VIUDAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0029 · Item · 1826/03/08
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Margarita Camarillo, de esta vecindad, viuda de Manuel Pérez, otorga que vende en favor de doña Rafaela de Aguilar, también de esta vecindad, viuda de don José Francisco Rivera, un pedazo de solar eriazo ubicado en esta villa, en el barrio que nombran de Cantarranas, a la falda de la Loma que llaman de los Zapateros, al rumbo del sur de esta villa. El cual forma un rincón con tres frentes, el primero que se compone de 103 varas, hacia el norte, a orillas de las aguas que corren por aquel recinto y bajan desde el Molino de San Roque, y del otro lado terreno de José Lino Martínez y Vázquez; por el rumbo del oriente a sur tiene 75 varas y linda con terreno de José Joaquín Martínez y Vázquez; y por el poniente tiene otras 75 varas y del otro lado terreno de la compradora. Cuyo solar es el mismo que hubo por muerte de su padre, Manuel Camarillo, como única heredera. Lo vende en precio de 120 pesos que declara haber recibo en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0051 · Item · 1826/04/25
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa Fernández de Ulloa, viuda y albacea de don José de Arias y Torija, vecino que fue de la misma villa, dijo que teniendo pactada por convenio expreso con don Francisco Fernández y Agudo, la venta de una casa de alto y bajo, ubicada en esta villa, en la primera calle antes llamada Real y ahora Principal, cuya casa quedó por bienes de don José de Arias, difunto. Dicha casa linda por el oriente con la de don José Antonio de la Peña; por el poniente con la que antes fue de don Juan Esteban de Elías; por el sur con la de la cofradía Señora de Santa Anna; que tiene de frente 28 varas castellanas y de fondo 55 y tres cuartas. Y para que el contrato tuviere efecto, otorga que vende a don Francisco Fernández y Agudo, la referida casa, por la que ha de reconocer de censo redimible con el rédito de 5 por ciento y con hipoteca especial la cantidad de 1 000 pesos, de un ramo de capellanía fundado por don Laureano Fernández de Ulloa y su mujer doña Margarita Martínez Navarro, el cual goza don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa; asimismo, 2 600 pesos pertenecientes al convento de San Francisco de esta villa; y 6 000 pesos que corresponden a él Beaterio; también, reconocerá 3 000 pesos con que la misma testamentaria consigna al bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. La venta la hace por el precio de 22 000 pesos, bajo las condiciones que se mencionan en el acta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0100 · Item · 1826/09/04
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Manuela Montero, de esta vecindad, viuda de don Andrés Rodríguez Rojo, vecino de esta villa y su comercio, dijo que habiendo dado punto a sus negocios don José María Acosta, vecino de esta villa y de su comercio, a causa de varios infortunios y contratiempos, está comprometida a hacerle el bien posible y de lo que esté de su parte. Y como se considera como primer acreedor a don Francisco Fernández y Agudo, en representación de los menores hijos del finado don Juan Melitón de Lascurain, por cantidad de 1 600 pesos, siempre que al deudor Acosta se le concedan las esperas que intenta pedir, y le dejen en su poder las existencias y enseres que ha presentado al concurso, para que con ellas y otros recursos que adopte, se reponga de su quebranto. Otorga que se constituye fiadora y principal pagadora por el mencionado Acosta y en favor del mismo Fernández y Agudo por los 1 600 pesos, en tal modo que, dejándole al susodicho las existencias y enseres, le ha de pagar la otorgante a Fernandez dicha suma, en el preciso término de un año, con el premio de un 5 por ciento. Y para mayor seguridad hipoteca una casa de edifico bajo, ubicada en esta villa en la tercera cuadra de la calle del Calvario o Amargura, cubierta de madera, ladrillo y teja, con el frente al oriente y del otro lado casa alta que fue del licenciado don José María Durán; por su fondo, al poniente, linda con el de casa de don José Mariano Lucido; por el costado del sur con el de casa de Pablo Álvarez; y por el del norte y parte del fondo, con el de la casa de diezmos. Cuya casa se obliga a no enajenar hasta no estar pagado dicho principal y premios.