Doña Petra Valle, de esta vecindad, viuda de Alfonso Jiménez, dijo que su nominado difunto esposo le compró al ciudadano José Francisco González un solar con ruinas de casa, ubicado en esta ciudad a la calle de Santiago con la que hace su frente de 29 varas al sur, lindando por oriente con solar que fue de don Juan Ignacio Rubín de Celis, por poniente con tierras de los naturales, y por norte que es su fondo de 83 varas con tierras también de los mismos naturales.
VIUDAS
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Doña Teresa Bueno de Arias, viuda de don Carlos Arias, vecina de esta ciudad, dijo que como albacea de su difunto marido ha administrado los bienes de éste y ha estado desde el fallecimiento del mismo sosteniendo a la familia; que para los alimentos de ésta le ha estado ministrando una larga temporada su yerno, don Tomás García, varias cantidades de reales desde hace más de dos años, las que importaron 802 pesos 4 reales; igualmente ha suplido el dicho García para refaccionar las cercas y otras cosas precisas del rancho nombrado Xaltepec, perteneciente a la testamentaria del referido difunto, 498 pesos 4 reales, importando ambas partidas 1 300 pesos. Y no habiendo de donde satisfacer este adeudo, ha resuelto la compareciente hacerle entrega del mismo rancho a García, para que pueda disfrutarlo o arrendarlo hasta que se cubra dicho crédito, en el concepto de que ese fundo está hipotecado por 420 pesos en favor de los señores Palacio hermanos, según consta en escritura otorgada en esta ciudad el 17 de octubre de 1834, los cuales se deben satisfacer en los términos que estipula dicha escritura. Por lo cual, confiesa ser deudora la testamentaria de su cargo a don Tomás García de la expresada cantidad de 1 300 pesos, asimismo, otorga que pone a García en posesión de dicho rancho.
Sans titreDoña Cayetana González de Campomanes, de esta vecindad, viuda y albacea de don Mariano Campomanes, ratificando como ratifica el poder para pleitos que ante el presente escribano le dio a don Francisco Peña en 17 de julio de 1833, cuya copia se encuentra en el cuaderno de autos sobre la venta de las tierras nombradas el Llano de Chiltoyac o de los Garcías, en término de la municipalidad de Naolinco, pertenecientes a la testamentaria de los finados don Francisco García Campomanes y doña Isabel Viveros y Zurita; otorga que confiere también poder especial al mismo ciudadano Peña, para que en su nombre pueda concurrir a las juntas que se celebren a fin de convenir la venta o no venta de las expresadas tierras, acordando lo que crea más justo, arreglado y útil.
Sans titreLa señora María de la Luz Aguilera, viuda, mayor de edad, de esta vecindad, otorga que vende a don Rafael Pensado y Barradas, de esta misma vecindad, una casita de cal y canto, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, compuesta de dos piezas, ubicada en esta ciudad, en el barrio de los Berros, en sitio perteneciente a la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia, teniendo su frente al poniente; lindando por oriente con casa del finado José Manuel Tejeda; por el norte con la de Nicolás Pozos, cuyo arrimo es de la relacionante; y por el sur con casita de rajas de un tal Carlos. La vende en precio de 200 pesos.
Sans titreDoña María Ignacia del Valle y Vieyra, originaria de Veracruz, hija de don Manuel Antonio del Valle y de doña María Josefa de Vieyra y Álvarez, ya difuntos, y viuda de don Pedro García del Valle, otorga poder a su primo don Manuel de Cano y Valle, de esta vecindad, para que en su nombre ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara fue casada con don Pedro García del Valle, con quien procreó a doña María Josefa, de veintidós años, casada con el Licenciado don José Lázaro de Villamil; a doña María de la Paz, doncella de diecinueve años; a doña María del Rosario, de diecisiete años; a don Francisco, de dieciséis; a doña Elena, de quince; a don Manuel García del Valle y Valle, de trece; y otros que fallecieron pequeños. Nombra herederos a sus seis hijos. Nombra tutor y curador de sus menores hijos a don Manuel de Cano y Valle, asimismo, lo nombra albacea.
Sans titreDoña María de la Concepción Valero, vecina del pueblo de Coatepec, viuda y albacea de Ignacio Blanco, otorga que como tal albacea vende a doña María Josefa y a don Ignacio Contreras, hermanos, una casa de edificio bajo y el sitio que le pertenece, ubicada en el pueblo de Coatepec, en la calle principal, con la cual hace su frente de 16 varas al sur; con 100 varas al fondo hacia el norte, por donde linda con solar que fue de los herederos de Aniceto Altamirano y hoy pertenece al ciudadano Félix Malpica; por el oriente linda con casa de don José María Contreras, padre de los compradores; por el poniente con casa del ciudadano Lorenzo Bueno. La vende en precio de 700 pesos, de los cuales 400 quedan en poder de doña María Josefa Contreras por otros tantos que le reconocen con hipoteca de la propia casa y los 300 que recibió de contado.
