Don José Antonio Franceschi y Castro y su hermano don Domingo [María Franceschi y Castro], hijos ambos y herederos del finado don Domingo Franceschi; don Juan Hilario de Echagaray como hijo y heredero de doña Antonia Franceschi y Castro, que lo fue de dicho finado don Domingo, y como representante de los demás herederos de dicha señora en virtud de poder que le tiene otorgado don Domingo y don Gaspar Echagaray en 7 de febrero del presente año en la ciudad de Veracruz, del que le confirieron don Francisco Germán, doña Dolores y doña Carmen Echagaray [y Franceschi] en esta ciudad en 3 de febrero último, y de la curaduría que por doña Amada María y don Camilo Echagaray [y Romano], hijos de don Gabriel [Echagaray] le fue discernida por el señor alcalde tercero de esta ciudad en 13 de diciembre pasado; doña María Josefa Monroy de Franceschi, como viuda y albacea de don Francisco de Paula Franceschi y Castro, hijo del finado don Domingo; y don Bernardo Sayago por sí; dijeron que según escritura otorgada en esta ciudad a 12 de septiembre de 1804, el Muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad recibió del presbítero don José Mariano González de Castro 6 000 pesos de capital con pensión de réditos de un cinco por ciento anual, para emplear esa suma en aumentar la construcción del cuartel que hoy lleva el nombre del Vecindario, habiéndose impuesto dicho capital sobre el arbitrio impuesto al consumo de harinas de este suelo. Que en catorce de julio de 1807 subrogó dicho presbítero en su lugar al ya nombrado don Francisco Franceschi, endosando a favor de éste aquella escritura en la misma copia, según consta de una anotación puesta por el escribano en la matriz, y quedó por consiguiente acreedor de dicha suma don Domingo Franceschi en lugar del presbítero Castro. Que por muerte de don Domingo y hecha partición de sus bienes entre sus herederos se aplicaron también a los mismos los relacionados 6 000 pesos, distribuyéndose según convinieron, que según esa distribución se han redimido ya lo siguiente: a la parte de doña Antonia Franceschi, 937 pesos; a la de don Domingo María Franceschi hijo, 387 pesos; a la de don Francisco Franceschi, 662 pesos; a la de don José Antonio Franceschi [y Castro], 605 pesos; y a la de don Manuel [Ignacio] Franceschi [y Castro, 662 pesos, siendo el representante de esta última partida don Bernardo Sayago por haberle traspasado este crédito el referido don José Antonio a quien lo cedieron los herederos de don Manuel [Ignacio] Franceschi como parte que le tocó. Y debiéndose formalizar la respectiva cancelación, los ya citados don José Antonio y don Domingo Franceschi, doña María Josefa Monroy, don Juan Hilario de Echagaray y don Bernardo Sayago, por si los unos y por las representaciones que les competen a los otros, confesando que están cubiertas las partidas que les corresponden a cada uno, que todas unidas componen 3 253 pesos, otorgan que formalizan a favor del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad el más amplio recibo y carta de pago.
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El licenciado don José María Aparicio, como apoderado de doña María Tomasa Cervantes, viuda y albacea del finado Luis Chacón, dijo que quedó por bienes de dicho difunto una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad, en la calle que llaman de Almolonga, con su frente de 12 y media varas al sur y 36 y media de fondo al norte; lindando por este rumbo con solar del ciudadano Manuel Díaz; por oriente con un callejón que va a salir al camino Nacional; y por poniente con patio de Ana Rita Galván, cuya pared divisoria pertenece por mitad entre ésta y las testamentaria de Chacón. Asimismo, dijo que estándole debiendo a José Dionisio Martínez 69 pesos, a José Feliciano Amaro 40 pesos y a Francisco Hernández 12 pesos, cuyas cantidades han sido ministradas para alimento de la familia y no teniendo recursos la viuda para satisfacer, se presentaron los acreedores ante el señor alcalde primero de esta ciudad y se celebró el respectivo juicio, en el cual se manifestó no existir más bienes que la casa referida; por lo cual, dicho señor alcalde propuso que si alguno de los acreedores quería en adjudicación la casa, podría tomarse exhibiendo el exceso. Y admitida esta propuesta por el ciudadano Hernández, ofreció 600 pesos, dando la mitad de contado y la otra dentro de dos años, habiendo quedado convenidos así. Y reduciéndolo a efecto, don José María Aparicio, en nombre de doña María Tomasa Cervantes, otorga que vende a Francisco Hernández la casa deslindada, en precio de 600 pesos, de los cuales exhibió 300 pesos de contado y los otros 300 pesos restantes se obliga a pagar dentro de dos años con hipoteca de la misma casa.
Sans titreGertrudis Jácome, viuda de Diego Vázquez, vecino del pueblo de Jalapa, tenedora, tutora y curadora de sus hijos, vende a Domingo José de Santa María, de la misma vecindad, un solar de 97 varas y media de largo y 108 de ancho ubicado por el Convento de San Francisco, linda con solar que fue de Ana Bautista, por otra parte con la Calle de Santiago. El mencionado solar lo compró a su vez a María Pacheco, parda libre, mujer de Antonio de la Cruz el 17 de agosto de 1707. Dicha venta se hace en 70 pesos 4 reales de oro común, incluyendo en este valor una casa de zacate, madera y troje fabricada en el solar, cuya cantidad se da por entregada.
