Doña Agustina Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda mujer que fue de Miguel de Prado, Médico y vecino que fue de esta villa, albacea testamentaria y tenedora de sus bienes, tutora y curadora de sus hijos, nombrada como tal en el testamento y de cuya disposición falleció; otorga que vende al Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, una hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San José, que está a tres cuartos de legua de esta villa, en la otra banda del río de ella, que llaman el Potrero, que dicho su marido fundó en 6 caballerías de tierra que pertenecen a los propios de esta villa, que linda por una parte con la sierra de Matlaquehaguil [Matlaquiahuitl] y por otra con la barranca del dicho río, con unas lagunas de agua que permanecen todo el año, en que se halla fundada con 8 suertes de caña dulce de diferentes edades y nombres. La vende en precio 7 000 pesos, de los cuales debe pagar: 500 pesos para fin del mes de abril de 1704; 1 550 pesos al Capitán don Lucas de Acosta, Factor del Armazón de negros Esclavos; 1 800 pesos a Juan de los Santos Cubillos; 600 pesos al Capitán don José de Segura y Ceballos; 1 140 pesos al Capitán Jacinto López; 200 pesos a Juan Tinoco; 230 pesos al Capitán don Diego Salgado; 34 pesos y 2 reales al Sargento Miguel de Aguilar; 50 pesos al Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; 27 pesos al Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón; cuyas partidas importan la cantidad 6 041 pesos y 2 reales; más la cantidad de 958 pesos que restan para el cumplimiento de esta venta y que pagará para fin de diciembre de 1704.
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El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos en las Indias; otorga que ha recibido de Gertrudis Íñiguez, vecina de esta villa, viuda de Diego Pérez, 350 pesos de oro común en reales, los mismos que la susodicha se obligó a pagarle por el valor de una negra esclava de las del dicho armazón de su cargo, por escritura hecha en esta villa el 10 de marzo de 1701; por lo tanto, da por rota, nula y cancelada dicha escritura de obligación.
Sans titreDoña Inés de Meza y Moral, viuda del Capitán don Bartolomé Soriano Correa, difunto, albacea testamentaria fideicomisaria, tutora y curadora de las personas y bienes de doña Josefa, doña Catalina, doña Ana y don Bartolomé Serrano, sus hijos legítimos, y de José y Alonso Soriano, hijos naturales de dicho difunto, como consta el testamento en el cual le otorgó poder para testar su fecha en esta villa el 29 de octubre de 1701; dijo que ante la Real Justicia Ordinaria de esta villa, en conformidad de su obligación como tal albacea juntamente con el Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, su padre, procedió hacer inventario de los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho marido, hecho y valuados y por ser los dichos bienes indivisibles entre ella, sus hijos y demás herederos, solicitó se le aplicasen y adjudicasen en propiedad, por los precios y cantidades en que se habían avaluado; con la obligación de darles y entregarles a cada uno de los dichos menores, las porciones que a cada uno toca según la cuenta divisoria y partición al tiempo que llegase el caso de tomar estado o tener edad competente, con más los réditos correspondiente del 5 por ciento anual. Por lo tanto, otorga que se obliga de pagar a los cuatro hijos legítimos a cada uno de los susodichos 1 435 pesos y 2 reales, y a los hijos naturales de dicho su marido la cantidad de 527 pesos y un real, con más los réditos correspondientes del 5 por ciento anual, que son los mismos que a dichos menores le cupieron y adjudicaron en la cuenta de división y partición que se hizo y formó de los bienes que quedaron por fin y muerte del dicho su marido.
Dona Gertrudis de Gatica, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Aguacil Mayor Francisco de Solís, vecino que fue de esta villa, dijo que tiene por esclava a Isabel de Solís, mulata, de treinta y tres años, hija de Francisca, negra, su difunta esclava; y por el amor que le tiene por haberle servido con mucho cuidado, puntualidad, amor y lealtad, en remuneración, otorga por la presente “ahorro y liberta, graciosamente a dicha Isabel de Solís, para que goce de ella desde esta fecha y me desisto de los derechos de posesión”.
