Doña María Margarita Barradas, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, se obliga de pagar a don José Bernardino Alcalde, o a quien en su derecho representare, la cantidad de 500 pesos en el término de 3 años, contados desde el día 6 de mayo de 1836 a como se convino en juicio celebrado el 23 de diciembre de dicho año. De lo cual, ofrece la otorgante, que si pudiere abonar anualmente una tercera parte de los 500 pesos, así lo verificará, más en el caso de no poder o no convenir, se entenderá que no queda obligada a ello, pero si al pago de dicha cantidad, y el vencimiento de los tres años, será el día 6 de mayo de 1839. Para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa, perteneciente a la comparente y a sus hermanos como heredad de sus padres, ubicada en esta ciudad a un costado de los lavaderos de Techacapa con 27 y media varas de frente, que lo hace al poniente con dichos lavaderos, calle en medio, y 37 y tres cuartos de fondo al oriente, lindando por este rumbo con solar de la casa de los señores Campomanes, por norte con casa de Dionisio Luis Camacho y Reyes, y por el sur con la de la testamentaria de los Badillos, entendiéndose que dicha hipoteca es solo la parte de la casa que corresponde a la otorgante.
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Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que por poder que tiene otorgado de don José María de Goiri, se obliga a enterarles la cantidad de 1 600 pesos, con su premio de 1 y medio por ciento mensuales, y con la condición de que cuando se les pidan, se le avise con tres meses de anticipación. Cantidad que pertenece a los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, que tiene pactado conservar en depósito irregular, que ha de caucionar con hipoteca de la casa a que se refiere el mencionado poder, y que es propiedad de dicho Goiri, la cual es de altos y bajos, ubicada en esta ciudad haciendo esquina con la plaza principal por poniente, y con la calle principal por sur, y del otro lado casas que fueron del finado don Domingo Franceschi, lindando por oriente con casa baja propia hoy del presbítero don Francisco Antonio Gil, y por norte con el mesón nombrado de las Ánimas. En la hipoteca sólo se comprende el capital y no los premios, éstos los habrá de sus bienes, por lo que está consciente que en caso de no hacer efectivo el entero al vencimiento de los tres meses después del aviso, se le persiga en dichos sus bienes, vendiendo en almoneda pública o fuera de ella.
Sans titreDoña Ana Rafaela Antúnez, de esta vecindad, viuda y mayor de edad, otorga que vende a doña Ana Rodríguez de Prieto, una casa en tierras de los indígenas de esta ciudad, con cuatro piezas, unas compuestas de material y otras de tablas, cubiertas de madera y teja, con una especie de rejoya [sic] y varios árboles frutales, de todo lo cual ha disfrutado la otorgante, pagando anualmente a la diputación de indígenas 8 pesos 6 reales. Cuya finca se ubica en la calle que llaman de la Rinconada de Jalitic [Xallitic], con la cual hace frente al poniente y del otro lado casa de José María Muñoz alias Carpio; por el sur linda con tierra de don Francisco González; por el norte con casita de Gertrudis Luna; y por el oriente, que es su fondo, con solar del ciudadano José María Rivera. La vende en precio de 310 pesos.
Sans titreProtocolización del expediente relativo al intestado de doña María Merced Martínez de Fontes, en el cual y por renuncia de don José María Rodríguez Roa, recayó el cargo de albacea dativo en don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega. En cuyo expediente se encuentra la declaración testamentaria de doña María Merced Martínez de Fontes, con fecha en la villa de Xalapa a 9 de diciembre de 1829, en la cual menciona ser nativa de la ciudad de Veracruz, hija legítima de don Nicolás Martínez de Fontes y de doña Bárbara Olivera. Asimismo, declara que la casa de su morada la compró su madre con la herencia paterna correspondiente a su hermano Andrés Martínez de Fontes, difunto, y a ella. Menciona que la escritura de dicha casa se la entregó al teniente coronel don Pedro de Garza, esposo de su sobrina María del Rosario de Bono, hija del capitán de artillería don Benito de Bono. Declara que debe a varias personas, entre ellas al padre don Pedro Cos, capellán de Santa Teresa en Puebla, 124 pesos; al boticario don Antonio Cal, 100 pesos; a don José Cardozo en el portal de Flores, 10 pesos. Declara que a ella le deben varias personas, entre ellas la maestra zapatera Francisca Silva, 15 pesos; Severa Salinas, 18 pesos; Petra, hija del chino bordador, 8 pesos. Nombra como albacea al coronel Juan José de Erazo, con consulta del padre don José Policarpo Rodríguez. El remanente de sus bienes ordena se distribuyan en misas por su alma, la de su hermano, sus padres y sus hermanas Ángela, Trinidad Guevara y la Casa de Ejercicios de San Ignacio de esta villa.