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0107 · Item · 1826/09/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Micaela Barguiarena, natural de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa, hija de don Santiago Barguiarena y de doña Josefa Bravo, difuntos, otorga poder especial a don Juan Ruiz Abascal, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado Declara que es viuda, albacea y heredera en una parte de los bienes de don Pedro Martín del Puerto Vicario, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, que dichos bienes están concursados por sus acreedores a causa de no poderse recaudar las sumas activas que formaban su caudal, pero hechas dichas cobranzas podrá corresponderle alguna cosa y de lo que así fuere, manda que su albacea distribuya la mitad en misas, bienes y sufragios por su alma; y la otra mitad hace legado en forma en partes iguales a don Amado, don Manuel, doña Fortunata y doña Mariana Vicario, sus cuatro hijos adoptivos, a Marta de Haro, su sobrina, y a Manuela Bravo, su antigua criada. Y al no tener heredero forzoso, se nombre, como ella lo nombra por su albacea y si dicho apoderado por sus ocupaciones u otros motivos no pudiese desempeñar dicho cargo, le otorga poder para que nombre persona o personas de su confianza.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0114 · Item · 1826/09/22
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Ana Josefa Troncoso de Lemus, vecina de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, viuda, albacea del finado don Juan Antonio Lemus, que fue de aquel comercio y vecindad, otorga poder especial a don Juan de Dios Troncoso, su hermano, también vecino de la Nueva Veracruz, para que su nombre y en uso del cargo de albacea, proceda a la facción de inventarios y descripción extrajudicial de los bienes que quedaron por fallecimiento de Lemus, previo para ello el permiso o licencia de juez competente de la referida ciudad y con la representación legítima de sus herederos hijos. Acto continúo proceda a la formación de la cuenta de su cargo, documentada en forma y comprensiva de todas la cuentas y liquidaciones que haga, satisfaciendo los alcances de las pasivas y percibiendo lo de las activas. Y aprobada que sea por el orden que el inventario haga se proceda a la división y partición entre los legítimos participes en unión de los cuales hará el nombramiento de contador para el efecto.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0038 · Item · 1702/05/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba y viuda del Doctor Miguel de Prado, otorga poder especial al Sargento Miguel Díaz de Aguilar, hijo de la otorgante, para que en su nombre busque en la ciudad de la Nueva Veracruz o en la parte donde fuera conveniente, y tome a su dita y crédito la cantidad de 1 000 pesos de oro común en reales, de los cuales la obligue a pagar con los premios e intereses que ajustare, y en los plazos y tiempos que le fueren pedidos, otorgando en su nombre, la escritura o las escrituras de obligación que convengan. Y para seguridad de la paga, hipoteque una hacienda del beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción, además, una casa que tiene en esta villa de cal y canto cubierta de teja, que está en la calle que sale del convento del Señor San Antonio al barrio de las Casillas, la cual sólo se encuentra gravada con 300 pesos de principal a censo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0065 · Item · 1702/07/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; y Juan de los Santos Cubillos, ambos albaceas testamentarios de dicho regidor; dijeron prosiguen el inventario de los demás bienes que dejó dicho difunto, en la manera siguiente: 1 125 pesos que deben los bienes y herederos don Diego Dávila Barrientos, vecino que fue de esta villa, a los del dicho don Miguel de Leiva como constan de su libro de cuentas. Ítem 350 pesos que debe a dichos bienes doña Micaela Duque de Estrada, viuda de Manuel de Piña, vecina de esta villa, por escritura que la susodicha otorgó al difunto. Ítem 200 pesos que quedó debiendo Domingo Merodio. Ítem 200 pesos que debe el Capitán don Pedro López del Castrillo. Ítem deben los bienes herederos de doña Josefa de Miranda 3 500 pesos. 56 pesos que deben los bienes de Marcos Alejo, vecino de Maltrata. 68 pesos que debe Antonio Núñez de Prado. 