que llaman Chichitepec, arroyo de Juan López, Mata Caballos, bajando por el paraje donde está un nacaxtle línea recta al rio grande y toda su corriente hasta el rincón que llaman de los Ydolos [Ídolos] arroyo nominado de Juan López. Cuyas tierras las hubo su finado padre, por compra que hizo a los herederos de doña María Bernarda de Acosta, como consta la escritura formalizada en la ciudad de Puebla a 7 de octubre de 1808. Y en virtud del indicado dominio y propiedad, vendió las expresadas tierras, desde el año de 1831 al ciudadano Domingo Báez, dándole luego posesión de ellas, sin que se haya podido proceder al otorgamiento de la escritura, por varios motivos, entre ellos, el fallecimiento del nominado comprador y por lo cual se hace preciso ahora, formalizarla en favor de su testamentaria. Por la presente, el referido Ricardo Báez otorga que ratifica la venta que le tiene hecha de las tierras, que quedan especificadas a el finado Domingo Báez en precio de 2 500 pesos y declara que de dicha cantidad tiene recibida.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0077 · Item · 1828/07/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Nolasco de Unanue y Jiménez, vecino y del comercio de México y de tránsito en esta villa, dijo que don Juan Lucas de Olavarrieta por la avanzada edad que tenía, sugirió que se le relevara del cargo de curador de sus hermanas menores de veinticinco años, doña Dolores y doña Catalina de Unanue y Jiménez, desde el año de 1811 por muerte de don Juan de Unanue. Cargo que se le discernió al comparente, con todas las facultades, por lo que, usando de estas, se trasladó a esta villa para recibir las cuentas de sus curadas. Verificando la entrega que de uno y otro hizo el citado don Juan Lucas de Olavarrieta, según aparece y se registra en la foja octava de las diligencias que se practicaron en el juzgado primero de esta villa, por dichas cuentas, resultaron 52 210 pesos seis reales, que se le entregaron en la manera siguiente: 15 500 pesos en los títulos y escrituras de la casa que se halla arrendada por cuenta de los cuatro hermanos a don Francisco Herrera; 23 900 en cinco escrituras de reconocimiento de cuenta y en favor de sus dichas hermanas; 10 868 pesos y dos reales que importaron las cuentas de los gastos comunes y particulares; y 1 942 pesos y dos reales que alcanzaron y satisfizo en numerario efectivo. Cuya cuenta presentada al referido tribunal, fue aprobada en auto del día de ayer, previniéndosele al otorgante procediese a la extensión del finiquito de la administración del citado Olavarrieta, por lo cual reduciendo a efecto, otorga que aprueba y da por bien la expresada cuenta, y por legitima y verdadera todas las partidas, y señala no hay error alguno en el cálculo y confiesa que dicho Olavarrieta le entrego real y efectivamente los documentos y cantidades que resultaban del alcance a favor de las menores, y formaliza a su favor carta de pago y finiquito.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0058 · Item · 1831/04/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa de Castro y de Guevara, mayor de edad y que se gobierna por sí sola, vecina de este suelo, dijo que el año pasado de 1828, vendió a doña María Francisca Peredo una casa que poseía por propia, ubicada en esta ciudad a la calle de San Francisco, haciendo esquina a la del Ganado, y otra esquina al callejón de la Sierpe o de Acazingo, con su frente principal a dicha calle de San Francisco por el sur, por oriente linda con el referido callejón, por poniente con la nominada calle del Ganado, y por el norte, que es el fondo, con casa que fue del Presbítero don Antonio Zárate. Cuya venta se formalizó por escritura de 10 de septiembre de 1828, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña, y habiendo fallecido don Guillermo de Espino, con quien estaba casada doña María Francisca Peredo, se colacionó la referida casa en el caudal de ese testador y hecha la partición de sus bienes fue aplicado el citado fundo a doña María Manuela de Espino y Soria, hija del mismo finado, según le han informado a la comparente. Asimismo, le han informado que tratándose de anotar las escrituras de las casas por la adjudicación referida, no se encuentra en el protocolo de este oficio público la escritura de venta que otorgó la relacionante, sin embargo de que en el pie de la copia que de ella dio el escribano Cardeña, dice éste que la original la entregaba al alcalde cuarto, que era entonces don Dionisio Camacho, para que se agregase al registro. Por tal razón, a través de la presente, los interesados de la citada casa solicitaron a la comparente ratifique la venta que le hizo a doña María Francisca Peredo, de la casa que queda deslindada, por lo que ésta lo formaliza y entrega los títulos, señalando que hace la venta, al precio de 3 000 pesos que desde aquella fecha le fueron entregados.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0064 · Item · 1832/06/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Rivera y don Bernardo Sayago, mayores de edad, el segundo libre de patria potestad como lo testificó su señor padre, don Eusebio Sayago, otorgan que, para resguardo del administrador de alcabalas de esta ciudad, don Luis Uribarry, provisto últimamente a este destino, otorgan que salen y se constituyen como su fiadores y principales, lisos y llanos pagadores en caución de los ramos de alcabalas y papel sellado que son a su cargo, durante subsista en dicho destino.