Sans titreEl Secretario Juan de Espinosa, Escribano Público del pueblo y partido de Orizaba, de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, dijo que compró una hacienda del beneficio de hacer azúcar que quedó por bienes del Capitán don José Gómez Dávila, difunto, por escritura que a su favor otorgó don Juan Gómez Dávila, albacea y tenedor de bienes del citado capitán. Menciona que dicha hacienda está grabada por razón de 6 caballerías de tierra en que está fundada, y por ese gravamen el anterior dueño pagaba a don Miguel de Leiva Esparragosa 65 pesos en cada un año de réditos del principal de 1 300 pesos; asimismo, señala que Miguel Leiva poseía otras 8 caballerías de tierra en donde también tenía una hacienda, y que ambas componían un sitio de ganado menor. Por otra parte, declara que después del fallecimiento de Miguel de Leiva entró el Capitán don Lope Antonio de Iribas en la propiedad de la hacienda del susodicho, por haberse casado con doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su viuda, quienes hicieron nuevo reconocimiento de censo de todo el sitio de ganado menor a favor de los hijos y herederos de don Domingo José de Apresa Gándara Araujo y Moctezuma obligando a sus personas a pagar 2 500 pesos de principal y en el ínterin 5 por ciento en cada un año. Por tal motivo, hizo un convenio con don Lope Antonio y su mujer, para que ellos se obliguen por entero al censo principal del valor del sitio de ganado menor a favor de los citados herederos, mientras que él lo haría por las 6 caballerías. Por cuya razón y cumpliendo con su obligación por las causas y razones referidas, se obliga a dar y pagar a don Lope Antonio de Iribas y a doña Agustina Jaimes Dávila los 1 300 pesos del valor de las 6 caballerías de tierra que le pertenecen en que está fundada su hacienda, y en el ínterin que no lo hace y redime lo hará con sus réditos de dicha cantidad de 5 por ciento en cada un año.
Sans titreEl Capitán Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad y Público de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Antonio de Olivera, vecino de ella, un solar de 50 varas en cuadro en el barrio que llaman de San Juan de las Casillas, por el oriente linda con solar de dicho barrio, calle en medio; por el poniente con casa y solar del comprador; por el sur con casa y solar de los herederos de Alonso Franco de Guzmán; y por el norte con casa y solar de Nicolás Hernández; dicho solar es el mismo que compró de doña Manuela de Altamirano, vecina de esta villa, viuda de Pedro García de Meza, el 13 de marzo de 1703. El otorgante declara que en dicho solar había comenzado a construir una casa con diferentes maderas para puertas y ventanas, vigas y alfardas, y al presente las tiene entregadas al comprador. Lo vende en precio de 350 pesos de oro común.
Sans titreAna [María] Martínez [Romano], viuda de Pedro Rodríguez, dijo que su marido la nombró como su albacea testamentaria, por lo que hace inventario de sus bienes, en el que señala lo siguiente: Un solar [roto] en esta villa, en el que tiene una casa de vivienda con un horno de pan cocer; 400 pesos en reales, once cargas de harina, dos mulas de silla, un aderezo de espada, dos anillos de oro, cuatro candeleros de cobre, 4 cargas de petacas para cargar azúcar, una capa de picote, sarcillos de plata, zapatillos con tacón de plata, unas virillas de plata para tacones de zapatillos, y demás ropa, alhajas y muebles. Declara a él le debe un vecino de la Veracruz, que tiene un lobanillo sobre un ojo; Tomasa la de los 2 caminos; Francisco Martín carpintero; Sebastián Durán; la comunidad del barrio de San Nicolás, que está junto a San Juan Coscomatepec; Pedro Miguel, indio, y otras personas más. Asimismo, declara no haber hecho este inventario por ausencia del escribano y no por omisión.
Sans titre[Isabel Galván], vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Antonio Hernández, vende a [Nicolás] Blanco, vecino de esta villa, dos negros [criollos] nacidos y criados en su casa, nombrados Sebastián, de treinta años poco más o menos, y Baltazar, de veintiocho años, esclavos cautivos, sujetos a perpetúa esclavitud y servidumbre, libres de hipoteca, enfermedad y vicios, los cuales vende en precio de 250 pesos de oro común cada uno, que ya tiene recibidos.
Sans titreCatalina de Rivera, viuda de Francisco de Villalba, y Nicolás de Bolaños y Antonia de Villalba, su mujer, vecinos de esta villa, dijeron que Francisco de Villalba dejó por bienes suyos un solar y en él una casa pequeña, en la calle del hospital del pueblo de Orizaba [roto], de 6 brazas [roto] hecha de madera y lodo, cubierta de teja, que linda por el [roto] sur con la puerta del hospital de San Juan de Dios y por el oriente con solar de [Josefa] María de Prado [y Monge]; la cual, como herederos de Francisco de Villalba, venden a Domingo Francisco, vecino de Orizaba, por precio de 135 pesos.
Sans titreMaría Álvarez [Galván], viuda de Juan Martínez Romano, y Antonia y Joseph [José] Martínez Romano, hijos de los susodichos, vecinos de esta villa de Córdoba, venden a Benito Rendón, vecino de esta villa, una casa cercada de palos y barro, cubierta de zacate, y medio solar, [roto] por bienes del dicho Juan Martínez Romano, que linda al oriente con otro medio solar de ellos; al norte con la plaza; al poniente con solar de Alonso Galván; y por el sur con otro solar de los otorgantes. Propiedad que venden con un pozo, sus usos y costumbres, derechos y servidumbres y todo lo que le pertenece, libre de censo e hipoteca, al precio de 90 pesos de oro común que tienen recibidos de contado.
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