2 000 pesos que deben los bienes y herederos de Pedro García de Meza, vecino que fue de esta villa. Don Lope de Iribas 3 115 pesos y 6 reales; entre otros deudores que se mencionan en el acta. Todo importa la cantidad de 11 970 pesos y 6 reales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0068 · Item · 1702/07/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Duque de Estrada, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Manuel de Piña, otorga que ha recibido de Gaspar Rendón, mercader, vecino de esta villa y Mayordomo actual de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, 700 pesos de oro común, cuya cantidad es la que quedó liquidada por remanente de los bienes de Bernabé de Castro, vecino que fue de esta villa, quién por cláusula de testamento ordenó se impusieran a censo principal redimible a razón del 5 por ciento anual, para que con los 35 pesos de réditos se digan misas rezadas por su alma, la de María de Herrera, su mujer, por la de sus padres y por las Benditas Ánimas del Purgatorio; con la condición de que el mayordomo tenga especial cuidado que una de las misas rezadas se diga en el altar de dichas Benditas Ánimas que está en la iglesia parroquial de esta villa, todos los lunes de cada año. Y la otorgante, cumpliendo con su obligación, por la presente otorga que impone, sitúa y carga los 700 pesos a censo sobre una casa de cal y canto que tiene en esta villa, cubierta de teja, en la calle Real que de la plaza principal sale para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], y que linda por el oriente con casas y solar de los herederos de Juan de Espinosa, asimismo, se obliga a pagar los réditos cada año al dicho Gaspar Rendón y al que en adelante fuera mayordomo de dicha cofradía, bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0070 · Item · 1702/07/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Micaela Duque de Estrada, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Manuel de Piña, otorga que ha recibido de Gaspar Rendón, mercader, vecino de esta villa y Mayordomo actual de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, 700 pesos de oro común, cuya cantidad es la que quedó liquidada por remanente de los bienes de Bernabé de Castro, vecino que fue de esta villa, quién por cláusula de testamento ordenó se impusieran a censo principal redimible a razón del 5 por ciento anual, para que con los 35 pesos de réditos se digan misas rezadas por su alma, la de María de Herrera, su mujer, por la de sus padres y por las Benditas Almas del Purgatorio; con la condición de que el mayordomo tenga especial cuidado que una de las misas rezadas se diga en el altar de dichas Benditas Ánimas que está en la iglesia parroquial de esta villa, todos los lunes de cada año. Y la otorgante, cumpliendo con su obligación, por la presente otorga que impone, sitúa y carga los 700 pesos a censo sobre una casa de cal y canto que tiene en esta villa, cubierta de teja, en la calle Real que de la plaza principal sale para el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], y que linda por el oriente con casas y solar de los herederos de Juan de Espinosa, asimismo, se obliga a pagar los réditos cada año al dicho Gaspar Rendón y al que en adelante fuera mayordomo de dicha cofradía, bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0121 · Item · 1702/12/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, como albacea testamentario del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, y como apoderado de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda y albacea dicho difunto; dijo que don Miguel de Leiva en vida tuvo muchos años trato y cuentas corrientes con Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, quienes ajustaron todas las cuentas que tenían en esta villa el 5 de febrero pasado, quedando a deber dicho regidor 772 pesos 4 reales. Y tras el fallecimiento de los susodichos, los albaceas de Juan Bautista Sierra, que lo son doña María Jiménez, su viuda, y el Reverendo Padre Presentado Fray Baltazar Romeo, por medio de don Manuel Romeo, apoderado de éstos, solicitaron el pago de dicha cantidad, por lo cual, el otorgante, como albacea, en los autos que se formaron pidió esperas para la paga de dicha cantidad, “respecto de los pocos atrasos que generalmente han padecido y padecen las haciendas del beneficio de hacer azúcar”. Y habiéndose ajustado con dichos albaceas para el pago de dicha cantidad, por la presente otorga que debe y se obliga a pagar la cantidad de 772 pesos 4 reales a los dichos albaceas de Juan Bautista de la Sierra Valle y Rioseco, en los plazos establecidos en el acta.

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