Doña Josefa Francisca García Campomanes, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don José María de Casas, con licencia expresa de su marido, otorga que vende en favor de doña María Soledad Duarte, también de esta vecindad, una casita de paredes de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la última cuadra de la calle Real o ya sea la de San José, que se compone de 10 varas de frente hacia el norte y del otro lado casa de doña Josefa Rosado, viuda de don Nicolás Campomanes y de doña María Ignacia y doña María Josefa Heredia y 43 y media de fondo hacia el sur, por donde linda con casa y terreno de Agustín Marín; por el costado del oriente con el zaguán y unas piezas bajas de la casa de don Diego Briseño y por el poniente con otra casita baja de la vendedora. Cuya finca es la misma que su padre don Antonio García Campomanes fabricó a sus expensas en las citadas 10 varas, parte de las 12 de hubo y compró de don Ventura Rosendo su fecha en esta villa a 30 de septiembre de 1774. Y la que con los demás bienes hubo y heredó como única hija y universal heredera. La venta la hace por 1 200 pesos, que declara haber recibidos en reales de contado.
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Don Joaquín de Mora, de esta vecindad, dijo que don Antonio Blanco y Valón, hijo y heredero de la finada doña Josefa Valon, le confirió su poder a don José Antonio Agrasar, de esta misma vecindad, en la villa de Santa Clara Isla de Cuba, el 11 de octubre de 1828, el cual sustituyó el mismo Agrasar en esta propia villa el 3 de febrero de 1829 a favor del comparente; quien usando de las facultades que en ese poder se confieren, dice que la enunciada difunta doña Josefa Valon le franqueó en su vida a don Juan Antonio Figueiras que también es ya difunto, la cantidad de 1 400 pesos con pensión de réditos de un 5 por ciento anual, según obligación que le otorgó y corre en autos que se formaron a virtud de no haber podido cumplir Figueiras con el pago al tiempo estipulado y de que además adeudaba cantidad de réditos. Para cuyo saldo se intervinieron los rendimientos de una casa propia de la testamentaría del deudor, y se estuvieron haciendo distribuciones entre los acreedores como se percibe de los mismos autos, hasta 14 de febrero de 1828 en que la viuda hizo una exhibición de 848 pesos 1 real y 11 granos a don José Antonio Medina, albacea de don Domingo Nogueira que lo fue de la citada Valón, dejándose libre la casa a la viuda en la expresada fecha; en la cual quedó ya reducido el adeudo a 467 pesos 2 reales y 4 granos como aparece de la cuenta y liquidaciones que se agregan a corte de registro; y añadiendo a ese único adeudo 48 pesos 5 reales y 5 granos que causó de réditos desde la relacionada fecha hasta 14 del corriente, por lo que hacen una suma de 515 pesos 7 reales y 9 granos, mismo que recibe el comparente. Y debiendo formalizar el correspondiente instrumento público que lo acredite; por el presente otorga que recibe de doña María Luisa Urriaga, la cantidad de 515 pesos 7 reales y 9 granos y formaliza a favor de la testamentaria de Figueiras la más eficaz carta de pago con las fuerzas y firmezas necesarias, asegurando que la nominada cantidad le ha sido bien pagada como legítimo representante de don Antonio Blanco y Valon, hijo y heredero de la finada doña Josefa Valon, por lo que no habrá quien de aquí en adelante haga el más ligero reclamo, ni por la cantidad que en esta vez están hechas y constan en la cuenta que queda agregada; la cual aprueba en todas sus partes, en representación del predominado Blanco y Valón, y a nombre del mismo declara libre de toda responsabilidad a la repetida testamentaría de Figueiras en cuanto al indicado capital y sus réditos, confesando estar enteramente pagado y cubierto ese crédito, y de por consiguiente da por nula, rota, cancelada de ningún valor la obligación que el finado acreedor otorgó en esta villa en 18 de septiembre de 1809.