Sans titreDoña Teresa Aravalles, viuda y albacea de don Joaquín Ruiz, dijo que de acuerdo a su coalbacea, el Presbítero don Joaquín Ruiz, residente en México, han convenido entregarle a don Marcos Díaz Aparicio, Profesor de Farmacia, las dos boticas pertenecientes a la testamentaria del referido finado, situadas ambas en esta ciudad, una en la plaza Principal en edificio del hospital y la otra en la calle Principal, en casa de los herederos de don Domingo Franceschi, para que gire y administre ambos establecimientos bajo las condiciones que se mencionan, de las cuales destacan: Que por tiempo de año y medio ha de girar el nominado don Marcos Díaz dichas dos boticas, llevando para sí la mitad de utilidades y quedando la otra mitad a beneficio de la testamentaria, comenzando a correr a partir de esta fecha en adelante. Que los precios de las existencias que ahora recibe Díaz en las dos boticas se han de fijar en México. Hasta que estén expuestos los precios es cuando se ha de saber el monto de dichas existencias, entonces por medio de una adición a esta escritura hará la declaración conveniente. Que como el mencionado coalbacea va a tomar por su cuenta en México la botica nombrada de "La Merced" y allí han de hacerse compras por mayor, preferirá Díaz para la provisión de las que toma a su cargo comprar en aquella lo que necesite, cuyos precios serán arreglados a los de la casa de Morón, siendo éstas en igualdad a los que corran en otras partes, pero si Díaz pudiese lograr algunos efectos con más proporción comprándolos en Veracruz, podrá hacerlo. Y estando presente el relacionado Díaz, otorga que se conforma con las cláusulas y acepta la compañía por el tiempo y condiciones que queda explicado.
Sans titreFrancisca Olaya Méndez, vecina de esta ciudad, viuda de José Antonio García, de sesenta años de edad, otorga que vende a José Antonio Segura, una casita en esta ciudad, en la orilla del camino Nacional que conduce a Veracruz, con su frente de 10 varas al oriente y del otro lado del camino la garita Nacional de Veracruz, cuya casita es de material con cubierta de madera y teja, perteneciendo el terreno en que está construida a la cofradía de la Purísima Concepción de esta parroquia, midiendo de fondo 42 varas al poniente, en cuyo extremo se le miden de latitud 29 varas, por donde linda con una zanja y del otro lado terreno de Remigio; por el sur linda con casa de Anselmo Báez; y por el norte con callejón que conduce al camino de Pacho. La vende en precio de 160 pesos.
Sans titreDon Francisco Barradas, de esta vecindad, dijo que por resto de cuentas le quedó debiendo al finado don Cipriano Pensado 327 pesos y 4 reales, por lo cual, otorga que se obliga a pagar dicha cantidad a su hermana, doña Margarita Barradas, viuda de dicho difunto y su albacea, cuyo pago verificará con la parte que le corresponde de la casa que su difunto padre le dejó en unión a dicha su hermana.
Sans titreDoña María Brígida Castro, viuda, mayor de edad; el señor don Juan Francisco de Bárcena, albacea del finado Presbítero don José de Castro; José Luciano Nava, marido legítimo de Ana María Góngora, hija que fue de María Dolores Castro; José María Castro, hijo del difunto Antonio Castro; y Miguel Rodríguez, marido legítimo de María Andrea Castro, hija también del mismo finado Antonio Castro; como herederos del finado José Tomás de Castro, dijeron que por fallecimiento de éste quedó una casita de material, ubicada en esta villa, en el barrio que llaman de la Laguna a orillas del camino Nacional que de esta ciudad conduce a la Veracruz, con su frente hacia el sur y del otro lado del camino casa que fue de don Mariano Cadena y hoy es de don José Prado. Y para dar fin a la testamentaria acordaron los comparentes adjudicarse los siete cuartos de que se compone la casa proindivisa, según consta del valúo que se agrega a este registro, en los términos siguientes: El primer cuarto que hace esquina al poniente y sur se consigna exclusivamente a José María y María Andrea Castro; el segundo a Ana María Góngora; el tercero y cuarto a doña Brígida; el quinto y sexto a la testamentaria del presbítero; el séptimo a Ana María Góngora, José María y María Andrea Castro, mitad a la primera y la otra mitad a los otros dos, por lo cual, otorgan que se adjudican los siete cuartos de la relacionada casa en los términos que queda explicado.
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