Pièce PC_0017_0014 - Sans titre

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Cote

MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0014

Titre

Sans titre

Date(s)

  • 1681/06/12 (Création/Production)
  • Córdoba (Création/Production)

Niveau de description

Pièce

Étendue matérielle et support

45 – 49

Zone du contexte

Nom du producteur

Histoire archivistique

Source immédiate d'acquisition ou de transfert

Zone du contenu et de la structure

Portée et contenu

El Licenciado don Juan [Yáñez] Hortega [Ortega] de la Pava, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que desde hace trece o catorce años es Hermano de la Religión de Santo Domingo, ordena que al fallecer envíen noticia a dicha religión para que se le socorra por su alma. Señala que por fin y muerte de Lope Hernández López y de doña Ana de Ortega de la Pava, sus padres legítimos, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles de esta Nueva España, naturales de la villa de Guadalcanal en la Extremadura Reinos de Castilla, quedaron algunos bienes raíces, y por consenso entre él y sus hermanas, ellas no tenían hijos, y hallándose en congrua bastante para su sustentación, decidieron donar dichos bienes a Cristóbal Yáñez de Ortega, su sobrino. Declara por bienes un censo redimible que a su favor impuso Antonio Rodríguez, por cantidad de 1 000 pesos; unas casas de su morada; las piezas de esclavos siguiente: Juan Ramírez, mulato blanco, de treinta y cinco años; Catalina de San Antonio, mulata de dicha edad; Felipe, mulato de edad de diecisiete años; Miguel de catorce; Manuel de dos; los tres últimos hijos de la dicha Catalina de San Antonio; Josefa, mulata herrada, de edad de 22 años. También declara por bienes los 3 300 pesos de oro común que le debe el Capitán José Blanco, vecino de esta villa, a quien le prestó cuando compró el trapiche del General don Diego Ortiz de Largacha; otros 1 000 pesos que le adeuda Francisco de Solís, Alguacil de esta villa, que le prestó para el despacho de la presente flota. Es su voluntad que después de su fallecimiento y el de sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega, los dichos Juan Ramírez y Catalina de San Antonio, sus esclavos, queden libres perpetuamente de toda esclavitud. Nombra albaceas a sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega [y Funes] para que entren en sus bienes y los vendan; y del remanente que quedara nombra por sus herederas a las susodichas para que disfruten los bienes en partes iguales.

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Accruals

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Conditions d'accès

Conditions governing reproduction

Language of material

  • espagnol

Script of material

    Language and script notes

    Caractéristiques matérielle et contraintes techniques

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    Note

    Documento deteriorado. Entre las fojas 45 y 46 contiene un fragmento de papel suelto que no pertenece a la escritura. El escribano registra Juan de Ortega de la Paba, éste firma como Yoan Hortega de la Pava, y como Yoan Yáñez Hortega de la Pava, para su ubicación se registró Juan Yáñez Ortega de la Pava.

    Identifiant(s) alternatif(s)

    Mots-clés

    Mots-clés - Genre

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    Publicado

    Niveau de détail

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