Sem títuloCompareció un hombre que asentó llamarse Pedro Fosare quien dijo que por fallecimiento de Isidro García, vecino que fue de esta villa, quedó por bienes suyos una casita de edificio bajo, ubicada en este mismo suelo a la calle de Santiago, en sitio propio, con su frente al norte, por donde se le miden 7 varas y 86 de fondo al sur, lindando por este viento con la cerca del cuartel, por el costado de oriente con casa de Francisco González y por el costado del poniente con las de José Elías López y María Antonia Josefa Fuentes; cuya casita y sitio tiene tratada en venta con el Ciudadano Juan Benítez a virtud de orden que al efecto le tiene dada al compareciente su suegra Dolores García y demás herederos, por precio de 200 pesos, siendo de cuenta del vendedor el pago de la alcabala y de los derechos de escritura, para cuyo gasto le ha de ayudar el comprador con 5 pesos. Por lo que, reduciendo al efecto este instrumento, otorga que le vende al nominado Juan Benítez la casita y sitio que quedó deslindada, en precio y cuantía de 200 pesos, cuya suma tiene recibida a su entera satisfacción. Y estando presente el citado Benítez dijo que, conoce perfectamente al vendedor Pedro Fosare, le consta ser marido de Rita García, y está bien satisfecho de que el primero está autorizado por la viuda y heredera de Isidro García para la venta de la casa y sitio de que se hace mención en la presente escritura.
Sem títuloMaría Ignacia del Valle y Vieyra, mayor de edad, viuda de don Pedro García del Valle, vecina actualmente en esta villa de Xalapa, otorga poder especial a don Pedro Antonio de Palacio, vecino de Valmaseda en el reino de España, para que a nombre de la señora comparente deduzca las que le competen en la testamentaría de la finada doña María Elena de las Bárcenas, vecina que fue del pueblo de Hoz en dicho reino, y madre política de la otorgante, promoviendo y practicando cuantas gestiones sean conducentes y necesarias, reclamando los agravios que esas operaciones contengan hasta que queden arregladas.
Sem títuloLa señora doña María Josefa Fernández de Ulloa, el excelentísimo señor don José Ignacio de Ansorena, su esposa la señorita doña María Guadalupe Arias y don Javier Arias; la primera viuda y albacea del finado don José de Arias y Torija, y los dos últimos hijos y herederos del mismo difunto, otorgan que le confieren poder especial al Capitán José Sebastián Furlong, vecino de Puebla, para que a nombre de los comparentes y en representación de sus derechos pueda tomar por vía de depósito irregular y término de cinco años, la cantidad de 6 000 pesos con el rédito de 5 por ciento anual, ya sea de las arcas de los juzgados eclesiásticos de dicha ciudad o de cualquier otra; en consecuencia formalice a favor del interesado o interesados en ese capital la correspondiente escritura, con hipoteca especial de la hacienda de labor y caña nombrada Zimpizahua, ubicada en doctrina de San Jerónimo Coatepec, jurisdicción del cantón de esta villa de Xalapa, y cuya finca es perteneciente a la testamentaría de dicho finado don José de Arias.
Sem títuloDoña Rosa de Castro, viuda y primera albacea de don Domingo Franceschy, otorga poder especial a don Manuel Ignacio Franceschi, su hijo, para que en su nombre y como albacea de su marido, desempeñe tales funciones en unión de sus coalbaceas don Matías Martínez de Espinosa y don José Antonio Franceschy, hasta terminar la descripción e inventarios de los bienes mortuorios.
Francisco Pérez de Huesca, residente en esta villa, otorga que vende, cede y traspasa en favor de José Mariano Estévez, también de esta vecindad, una casita de paredes de lodo, en un pedazo de terreno que se compone de 14 varas de frente hacia el norte, ubicada en la callejuela que nombran de San Juan, y es la que sale de la plazuela del Carbón para el camino de Naolinco, y del otro lado, casa de José Roque de Castro, y 17 de fondo hacia el sur y remata después con una cuchilla aguda que termina con un tronco de un árbol de capulín, que es el lindero con el terreno del difunto maestro velero que vivió en el bajo del Xalitic, por el costado del oriente, linda con solar de Sebastián Solano y, por el poniente, con casa y solar que fue de Ángela María, viuda de Joaquín López, misma que hubo y compró el 5 de agosto de 1801. Dicha casita y terreno los vende por la cantidad de 170 pesos ha recibido en reales de contado.
