María Domínguez, hija legítima de Antonio Domínguez y Bernarda de los Reyes, difuntos, natural de Naolinco y vecina de la doctrina de Actopan en el Trapiche del Rosario, viuda de Gregorio de Aguilar, con quien tuvo 5 hijos. Nombra como albacea testamentario al Licenciado Francisco Pérez, Clérigo Presbítero, vecino de Naolinco. Nombra por sus universales herederos a sus hijos.
ACTOPAN, DOCTRINA DE
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El Presbítero don Antonio José Bravo, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de Actopan, hijo de don José Bravo y de doña María Monterde, difuntos, vecino de la Villa de Orizaba, otorga su testamento, nombra como capellán un hijo de don Jacinto Antonio de los Ríos, vecino de Orizaba. Declara tener 4 casas en dicha villa, dos de ellas lega a su hermana doña Mariana Bravo, otra al Hospital de mujeres de dicha villa y la última para los alimentos de las recogidas, y en caso de que faltasen éstas se les de a los presos de la cárcel de Orizaba. Nombra como albaceas a don Gregorio Fentanes, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de Jalapa, en segundo lugar a don Antonio Merino y en tercero a don Manuel José Bellido. Nombra como heredera universal a su hermana doña Mariana Bravo.
Don Bernardino Antonio Montero, natural de Naolinco y vecino de Cruztepec, doctrina de Actopan, hijo legítimo de don Juan Montero y doña María Rodríguez, difuntos, casado con doña Bernardina Antonia Moctezuma, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarios a su citada esposa, junto con su hijo Eusebio Montero y en ausencia de éstos a José Lorenzo Montero, su otro hijo, y como herederos universales a sus hijos legítimos junto con su mencionada esposa. Declara que los bienes que tiene, lo que debe y le deben, lo saben sus albaceas.
Ignacio José Moctezuma, vecino de la ranchería de Sonsocomotla, doctrina de Actopan, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, pardo libre, hijo de padres no conocidos, viudo de María Josefa Villanueva, mestiza, otorga poder para testar a don José Francisco Moctezuma y don Anastasio Antonio Moctezuma, sus legítimos hijos, junto con don Nicolás Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, así también los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales designa a sus legítimos hijos, junto con los hijos de José Joaquín Moctezuma, su difunto hijo.
Don Juan Gómez de Estrada y doña Nicolasa Domínguez, marido y mujer, el primero natural de la Villa de Reynosa en el Arzobispado de Burgos en los Reinos de Casilla, residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Ventura Gómez de Estrada y de doña Ángela Pérez de Orna, difuntos; la segunda, natural del Trapiche del Rosario, doctrina de Actopan, hija legítima de don Gervasio Domínguez [Muñiz], difunto, y de doña María de la Cruz Pardo, viva, casada en primeras nupcias con don Benito Posadas; se otorgan poder para testar el uno al otro, asimismo se nombran albaceas testamentarios, y como herederos universales nombran a los hijos legítimos de ambos.
Don José Mariano Muñiz de Cámara, natural de la jurisdicción de la Antigua, doctrina de Actopan, y vecino en el rancho el Zetal de la misma jurisdicción y doctrina, hijo legítimo de don Sebastián Muñiz de Cámara y de doña Justa Margarita Barradas, vivos, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarias y fideicomisarias a su esposa doña Antonia Palmeros, al padre del otorgante don Sebastián, y a su hermano don José Luis Palmeros. Nombra a su esposa tutora de sus tres hijas menores de edad, y como herederas universales a dichas sus tres hijas. Tiene entre sus bienes un rancho que compró en 461 pesos, un trapiche bueno con 4 fondos, una resfriadera, 7 mulas, 5 machos, 2 yuntas de bueyes, 6 caballos, 6 yeguas y 10 vacas, más una casa que fabricó en el dicho rancho.