Sans titreDoña Catalina Lazon, de esta vecindad, mayor de edad, libre de tutela y ajena administración, dijo que por fallecimiento de su padre, don Juan Lazon, quedó una casita ruinosa, ubicada en esta ciudad, en la calle de Tecuanapa, haciendo esquina con la calle que de la Fuente de San Cristóbal baja para Cantarranas, lindando por el oriente y sur con casa de don José Manuel de Izaguirre; por el norte con dicha calle de Tecuanapa; por el poniente con la de San Cristóbal; cuya casa la hubo su padre por compra que hizo a don Francisco Javier Sáenz de Santa María. Asimismo, dijo que su padre dejó declarado deberle 100 pesos a doña María Margarita Barradas como albacea de su marido don Cipriano Pensado y Navarrete; a doña Juana Pensado y Navarrete, viuda de don Pedro Francisco de Villa, otros 100 pesos; y a Manuel Esteban, vecino de Paso de Ovejas, 20 pesos; y ordenó también se le entregaran al cura de esta ciudad 300 pesos para que cumpliera un comunicado reservado; pero nada de eso se ha cumplido por no haber bienes competentes, pues solo existe la enunciada casita; habiendo acordado los acreedores con ella en prorratearle lo que quedara liquido de la venta de la casa. Por tanto, otorga que vende dicha casa a don Diego Macartney en precio de 300 pesos.
Sans titreMaría Rosalía Gutiérrez, viuda de Eugenio Pérez, de esta vecindad, otorga que vende a don Miguel del Valle, de esta vecindad y comercio, una casa de cal y canto, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, construida en la plazuela de Señor San José de esta ciudad, en suelo perteneciente a los indígenas de ella, haciendo frente al oriente y lindando con la fuente que se halla en dicha plazuela; por el poniente, que es el fondo, linda con la huerta del difunto maestro Rodríguez; y por el sur con casa de Simón Peña. La vende en precio de 120 pesos, de los cuales 15 pesos 7 reales un grano quedarán en poder de don Miguel del Valle, pertenecientes a los menores hijos de la otorgante, Eugenio y María Amada Pérez, para dárselos cuando se habiliten por derecho.
Sans titreDoña María Brígida Castro, de esta vecindad, mayor de edad, viuda y albacea de don Manuel Nava y Mota, dijo que don Bernardo Sayago, de este comercio, por hacerle bien y buena obra le franqueó 272 pesos en moneda de plata para acudir al fomento de una platería en que trabaja Patricio de la Trinidad de Nava y Castro, hijo de la comparente, y para el pago de una deuda que el mismo Patricio tiene contraída, cuya cantidad ha de ser satisfecha en el término de un año contado desde esta fecha, sin premio alguno, debiendo hipotecarse para la seguridad del pago 3 casitas que en el tiempo que la relacionante permaneció casada con su difunto esposo, labraron ambos en un solar que les vendió don Pedro Farfán de los Godos, cuya escritura por muerte de éste formalizaron sus hijas, doña [María] Francisca y doña [María] Magdalena [Farfán de los Godos], en esta ciudad a 23 de mayo de 1823. Por lo cual, doña Brígida Castro otorga que se obliga a pagar a don Bernardo Sayago, la relacionada cantidad en el plazo de un año a partir de esta fecha, con hipoteca de las referidas casas.