Sem títuloDoña Francisca López de Santa Ana, de esta vecindad, viuda del licenciado don José Agustín de Castro, asociada con don Tomás Rubio Roso, dijo que los pocos bienes que le dejó su esposo son: una casa, en la calle del Ganado y una pequeña parte en otra de la calle de Santiago y siendo tanto el número de acreedores que la acosan, cómo el crecido de réditos que adeuda en los reconocimientos de dicha casa del Ganado y que éstos son mencionados en el acta. Y para evitar que la referida casa, vaya en decadencia por falta de fondos, se ve en la necesidad de venderla. Por la presente otorga que vende, cede y traspasa a don José Gamero, vecino de Veracruz, una casa con su solar, de piedra y lodo, cubierta de madera y teja, que su difunto esposo la hubo por herencia de su padre don Francisco de Castro Pérez, quien a su vez la hubo y compró en esta villa a 22 de octubre de 1788. Dicha casa situada en la calle que llaman del Ganado, haciendo frente con el oriente, lindando por el costado del norte con casa que fue de los señores Rosos, por el costado del sur, con casa y solar de Juana Rivera y por su fondo al poniente, con casa de los herederos de Domingo de Ochoa; compuesta de 19 y 3 cuartas varas de frente y 94 de fondo en su solar con más 14 varas que componen 108, compradas a su colindante. La vende en la cantidad de 1 700 pesos libres escritura y alcabala de plata corriente moneda del cuño que circula; 1 000 pesos de contado y los 700 pesos restantes en que queda empeñada dicha casa y deberá entregar a don Juan Francisco de Bárcena, tutor y curador ad bona de doña María Dolores Castro, a quién el difunto de la otorgante le debía por obligación simple y sin réditos, en un tiempo de seis meses a partir de esta fecha. Y en favor del comprador entrega recibo en forma de la cantidad recibida.
Sem títuloDon José María Rebolledo Maldonado, vecino de la jurisdicción y doctrina del pueblo de Xicochimalco, declara ser deudor a doña Rita Guapillo, de esta vecindad, como viuda de don José Rodríguez, la cantidad de 3 057 pesos, 2 y medio reales, por resto de cuentas del subarriendo que Rodríguez le hizo del trapiche de la Laguna que estaba a su cargo, por escritura que pasó en esta villa a 11 de septiembre de 1815, de cuya suma le otorgo recibo en forma. Y se obliga a satisfacerle dicha suma abonándole 500 pesos anuales, de la siguiente manera: para el día último de este mes entregará 250 pesos y los otros 250, el último día de agosto de este presente año. Y en igual fecha del año venidero de 1825, le pagará los réditos de 5 por ciento anual sobre la cantidad que le resta. Así sucesivamente lo realizara en los demás años. Y para el cumplimiento de ello en favor de su acreedora hipoteca un rancho y trapiche de caña, con todo lo que le pertenece a excepto las tierras situado en la doctrina del pueblo de Teocelo, el cual no podrá vender, ceder, cambiar ni enajenar, hasta no estar pagada esta deuda, e incluso pueda su acreedora sacarla de tercero venderlo, rematarlo y con el producido cubrirse con el principal, réditos, décima y costas.
Sem títuloDon Juan Manuel de Revilla, albacea de Josefa Barradas, dijo que para cumplir con la testamentaria que es de su cargo, otorga que vende a doña María Josefa Cubas de Valle, viuda de don Pedro José del Valle y Vieyra, a saber una casa de edificio bajo, de piedra y madera, cubierta de teja cuando la contrato con dicho Valle y ahora sin techo por haberlo tirado el mismo para modificarla, situada en esta villa, en la segunda cuadra de la calle Real, en la acera de la banda del norte, haciendo frente al sur con casa que fue de don Miguel de Arieta, por el oriente linda con casa y solar de las Soleres, por el costado opuesta hacia el poniente con casas que fueron de doña María Nicolasa de Torquemada y después de los herederos de don Domingo Franceschi, por el norte que es su fondo linda con casa que fue de don Francisco Antonio de la Torre, vecino de Veracruz, haciendo su frente calle en medio. Cuya deslindada casa la hubo Josefa Barradas de su difunta tía doña Paula Barradas, por escritura que le otorgó el albacea de la difunta tía, don Miguel de Arieta el 10 de diciembre de 1800. La vende en la cantidad de 1 700 pesos de los que tiene recibido en algunas sumas, por su difunto esposo don Pedro José del Valle y ahora recibe el resto de dicha suma.
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