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0115 · Item · 1832/09/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga a pagar al Presbítero don Cristóbal de Pitalua y Costa, ex cura de Tuxpan, residente en esta ciudad, la cantidad de 2 000 pesos que por vía de empréstito depósito irregular y causa de réditos de un 5 por ciento, que le ha dado en pesos fuertes a su entera satisfacción, cuyo pago hará dentro de cinco años contados desde hoy y en el ínterin sus correspondientes réditos del 5 por ciento anual. Y para seguridad hipoteca las tierras de labor que nombran los Ojuelos, ubicadas en este cantón, en las inmediaciones del Encero, compuestas de 80 caballerías que hacen dos sitios escasos de ganado mayor, y lindan por el norte con el paraje que nombran el Dominico, los trapiches del Rosario y Mastatlán, tierras de los Garcías y las del Castillo, por donde terminan con una cuchilla y es el rumbo por donde tienen mayor extensión; y por el costado del sur lindan con el cerro que nombran de Simarrontepec y sigue por el cantil del río del Castillo hasta las tierras del Encero, cerrando por el oriente con las pertenecientes a los herederos de don Manuel de Acosta. Cuyas tierras ya deslindadas las hubo y compró el otorgante y don José Iravedra del Presbítero don Francisco de Campo, por escritura que les otorgó en esta ciudad el 13 de septiembre de 1825 y, posteriormente, el comunero don José Iravedra vendió su parte al otorgante por escritura con fecha en esta ciudad a 4 de noviembre de 1827.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0013 · Item · 1828/03/13
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos Cristóbal Campomanes, José Pedro Barradas y José Félix Acosta, vecinos los dos primeros del pueblo de Naolinco, y el último de esta villa; dijeron que por muerte de Francisco Campomanes, quedaron tierras que poseía en la jurisdicción del mismo pueblo de Naolinco, conocidas con el nombre del Llano de San Antonio alías de los Garcías Campomanes, que lindan por el oriente, con las de la hacienda de Almolonga, por el sur, con las de Mastatlan, por el poniente, con las del Castillo, y por el norte, con las de Chiltoyac, las que eran del finado Juan Manuel Trujillo, las de Josefa Meza, las que llaman de don Joaquín Cendoya y las de San Diego. Y que siendo uno de los mencionados hijos de don Francisco Campomanes, el finado don Agustín [Campomanes], quién nunca llegó a recibir la parte que de dichas tierras le correspondía por permanecer hasta la fecha indivisa y actualmente pertenece, esa misma parte, a los hijos y herederos de dicho Agustín, que lo son los otorgantes y en representación de su persona Cristóbal Campomanes, José Pedro Guevara como marido y conjunta persona de María Ignacia Campomanes, autorizado por ella, y José Félix Acosta, como padre de María Gregoria de Jesús, muerta de un año y habida en matrimonio que contrajo con Rita Campomanes, difunta. En virtud de los antes mencionado, por la presente, los otorgantes venden a Antonio María de Casas, de esta vecindad, parte de las tierras del Llano de San Antonio, libre de empeño, al precio de 600 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0064 · Item · 1822/11/09
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Becerra, regidor de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, y don Joaquín de Herrasti y Alba, ambos de este comercio y vecindad, dijeron que al contador de la Aduana Nacional, don Narciso José de Echeagaray, se le ha conferido la administración de la misma, por promoción del que la servía en propiedad don Luis José Garzón, más como para tomar posesión del nuevo destino, necesita según orden de la Dirección General de Alcabalas, caucionar su manejo con dos fiadores de a 2 000 pesos cada uno, por lo que dice al ramo de alcabalas, amortizaciones y pulperías; por ello han venido los comparecientes en hacerle este servicio constituyéndose por tales fiadores. Y reduciéndolo a efecto, otorgan por el presente que constituyen fiadores y principales pagadores del provisto administrador de alcabalas don Narciso José de Echeagaray, hasta dicha cantidad y no más.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0068 · Item · 1822/12/03
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Narciso José de Echeagaray, de esta vecindad, provisto administrador de alcabalas y de las Rentas de Tabaco, Pólvora, Papel Sellado y demás ingredientes de la Hacienda Nacional, dijo que para caucionar las rentas citadas que han de ser de su cargo del ramo de tabaco, se obliga como principal pagador a satisfacer cualquier descubierto o quebranto que por su causa, culpa u omisión resultare contra dicha renta; y para la mayor seguridad, ofrece por sus fiadores a don José María de Goiri, don Francisco González, don José Cordera y don José Antonio Domínguez, todos de este comercio y vecindad, mayores de veinticinco años; quienes estando presentes otorgan que se constituyen fiadores únicos y llanos pagadores en favor del expresado administrador de la Renta de Tabaco don Narciso José de Echeagaray hasta por la cantidad de 2 000 pesos cada uno; e hipotecando la cantidad expresada.

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