Sans titreEl licenciado don José María Aparicio, como apoderado de doña María Tomasa Cervantes, viuda y albacea del finado Luis Chacón, dijo que quedó por bienes de dicho difunto una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la calle que llaman de Almolonga, con su frente de 12 y media varas al sur y 36 y media de fondo al norte; lindando por este rumbo con solar del ciudadano Manuel Díaz; por oriente con un callejón que va a salir al camino Nacional; y por poniente con patio de Ana Rita Galván, cuya pared divisoria pertenece por mitad entre ésta y las testamentaria de Chacón. Asimismo, dijo que estándole debiendo a José Dionisio Martínez 69 pesos, a José Feliciano Amaro 40 pesos y a Francisco Hernández 12 pesos, cuyas cantidades han sido ministradas para alimento de la familia y no teniendo recursos la viuda para satisfacer, se presentaron los acreedores ante el señor alcalde primero de esta ciudad y se celebró el respectivo juicio, en el cual se manifestó no existir más bienes que la casa referida; por lo cual, dicho señor alcalde propuso que si alguno de los acreedores quería en adjudicación la casa, podría tomarse exhibiendo el exceso. Y admitida esta propuesta por el ciudadano Hernández, ofreció 600 pesos, dando la mitad de contado y la otra dentro de dos años, habiendo quedado convenidos así. Y reduciéndolo a efecto, don José María Aparicio, en nombre de doña María Tomasa Cervantes, otorga que vende a Francisco Hernández la casa deslindada, en precio de 600 pesos, de los cuales exhibió 300 pesos de contado y los otros 300 pesos restantes se obliga a pagar dentro de dos años con hipoteca de la misma casa.
Sans titreDoña María Josefa de Bausa Álvarez Campana, viuda del finado Licenciado don Pedro Telmo Landero y González, vecino que fue de Veracruz; y don Manuel María Landero y Bausa, mayor de veinticinco años e hijo de los nominados. La primera como albacea de su difunto esposo, tutora y curadora adbona de sus hijos, y el último como curador ad litem sus sobrinas doña María de los Dolores, doña María Josefa y doña María de la Bella González y Landero, hijas de los finados don Manuel González de la Vega y doña María de la Luz Landero. Los comparentes dijeron que teniendo que practicar gestiones en la Península Española sobre intereses pertenecientes a los mencionados difuntos, y no siéndoles posible a los comparentes trasladarse a aquel país, por lo cual, otorgan poder a don Rosendo Lagoa y González, residente en Cádiz, en segundo lugar a don José María Pastor, y en tercero a don José Joaquín Micon, residentes en Gibraltar, a los tres junto de mancomún, y cada uno para que a nombre y en representación de los comparentes, derechos y acciones, y como tales albaceas y curadores, pongan al corriente y recojan los intereses que existen en la montaña, perteneciente a don Manuel González de la Vega y de la pertenencia del finado don Pedro Telmo Landero, que se hallan en Galicia, en la villa de Bayona y en el valle de Miñón, así como los demás bienes que le puedan pertenecer. Asimismo, prosigan el juicio pendiente sobre la testamentaria de doña Victoria Landero, de villa de Bayona en Galicia, y puedan administrar todos los bienes recaudados que pertenezcan a los mencionados finados Landero y González de la Vega, con las condiciones que por bien tuviere.
Sans titreMariano Beatriz Jiménez y sus hermanos José María y Cecilia, esta última casada y con licencia del ciudadano José María Medina para formalizar este instrumento; y María Micaela Cuevas, viuda de José Francisco Jiménez, hermano de los antes nombrados; dijeron que Ramón Jiménez, hermano igualmente de los mismos, les vendió hace más de tres años a los ciudadanos Marcelino Casas, José Mariano, Francisco y Antonio López, en precio de 1 000 pesos, las tierras nombradas del Altillo, ubicadas en la municipalidad de Actopan, las cuales heredaron de su difunta madre, Margarita Báez, y ésta las hubo de su padre Pedro Báez, quien las compró a los herederos de don Cayetano Domínguez, como consta por escritura del 17 de marzo de 1800 ante el escribano don Ignacio José Justiniano. Estando Ramón Jiménez ausente e ignorándose su paradero, los compradores solicitan se les otorgue la correspondiente escritura, además, está mandado por auto del señor juez de hacienda de este cantón sobre el pago de alcabala de esta misma venta a virtud de denuncia que de ella se hizo. Referente a lo antes mencionado, los comparentes señalan que es cierto todo lo antes relacionado, confirmando que Ramón Jiménez, por quien prestan voz y caución, recibió dicha cantidad por precio de las tierras del Altillo, ratificando de esta manera la venta en los relacionados compradores. Asimismo, señalan que los linderos de las tierras son los mismos que se especifican en la citada escritura, en el concepto de que allí se explica que son dos pedazos de terrenos unidos, nombrado uno la Balsa y el otro el Altillo, más conocido por éste último nombre.
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