Inés López, [Margarita] Beatriz López y Rosa López, hermanas, viudas vecinas del pueblo de Jalapa, dijeron que dieron al Capitán Pedro Zapata de Ezquerra, Alcalde Mayor de esta provincia unas casas empezadas a fabricar en solar propio que heredaron de sus padres, cuyo precio es de 1, 300 pesos; 800 de ello a censo redimible. Instituyen y fundan una capellanía por los 800 pesos de principal y 40 pesos de réditos por cada año, cuyo reconocimiento les tiene hecho el capitán con hipoteca especial de las mencionadas casas y solar que miden de frente 58 varas y 60 de fondo, situadas en la Calle Real, linda con casa de José de Rebolledo, con solar de Alonso Rodríguez, al frente con casa de Juan Sedano; es su voluntad se digan misas por ellas, sus padres y parientes en la forma en que se menciona. Como primeras patronas se nombran ellas mismas y por su fallecimiento a su pariente más cercano, prefiriendo los varones a las mujeres y por su falta a los síndicos de los conventos.
Doña Juana Teresa de Ibelly, viuda de Juan Bautista Natera, vecina del pueblo de Jalapa, dijo que otorgó testamento en la Nueva Ciudad de la Veracruz en 1709, y quiere añadir por vía de codicilio lo siguiente: impone 500 pesos de oro común de principal después de su fallecimiento sobre una casa suya en la Nueva Ciudad de la Veracruz en la Calle de las Damas; linda con casa de Bárbara de Aguirre, con casa de Inés García, al frente con casa de Francisco Mellado, nombra como sus patronos al síndico y guardián que en adelante tuviera en el Convento de San Francisco del pueblo de Jalapa.
María de Villavicencio, viuda de Pedro Padilla, vecina de Naolinco, natural de la vieja Veracruz, hija legítima de Ambrosio de Aragón y de María de Meza, otorga su testamento, donde declara lo siguiente: deja a la Cofradía del Santísimo Sacramento 6 pesos, tiene entre sus bienes 3 esclavos nombrados Antonia Isabel con 2 hijos suyos Gustavo Javier y Nicolasa del Ángel a los cuales les otorga la libertad después de su fallecimiento, tiene otros bienes menores. Nombra como albacea testamentaria a Pedro de Torres y Matías Pérez, de la misma vecindad, deja como herederos a sus esclavos.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda vecina del pueblo de Jalapa, dijo que es patrona de una capellanía de misas rezadas y cantadas que fundó doña Sebastiana de la Gasca por 1, 000 pesos de principal que situó sobre una casa ubicada en este pueblo, para la que nombra como patrono y capellán al Bachiller José Joaquín de Flores Moreno, su hijo, quien esta obligado a decir las misas y al Licenciado Miguel Alonso de Angón, interino.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda vecina del pueblo de Jalapa, albacea de Juan de Thormes, tutora y Curadora de sus menores hijos, y el Capitán Miguel Castellanos de Ibarra y Ezpeleta en nombre y representación de Pedro Miguel de Thormes, difunto, y el Capitán Bartolomé de Castro, como apoderado de doña Juana de los Santos y Thormes, otorgan en arrendamiento a José Robledano de Cardeña, de la misma vecindad, una casa ubicada en este pueblo que quedó de los bienes de Juan de Thormes que esta proindiviso entre los herederos, por un tiempo de 6 años que corren de esta escritura, en 140 pesos por cada año descontándosele de ella los reparos y agravios que para su manutención hiciere.
Doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda, vecina del pueblo de Jalapa, como patrona que es de la Capellanía que fundó doña Sebastiana de la Gasca de 1, 000 pesos de principal, que situó sobre una casa, otorga que revoca y anula las cláusulas que esta en la fundación de dicha capellanía, acerca de que los patronos de ella pudiesen imponer el principal de ella, siempre que se redimiese donde pareciese a sus patronos y consiente que de aquí en adelante en las ocasiones en que se redimiese el principal, se imponga de nuevo a la voluntad de los obispos de la Puebla de los Ángeles, para lo cual se ha de hacer dicha redención con intervención del patrón que fuere, en cuya conformidad corrige y enmienda dicha cláusula en virtud de lo mandado por el señor don Diego de Perea, prebendado de la Santa Iglesia Catedral, Juez de Capellanías y Obras Pías, y quiere así se guarde, cumpla y ejecute.
Lucas Francisco de Ayala, vecino y labrador de la jurisdicción de Jalapa, otorga que ha recibido de don Manuel Méndez de Toledo, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, 250 pesos en reales por vía de depósito por tiempo de un año, que los ha de tener en su poder y de ellos ha de ser obligado a pagar réditos a razón del 5%, por pertenecer a los bienes que quedaron por muerte de doña Ana Francisca de Córdoba y Zúñiga, viuda que fue de don Diego Ortiz de Largacha, vecinos que fueron de la Ciudad de los Ángeles, cuya cantidad está consignada a diversas capellanías, y para la efectiva paga, hipoteca su rancho de labor ubicado en este pueblo libre de censo, empeño e hipoteca.\r\n