El Licenciado Manuel Marín Roldán, Vicario del pueblo de Teocelo de la doctrina de Ixhuacán de los Reyes de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Bernardo del Toro, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su nombre cobre de Antonio de Baizabal, vecino de Coatepec, la cantidad de 534 pesos.
VICARIOS
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Don José Ceballos y Burgos, presentó ante Don Juan Antonio Cano Moctezuma, Alcalde Mayor de Jalapa, como testigo para la información testamentaria de Bartolomé de la Cueva, al Lic. Nicolás Rogel, vicario y ayudante de cura del partido de Naolingo, quien dijo vio firmar al otorgante la memoria de su testamento y dijo se guardase y cumpliese lo en ella contenido.
El Bachiller Alonso José Gatica, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico, junto con el Doctor don José Suárez, Cura Parroquial del pueblo y doctrina de Jalapa, otorgan cesión en forma a favor de Alonso de Alba, de la fabrica de viviendas, que sin títulos están labradas en solar propio, de los que reconocerá a censo redimible 200 pesos a favor de esta parroquia para que con sus 10 pesos de réditos anuales se digan 2 misas por el alma de Inés de Vargas, y que se ocupe en culto y adorno de la imagen y altar del señor San José, en esta parroquia, dando por hipoteca la casa grande y sitio que fue de don Luis Fernández de la Flor y Pareja.
Don Pedro Celestino de la Torre, natural de la Villa de Aro en la Rioja y residente en el pueblo de Jalapa, soltero de 25 años, hijo legítimo de los difuntos don Juan de la Torre y doña Josefa Negrete, realiza su testamento, en el cual nombra como albaceas a don Manuel Rivera Cordero, junto con el Vicario de este pueblo, don Carlos Suárez, al cual nombra heredero.
El Bachiller Mariano Carmon Trasloseros, Vicario de esta antigua parroquia, por ausencia del señor Alonso José Gatica, Cura propio de ella y Rector de la Cofradía de la Concepción, y don Pedro Miguel Martínez, Mayordomo de la misma cofradía, venden a don Luis Ortiz de Zárate unas tierras en este pueblo, situadas en el barrio de la Laguna, que al oriente consta de 84 varas y linda con tierras del comprador; al sur con 30 varas con tierras de la cofradía, al poniente con 81 varas que va hacia Los Berros, terminando la punta por el norte. La venta se hace en 42 pesos.
Alonso de Torquemada, Juan Bravo de Alarcón, Agustín Zavala y el Alférez Sebastián de la Higuera, vecinos de Jalapa, otorgan poder a don Pedro Velázquez de la Cadena, vecino de la Ciudad de Puebla, para que en su nombre y representación parezca ante don Juan de Jáuregui y Bárcena, Provisor y Vicario General del Obispado de la Puebla y le solicite información sobre el daño que puede causar a la salud el aguardiente que se vende en esta jurisdicción.
“El Capitán de Caballos Corazas don Ambrosio Gómez del Corro, de esta vecindad y comercio, Comisario Causionero, como consanguíneo del Licenciado don Juan Gómez Dávila, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, jurisdicción [roto] del obispado de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, exhibió un testimonio de una escritura su data en la Nobilísima ciudad de los Ángeles de 31 de diciembre de 1745, y de él consta que don Antonio de Vértiz, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad, en nombre de dicho licenciado puso la cantidad de 3 000 pesos de oro común a censo principal redimible en el mismo lugar y grado que gozaban los que cargó sobre el trapiche de San Miguel Quimiapa como dueño el Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, cuyas tierras especialmente hipotecadas a favor de dicha capellanía, y de que fue capellán propietario e interino de ella don Andrés de Meza y Mendoza, y en actualidad obtenía el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza [y Meza], la fecha de dicha escritura en la ciudad de los Ángeles a 26 de septiembre de 1703, [roto] por principio de dicha escritura de subrogación o substitución, hipotecando por especial además de dichas tierras, dicha su hacienda de San Juan para que los 3 000 pesos ya expresos y de que por decreto de su Ilustrísima otorgó cancelación dicho don Manuel José Rodríguez de Abouza, el día antecedente a la subrogación en nombre de su parte los colocaba y colocó en el primer lugar y grado los ya dichos 3 000 redimidos para que gocen de su antelación y preferencia, y en su conformidad dicho Vértiz en nombre de su parte instituyó y fundó por la citada escritura una capellanía de misas rezadas, dotándolas en la misma cantidad de 3 000 pesos ya expresas, que asienta haber subrogado por obligación que de ellos hizo por memorial que presentó ante don Domingo Pantaleón Álvarez de Abreu, Meritísimo Arzobispo Obispo, y en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado, y obligó a su parte y a sus sucesores en el dominio de dicha hacienda a la satisfacción de los vencidos réditos, y en favor de los capellanes que fuesen de dicha capellanía”.
Zonder titelDon Felipe de Rivera, vecino del pueblo de Naolinco y residente en el pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Miguel Pérez, Cura de Naolinco, al Vicario don José Pérez y a don Bernardo de la Fuente, vecino de este pueblo de Jalapa, la cantidad de 300 pesos que por donación pertenecen a la Cofradía del Santísimo Sacramento de la Parroquia del pueblo de Naolinco; por el tiempo de 3 años, con réditos de 5 % anuales, y para seguridad de esta deuda, hipoteca su casa de madera cubierta de teja, ubicada en la calle que va para el Calvario.
Fray Miguel Postigo, guardián y predicador del Monasterio de San Francisco, así como Fray Damián de Peñarroja, predicador y vicario de los naturales, Fray Juan Bautista de la Barrera y Fray Pedro González, moradores discretos, aceptan la escritura de capellanía hecha por Manuel Rodríguez de Maya y Luisa Ordóñez.
Pedro Díaz, vicario, dueño de sus carros, vecino de México, se obliga de pagar a Esteban Gómez, vecino de Jalapa, 540 pesos de oro común, precio de 36 bueyes que le vendió fiados.