Doña María Margarita Barradas, de esta vecindad, viuda, mayor de edad, se obliga de pagar a don José Bernardino Alcalde, o a quien en su derecho representare, la cantidad de 500 pesos en el término de 3 años, contados desde el día 6 de mayo de 1836 a como se convino en juicio celebrado el 23 de diciembre de dicho año. De lo cual, ofrece la otorgante, que si pudiere abonar anualmente una tercera parte de los 500 pesos, así lo verificará, más en el caso de no poder o no convenir, se entenderá que no queda obligada a ello, pero si al pago de dicha cantidad, y el vencimiento de los tres años, será el día 6 de mayo de 1839. Para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa, perteneciente a la comparente y a sus hermanos como heredad de sus padres, ubicada en esta ciudad a un costado de los lavaderos de Techacapa con 27 y media varas de frente, que lo hace al poniente con dichos lavaderos, calle en medio, y 37 y tres cuartos de fondo al oriente, lindando por este rumbo con solar de la casa de los señores Campomanes, por norte con casa de Dionisio Luis Camacho y Reyes, y por el sur con la de la testamentaria de los Badillos, entendiéndose que dicha hipoteca es solo la parte de la casa que corresponde a la otorgante.
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Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que por poder que tiene otorgado de don José María de Goiri, se obliga a enterarles la cantidad de 1 600 pesos, con su premio de 1 y medio por ciento mensuales, y con la condición de que cuando se les pidan, se le avise con tres meses de anticipación. Cantidad que pertenece a los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, que tiene pactado conservar en depósito irregular, que ha de caucionar con hipoteca de la casa a que se refiere el mencionado poder, y que es propiedad de dicho Goiri, la cual es de altos y bajos, ubicada en esta ciudad haciendo esquina con la plaza principal por poniente, y con la calle principal por sur, y del otro lado casas que fueron del finado don Domingo Franceschi, lindando por oriente con casa baja propia hoy del presbítero don Francisco Antonio Gil, y por norte con el mesón nombrado de las Ánimas. En la hipoteca sólo se comprende el capital y no los premios, éstos los habrá de sus bienes, por lo que está consciente que en caso de no hacer efectivo el entero al vencimiento de los tres meses después del aviso, se le persiga en dichos sus bienes, vendiendo en almoneda pública o fuera de ella.
Sem títuloDoña María Basilia Garcés, viuda, mayor de edad, y don Miguel Palacio, ambos de esta vecindad, la primera como dueña de una casa de material con cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad haciendo frente al norte con una plazoleta nombrada de San Francisco, lindando por el costado de oriente con calle que de las gradas del atrio de San Francisco baja para el barrio del Molino, por el costado del poniente con otra calle diagonal que sale de dicha plazoleta para el propio barrio, y por la espalda, que es el sur con casa de don Manuel Rincón, con otra de los herederos de Capetillo y con sitio que fue de los herederos de don Juan Castellano y doña Rosalía de Castro, y hoy es de don Agustín Cortés. El segundo, lo es de una casita, también de material, ubicada en esta misma ciudad al callejón del Síndico con el cual hace su frente al oriente, lindando por norte con casa de doña María del Carmen Varón de Welsh, y por poniente con sitio de casa que disfruta actualmente la familia del finado don Narciso José de Echeagaray. La señora Garcés, hubo su respectiva casa por herencia como bienes de su finado padre don Manuel; y el señor Palacio la hubo por compra que hizo a don Juan Vanegas. Ambos, como tales dueños de sus casas, tienen hecha permuta de ellas, dando la Garcés la suya al señor Palacio por precio de 1 300 pesos y este señor, la que le pertenece en 200 pesos a aquella, exhibiéndole en numerario los 1 100 pesos que hay de diferencia, dándose por satisfechos del mencionado pacto.
