El Dr. Diego Fernández del Hierro, vicario de Tlacolula, funda una capellanía de misas en favor del Bachiller Bartolomé Gutiérrez, difunto, presbítero, vecino de la provincia de Jalapa.
VICARIOS
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Juan Gutiérrez Jijón y su mujer, Ana Ojeda, vecinos de la ciudad de Antequera, venden a Fray Agustín de Salazar, vicario del convento de Cuilapa, 42 pesos y seis tomines de oro común de censo y tributo en cada año, los cuales situaron sobre sus propiedades que se hallan en términos de Teozapotlán( Fragmento).
Pedro Díaz, vicario, dueño de sus carros, vecino de México, se obliga de pagar a Esteban Gómez, vecino de Jalapa, 540 pesos de oro común, precio de 36 bueyes que le vendió fiados.
El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, Cura Propietario, Vicario Foráneo, y Juez Eclesiástico de esta Villa de Xalapa, otorga poder general a su hermano el señor don Manuel de la Pedreguera, Caballero de la orden de Alcántara, Marqués de Herrera, vecino de la Real Villa y Corte de Madrid, para que a nombre de él comparezca ante la piedad del Señor Augusto Soberano, el Señor don Fernando VII, en su Real Consejo de Indias, o en cualquier otro Tribunal que convenga, y con manifestación que haga de sus méritos, pida se digne concederle las gracias y mercedes que a su piedad tenga a bien conferirle; a cuyo efecto haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.
El Señor Licenciado don Gregorio Fentanes, Cura Vicario y Juez Eclesiástico de esta Villa, dijo que por cuanto el Bachiller don Domingo Aravalles, Cirujano y vecino de esta propia Villa, le prestó la cantidad de 3 100 pesos con que compró, en el Juzgado Eclesiástico de Capellanías y Obras Pías de este Obispado de la Ciudad de la Puebla, la casa alta de su morada ubicada en la Calle de la Amargura de esta Villa y no teniendo el otorgante reales con que pagar, por la presente cede, renuncia y transfiere en el expresado Aravalles todos los derechos de propiedad, dominio y señorío de dicha casa.\t
Don Francisco Javier [Fernández] de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa, se constituye fiador y se obliga por el Licenciado don Gregorio Fentanes, Cura propio, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta Villa, como liso, llano y principal pagador por el importe de las bulas que sacare para los trienios de 1804 y 1805 de la última publicación, obligándose a satisfacer dicho importe en la Ciudad de los Ángeles donde se le demande por los señores ministros de la Real Hacienda en dinero efectivo y de contado
Don Gregorio Fentanes, Cura por su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta Villa, otorga poder especial a don Pedro Carlos Novo, vecino y de la Ciudad de Puebla, especial para que en su nombre parezca ante la almoneda que en dicha ciudad está, para celebrarse por el Juzgado Eclesiástico de la casa que en esta Villa pertenece a la Fábrica de esta Santa Iglesia Parroquial y haga las posturas, pujas y mejoras que por sus cartas misivas le comunique.\t
Juan Martínez Romano, Joseph [José] de Brito, Martín Álvarez, Sebastián Hernández, Francisco de la Calle y Mateo Díaz, vecinos y labradores de esta villa, en voz y en nombre de los demás vecinos labradores de esta jurisdicción, dan poder a Antonio de Brito [Lomelín], labrador, vecino de esta villa, para que en nombre de los susodichos parezca ante el Excelentísimo señor don Juan de Palafox y Mendoza, Obispo de la ciudad de los Ángeles para que suplique revocación de un mandamiento por su ilustrísima despachado, en el que manda que todos los vecinos del beneficio de esta dicha villa que tienen ranchos y [labores] en esta jurisdicción paguen al [Bachiller] Diego Núñez Centeno, Cura Vicario de esta villa y partido de Huatusco [roto], por [suma] pesos de oro común [por cada un año], por la administración de sus ranchos y que dicho pago sea [roto].
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller Diego Peláez Sánchez, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec] y Comisario del Santo Oficio en esta provincia, otorga que da en arrendamiento al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, todas las tierras que en esta jurisdicción y en la del partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco] tiene y posee, que primero fueron del Capitán don Juan de Rivera Barrientos, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, las cuales lindan por el oriente con tierras de esta villa; por el norte con la estancia de Acatengo; por el sur con la barranca de Chocamán; para que en ellas coman y pasten las reses, caballos y otros ganados del dicho Capitán Joseph [José] Blanco por tiempo de dos años a partir del 1 de octubre de 1672, por precio de 50 pesos de oro común cada año y bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDon Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado de Su majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico y Comisario de la Santa [roto] Cruzada, se obliga de pagar al Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de loa Arcos, vecino de esta villa, 1 000 pesos de oro común, mismos que le prestó de contado. Cantidad que pagará con sus réditos a razón de 5 por ciento, llanamente y sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de su cobranza, por lo cual da por su fiador a don Francisco Estévez, vecino de esta villa, quien dijo que en caso de que dicho Nicolás no pague, él pagará el principal y réditos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO