Doña Magdalena Lagunas, viuda, vecina de esta Villa, otorga poder general a don José Rosillo, residente en esta Villa y transeúnte en el convoy presente a la Ciudad de Veracruz, para que en su nombre la defienda en todos sus pleitos civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, presentes y futuros.
VIUDAS
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Doña María Josefa [Fernández de] Ulloa [y Cardeña], de esta vecindad, viuda y albacea del finado don José de Arias, otorga poder especial al Señor Doctor don Francisco Pablo Vázquez, Canónigo Lectoral de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación como albacea de su esposo, otorgue escritura de subrogación o trueque de dominio de las 8 000 pesos de principal que el citado Arias impuso y cargó sobre su hacienda de fabricar azúcar, nombrada Zimpizahua, pertenecientes al Seminario de San Juan de la misma Ciudad de la Puebla.\t
Doña Petra de Alba, doña Ramona y doña Micaela Castillo, madre e hijas viuda la primera y doncellas las segundas, venden a Valentín Luna, de esta vecindad, una casa de edificio bajo, ubicada en el Callejón del Chorro del Poblano, al que hace frente hacia el sur con 19 varas, 8 sin labrar y del otro lado casa de Juan Ladrón de Guevara; y 44 y media de fondo y 10 sin labrar hacia el norte, por donde linda con solar del Presbítero don José Alejandro de Campo. Por el costado del oriente linda con casa y solar de la viuda de Antonio Salado; y por el del poniente con solar de Micaela Chávez. La vende en 400 pesos.
Doña Juana Rita Cardeña, de esta vecindad, mayor de 25 años de edad, viuda, ha recibido de don Tomás Rubio Roso, de esta vecindad, como actual Mayordomo de la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen, la cantidad de 100 pesos que de los fondos de ella le ha suministrado, cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular por espacio de 6 años, pagando anualmente los réditos acostumbrados del 5% equivalentes a 5 pesos, y para que a un tiempo mismo pueda usarse a favor de sus acreedores, hipotecan una casa de edificio bajo, que tiene en la Calle de la Requeta [Raqueta].\t
María Josefa Guido, de esta vecindad, viuda del finado don José Ignacio Betancurt, Receptor de Alcabalas que fue de la Antigua Veracruz, otorga poder especial al Señor don José Ignacio Pavón, residente en la Capital de México, para que en su nombre comparezca en el Juzgado de Montepío, donde perciba y cobre judicial o extrajudicialmente lo que le corresponde como viuda del susodicho Betancurt.\t
Doña María Josefa Bello y don Pedro Martínez, viuda y ambos albaceas del finado don Antonio Guillén, han recibido de don Cipriano Pensado de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 000 pesos con los réditos que le corresponden, cuya cantidad es el resto de 5 147 pesos 5 reales y 5 octavos en que Guillén le traspasó su tienda y de lo cual Pensado otorgó obligación, por lo que se cancela dicha obligación.
Doña Rosa de Castro, don José Antonio Franceschi y don Matías Martínez de Espinosa, todos de esta vecindad, viuda e hijos del finado don Domingo Franceschi, que fue de este comercio y vecindad, natural del lugar de Cannelle, pueblo de Centuri, en la Isla de Córcega, Provincia de Cabo Corso, hijo legítimo de don Antonio Franceschi y de doña Paula Mattei, difuntos. En uso del poder que don Domingo Franceschi confirió a la primera, proceden a otorgar su testamento, donde declaran falleció en esta Villa el 16 de mayo de 1816. En cuyo poder ordenó se impongan 2 000 pesos a premio del 5% sobre una de sus casas y que sus rendimientos se distribuyan entre los pobres de esta Villa y en caso de que sus albaceas no llevaran a cabo esta misión, dicho principal se dedicará para el Hospital de Mujeres de esta Villa, a beneficio de las enfermas más necesitadas. Ordenó que su primo don Juan, vecino de Orizaba, sea trasladado a esta Villa para que se atienda, cuide y mantenga. Declaró haberse casado con doña Rosa de Castro, con quien procreó a doña Antonia, casada con don Juan Bautista de Echagaray; don José Antonio; doña María Josefa, casada con don Francisco Cia; a doña Rosa, casada con don Matías de Espinosa; a doña María de Jesús, casada con don Santiago Arizabalo; a don Francisco de Paula; a doña Manuela; a don Manuel y a don Domingo María Franceschi de Castro. Declaró que sus bienes consisten en fincas, una tienda y ajuar. Nombró como albaceas a Rosa de Castro, en primer lugar; a don José Antonio Franceschi, en segundo lugar; y a Matías Martínez de Espinosa, en tercero. Y nombró como herederos universales a sus hijos.
Juana Juliana Nepomuceno López, de esta vecindad, viuda de Manuel Rivera, con aprobación y beneplácito de su hija, Francisca Josefa Rivera, que con su marido, José Antonio Ortiz, está presente, vende a Bernabel Zárate, de esta vecindad, una casita situada en el Callejón del Perro con el que hace frente hacia el poniente, con 10 y media varas, y del otro lado casa de don Gabriel Sanjurjo; con 41 varas de fondo, por donde linda con casa del mismo comprador. Por el costado del sur linda con casa que fue del finado don Antonio Guillén y por el norte con terreno que fue de la otorgante y que hoy ocupa una tal Paloma Gutiérrez. Lo vende en precio de 230 pesos.
Doña María Josefa Juille y Moreno, de esta vecindad, viuda del finado don Pedro Pérez de Llera, otorga poder general a don Bartolomé García y García, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros, bienes, muebles, raíces y otros que le deban, así para que lo represente y defienda en todos sus pleitos.
Doña María Ascensión de Bárcena, de esta vecindad, viuda del finado don José Antonio del Valle, su albacea, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, otorga poder general a don Juan Francisco de Bárcena, su hermano, vecino de esta Villa, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros, bienes, muebles, raíces y otros que le deban de la testamentaria a su cargo, así para que defienda a la misma testamentaria en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.\t