Sem títuloDoña María Francisca Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que doña Nicolasa Cardeña, como propietaria que fue del oficio público de esta misma ciudad, le hizo formal renuncia de él, como consta de instrumento de 12 de mayo de 1812, ante don Juan Bautista Soler, alcalde de primera nominación. Por la facultad que doña María tiene del mencionado oficio público, otorga que lo renuncia en su hija doña Prisciliana Rascón y Ulloa, y por falta de ésta, en su otra hija, doña María Josefa [Rascón y Ulloa], viuda de don Joaquín Leño, y en defecto de ésta, en su nieta doña María Josefa Leño, hija de los nominados don Joaquín y doña Josefa, para que presenten donde corresponda esta renuncia a fin de que se declare la propiedad a favor de la renunciataria, previos los requisitos y formalidades.
Sem títuloDoña María Salomé Pérez Mora, viuda, albacea y heredera del finado don Manuel Allén, vecina de esta ciudad, dijo que por bienes que le quedaron por la citada herencia, se halla una casa de altos y bajos, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran Nueva, haciendo esquina al callejón de San Vicente que baja al del Diamante. Dicho fundo linda por oriente con el referido callejón de San Vicente, y del otro lado casa que fue de doña Rita Casimira Morales y hoy posee don Bernardo Sayago, por norte linda con la expresada calle Nueva, haciendo frente con casa del finado don Juan Antonio Figueiras y con la entrada del callejón del Síndico, por sur con el callejón nombrado de Quiñones, y por el poniente con casa baja que fue del mismo Allén y se la vendió a don José Carrillo de Hermida. Que dicho Allén por escritura de 7 de octubre de 1816, compró al presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, como apoderado del señor canónigo don Francisco Ángel del Camino, albacea del licenciado don Francisco Javier de Gorospe, la mitad del agua corriente que entra en la alcantarilla de la casa baja chica del finado Gorospe, situada en el callejón de Quiñones. Dicha compra la hizo para sus dos casas contiguas, es decir, para la baja que vendió a Carrillo y el alta, a que ahora se trata, siendo también el pozo medianero de uso para las dos casas. Al tiempo de comprar Allén la casa alta, reconocía 38 pesos y 5 reales a favor de doña Antonia Ugarte y su hija doña María Bañares, y 800 pesos a los herederos de don José MaríaValero, según consta por escritura de 26 de enero de 1816, por la cual le vendió don Juan Lucas de Olavarrieta. Las mencionadas cantidades están canceladas, como consta por anotaciones de los años de 1818, 1820, y 1822, y por descuido no han sido anotadas. Siendo dueño, Allén de la casa alta, la grabó en 2 000 pesos en favor de don Juan Lucas de Olavarrieta, por escritura de 27 de enero de 1816, a cuenta de dicho capital, se le redimieron 500 pesos a Olavarrieta, quedando de ese capital 1 500 pesos, mismos que endosó Olavarrieta a favor de unos herederos de don Juan de Unanue, a los cuales ha representado don Pedro Unanue, por cuya orden fueron entregados a don Francisco Fernández y Agudo, por lo que dicha casa, se halla absolutamente libre de todo gravamen, que por problemas de trámites entre don Pedro Unanue y el presbítero don Atenógenes María Lombardini no se ha formalizado la cancelación. Cuya casa deslinda y todo lo expuesto doña María Salomé, otorga la vende a don Juan Ignacio Saldaña y Bonilla, y es la misma que con la casa baja contigua que la otorgante le vendió a don José Carrillo por escritura de 6 de octubre de 1824, compró el marido de la otorgante a don Juan Lucas de Olavarrieta, según escritura de 26 de enero de 1816. La venta se efectúa en precio de 2 000 pesos, con todas sus entradas, salidas, usos y costumbres, el medio pozo divisorio, el agua corriente de que se ha hablado y demás que de hecho y de derecho le corresponden.
