Martín [Birchin] se obliga a pagar a doña Inés, viuda, 25 pesos de oro común, los cuales son por razón de un macho prieto que de la susodicha confesó haber comprado.
VIUDAS
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Inés de Rioja, viuda de Alonso de Carrión, dijo que por el dicho corregidor le ha sido discernida la tutela de Mariana y Agustina, sus hijas menores, por lo que quiere hacer inventario de los bienes que quedaron del dicho su marido.
Antonia, india viuda de Melchor, mulato su marido difunto, otorga poder a don Tomás del Castillo, vecino de Orizaba para que pueda cobrar de Mateo de Cuéllar, vaquero, 23 pesos de oro común que el susodicho le debe por razón de un conocimiento firmado a su nombre.
Catalina Rodríguez, viuda, mujer que fue de Martín Buchan, otorga poder general a Nicolás Rico, su yerno.\n
Demanda puesta por Magdalena de Coçar [Cozar], viuda, contra los bienes de Luis García Camacho, su marido difunto, por 1 330 pesos de oro común de su dote y arras.\n\n
José de Ochoa, vecino de Jalapa, dijo haber recibido de Doña Ana Rodríguez, viuda, natural de Orizaba, vecina de Jalapa, una casa de paredes y tejas que compró a censo al Convento de San Francisco, la cual hace frente con el Callejón de Rangel. Por lo cual, se obliga a que, tan pronto regrese la susodicha de unas diligencias que va a practicar, se la devolverá, y, en tanto, se compromete a pagar los réditos que adeudare al convento.
El Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, Comisario de la Santa Cruzada, en nombre y con poder de doña Clara de Mora Medrano, viuda de don Juan González de Olmedo, vecina del pueblo de Orizaba, otorga carta de libertad a Macario Felipe de Santiago, negro esclavo, ya que ha pagado 400 pesos de oro común.
Isabel Martínez de Recalde, vecina del pueblo Orizaba, viuda mujer de Martín Sánchez, otorga que debe y se obliga de dar y pagar al Bachiller Diego Núñez Centeno, Beneficiado de esta dicha villa, la cantidad de 140 pesos de oro común, por el precio de cuatro bestias mulares cerreras, dos hembras y dos machos.
Sans titreDoña Agustina de Aragón y Peralta, viuda del Capitán don Juan de Peralta y Mendoza, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Huatusco, como albacea testamentaria y en virtud del poder para testar que en vida le concedió su esposo, por la presente otorga el testamento de su marido. Declara que falleció el 21 de noviembre del presente año y su cuerpo fue enterrado en la capilla mayor de esta iglesia. Manda se le dé a la madre Ana María de San José, su hija, Religiosa Profesa del convento de San Juan, un relicario de plata sobredorada que era [de su marido], en que está un pedacito de lignum crusis. Declara que la Real Caja de México le debe a su marido dos años de salarios de sueldos de Alcalde Mayor, uno de cuando fue en Malinalco y otro cuando fue de Orizaba. Nombra a don Joseph [José] de Peralta y Mendoza, hijo legítimo de su marido en primeras nupcias, como patrón del patronato fundado en la ciudad de Trujillo, en la Extremadura, por su bisabuelo Alonso Regodón Calderón. Entre otras disposiciones.
Sans titreDon Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, hizo exhibición de un testimonio para que se registre en este libro, y en él consta que en el pueblo de Orizaba a 16 del próximo pasado marzo, doña Isabel María de Sagade Bugueiro, viuda y principal albacea de don Diego Bringas de Manzaneda, con arreglo a la memoria que dejó su marido, donde ordenó que todo el residuo de su quinto se entregara a su confesor el Reverendo Padre Fray Manuel de Santa Teresa, Prior del convento de religiosos Carmelitas Descalzos de dicho pueblo. Por tanto, la referida doña Isabel cumpliendo la voluntad de su marido, reconoció la cantidad de 3 000 pesos sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua como parte de dicho quinto, y se obligó de dar y pagar a dicho reverendo padre para la capellanía y obra pía que fundare, 150 pesos censo tributo y rédito en cada un año, de los que corrieren de la mencionada fecha en el citado pueblo. Y estando presente el referido padre prior como albacea, puso en efecto lo que ordenó dicho difunto, y dotó la presente capellanía con el referido principal de 3 000 pesos, cargando en la expresada hacienda, nombrando como primer capellán a uno de sus hijos y herederos para que la sirva, y en el tanto que haya capellán propietario de ella recaiga en el citado convento de Carmelitas Descalzos conforme a la voluntad de dicho testador, con la obligación de celebrar perpetuamente en cada un año doces misas rezadas distribuidas en el doce de cada mes por el alma de don Diego.
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