Sem títuloDoña Juana y doña Micaela Pensado y Navarrete, hermanas y vecinas de esta ciudad, mayores de edad, libre de tutela y ajena administración, y don Francisco José Villa, mayor de edad, señalan son deudores a don José María Becerra de la cantidad de 9 000 pesos, resto de 13 000 pesos que importaron los efectos de que se habla la escritura de 21 de enero de 1832. Cuya cantidad se obligan de pagar al referido Becerra, o a quien en su lugar hubiere, en el plazo de tres años, contados desde esta fecha en adelante, junto con sus réditos del 5 por ciento anual. Para seguridad de la deuda, ratifican la hipoteca que tienen hecha, y de nuevo hipotecan y graban todos sus bienes en general, sin que una derogue a la otra, el referido rancho nombrado Ingenio Viejo o las Ánimas, distante de esta ciudad, hacia el oriente, compuesto de 6 caballerías de tierra. Las cuales están demarcadas desde el arroyo de la Puentezuela hasta el de la Ciénega de Pajaritos, siguiendo su corriente de sur a norte, mirando frente el cerro de Cimarrontepec, hasta encontrar con el arroyo que baja de Agua Santa a juntarse con el de las Ánimas, uniéndose ambos con el de Pajaritos, lindando por la parte de afuera con tierras que poseyó don Juan Fernández de Becerra y compró el alférez don Bernabé Pérez Chamorro. Comprendiéndose en dicha hipoteca los caseríos ubicados en el terreno del mismo rancho, sus oficinas, aperos, utensilios, aguajes, montes, abrevaderos y cuanto de hecho y de derecho pertenecen. Cuyo fundo, hubo los otorgantes por adjudicación que le hicieron sus hermanos don José Catarino, don José Manuel Florencio y don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, doña María Margarita Barradas como viuda y albacea de don Cipriano Pensado y Navarrte, y los demás coherederos, como consta de escritura de primero de junio de 1829, ante el escribano don Juan Francisco Cardeña.
Sem títuloDoña María Josefa Camarillo, viuda y albacea de don Joaquín Martínez, dijo que por bienes de dicho finado existe un sitio en la calle que de la de Cantarranas guía para la Alameda, con 8 y media varas de frente al norte en la línea de la calle, cuya latitud de frente se va ampliando hasta componer 28 varas en el fondo, y teniendo hasta él, longitud 38 varas, lindando por el oriente con casa de Bernardino Fontechy, por poniente con casita de la testamentaria de dicho finado, y por el sur con una zanja de agua. En dicho sitio, hay unas paredes y ruinas de oficinas que fueron tenería, y por urgencia de la familia, se vió en la necesidad de enajenar ese fundo, el cual le tiene vendido a don Narciso Aguilera, el sitio, paredes y ruinas de tenería en precio de 160 pesos, que ya tiene recibidos.
Sem títuloDoña María Josefa Gálvez, viuda de don Francisco Ponciano Rebolledo, mayor de edad, vecina del pueblo de Coatepec y presente en este suelo, como albacea del difunto su marido, otorga poder general a don Francisco Benítez, vecino de dicho pueblo de Coatepec, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, como tal viuda y albacea, promueva todo cuanto sea conducente a ordenar la testamentaria del nominado difunto.
Sem títuloDoña Josefa Ruiz de Peña, viuda, mayor de edad, dijo que como hija y heredera del finado don Juan Antonio Ruiz, vecino que fue del comercio de Veracruz, otorga poder al señor don Ignacio Trigueros, vecino de dicha ciudad de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, haya, perciba, demande y cobre todo lo que se le debiere como herederas de dicho Juan Antonio.
Sem títuloDoña María de Jesús Hidalgo, cuya identidad testifican don Bernardo Sayago y don Manuel Cosa, viuda que dijo ser de Bernardo Guevara, y madre de María de la Paz y de Hilario [Guevara], otorga poder al ciudadano José María Cao, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, y la de sus relacionados hijos recaude todos los bienes e intereses que por fallecimiento del nominado Guevara han quedado en Tampico, y lo que existan en cualquier otro punto.
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