El Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico en ella, Comisario de la Santa Cruzada; y el Capitán don Mateo de Garay, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl] en esta jurisdicción; dijeron que por cuanto don Francisco Mayorga posee un esclavo mulato nombrado Francisco, de veinte años de edad poco más o menos, que hubo y compró al Alférez Alonso de [Sayas], vecino de la ciudad de los Ángeles; y el Capitán don Mateo de Garay posee un esclavo negro nombrado Nicolás, criollo de su hacienda, de veintidós años de edad, que hubo y compró en la Real Almoneda de la ciudad de México, el cual huyó y tiene noticia de que está preso en la cárcel pública del pueblo de Orizaba, donde lo aprehendieron. Y por cuanto tienen valuados dichos negros, el de Mayorga en 300 pesos y el de Garay en 400 pesos, por la presente hacen trueque y cambio el uno al otro de dichos dos esclavos, asimismo, el Capitán Garay hace gracia y donación al Cura Mayorga de los 100 pesos restantes, para que con ellos pague los gastos causados por la aprehensión de dicho negro.
Zonder titelVICARIOS
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Doña Ignacia Francisca Muñoz de Herrera, mujer legítima de don Francisco López del Castrillo, vecinos de esta villa de Córdoba, hija legítima y heredera del Capitán Juan Muñoz de Herrera, difunto, y de doña Felipa de Torres, otorga poder general a José Ramírez, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre como una de las herederas de su padre y donataria del Bachiller don Juan Muñoz de Herrera, su hermano, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad del pueblo de Acaiuca [Acayucan], Vicario y Juez Eclesiástico del obispado de Antequera valle de Oaxaca, también heredero de dicho difunto, pueda vender en concurso de sus demás hermanos, las dos partes que tiene en las casas que dejó su padre, ubicadas en la dicha ciudad de la Veracruz, en la calle que llaman de las Damas.
Zonder titelMiguel Íñiguez, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Tenexapa [Tenejapa], como apoderado del Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de San Agustín [Ixtapa], otorga haber recibido de Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de esta villa, por mano del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, 200 pesos de oro común en reales, de los cuales 150 pesos se obligó a pagar dicho Olmedo a don Gaspar Durán, como albacea de Blas Francisco de Oropeza, difunto, y los 50 pesos restantes a razón de sus réditos.
Zonder titelEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, residente en la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre parezca ante el Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, Obispo de este obispado de la Puebla de los Ángeles, y ante otro cualquier tribunal que con derecho deba y pueda, y pida a Su Señoría Ilustrísima se sirva de darle por libre del reconocimiento que pide el cura vicario de esta villa por razón de administración, por estar dicha su hacienda a toque de campana de la iglesia parroquial de ella, como a tres cuartos de dicha santa iglesia, y por no ser dicha hacienda de las comprehendidas en el auto proveído por el Señor Doctor don Juan de Jáuregui y Bárcena, Canónigo que fue de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, Gobernador, Provisor y Vicario General de ella.
Zonder titelEl Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico y Comisario de la Santa Cruzada, se obliga a pagar al mayordomo que sea del convento de religiosas de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 3 000 pesos de la dote de doña Luisa Sánchez Solano, su sobrina, que está para tomar el hábito de religiosa, cuya cantidad pagará ocho días antes de la profesión de la susodicha.
Zonder titelJuan Rodríguez Bazán y doña Juana Millán Quijada, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan deben y se obligan a pagar a doña Juana Fernández de Olivares, doncella huérfana que salió en la fiesta de la Santísima Trinidad que se celebró en la iglesia parroquial de esta villa el domingo 31 de mayo pasado, a saber 400 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacer bien y buena obra les ha entregado el Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico en esta villa y Comisario del Santo Tribunal de la Cruzada. Cuya cantidad tendrán en su poder en depósito como dote de dicha doña Juana Fernández, para que cuando tome estado, ocho días antes, hagan obligación de ellos al señor cura que sea de dicha parroquia de esta villa, para que los entregue a su consorte, y en el ínterin le acudirán con sus réditos del 5 por ciento anual para sus alimentos, con declaración de que si la susodicha falleciera antes de tomar estado, se han de volver a rifar los 400 pesos en otra huérfana, para cuyo cumplimiento hipotecan una casa que poseen en esta villa, en la calle que sale del convento de Señor San Antonio para la Lagunilla.
Zonder titelEl Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario, Juez Eclesiástico de esta villa y Comisario del Tribunal de la Santa Cruzada, dijo que por el amor que le tiene a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa de Córdoba, le hace cesión, traspaso y donación de todas las primicias que le deben hasta el día de hoy y en adelante, mientras sea cura de esta villa, por las personas y dueños de los trapiches siguientes: Licenciado don Juan López de Sagade Bugueiro; Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza; el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, de sus tres haciendas con especificación de lo que corresponde a cada una; don Lope Antonio de Iribas, de sus tres haciendas; Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; don Felipe López del Castrillo, Alcalde Ordinario de esta villa; los Capitanes don Pedro López del Castrillo; don Nicolás Rodríguez Dávila; don José de Carvajal y Contreras; don Alonso López de Sagade Bugueiro; don Diego de Altamirano; Juan de los Santos Cubillos; el Alférez Juan Gómez Dávila; don Hipólito del Castillo de Altra; el Tesorero Amaro José Bocarando; Secretario Juan de Espinosa; don Pedro Ignacio Rodríguez; doña María Hurtado de Mendoza y Arriola; don Mateo de Garay; y Antonio Pérez Padrón. Dicha donación la hace para que con el importe de dichas primicias, por mano del mayordomo que sea de dicha cofradía, se digan misas por las Ánimas del Purgatorio, por la del otorgante y la de todos sus feligreses, a cuyo mayordomo encarga la cobranza de ello y que por su omisión se le haga cargo en el tribunal supremo, reservando como reserva en si los trapiches siguientes: al Licenciado Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad y electo Alcalde de Corte de la Real Sala a del Crimen de esta Nueva España; Regidor don Diego Valero Grajeda; don Manuel de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava; don José de Segura y Ceballos; y el Capitán don Manuel Gómez Dávila; cuyo importe reserva para su gasto. Excluyendo de esta cesión a los siguientes: el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda; Regidor don Francisco de Aguilar; Regidor don Juan Valero Grajeda; Juan Álvarez de Rivera; Domingo Merodio; Capitán Alonso Gómez Dávila; Francisco de Barrios; Juan Manuel de Meza y Mendoza; y Capitán Juan de Piña; a los cuales por hallarse atrasados por su suma pobreza se las remite y perdona íntegramente para que dicho mayordomo de Ánimas no les pida ni compela se las paguen.
Zonder titelJuan García [de] Arroyo, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Xalalpan, del [obispado] de la Puebla de los Ángeles, otorga poder al Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Cura Beneficiado interino [roto] y Juez Eclesiástico de esta villa de [Córdoba], para que en su nombre venda o arriende [una casa] de vivienda que labró en esta villa, con paredes de piedra y cal, cubierta de teja, con el solar que le pertenece, que linda por el oriente con solar de Bernardo de Rojas, calle en medio; por el norte con el de Pedro Canales; y por el poniente con el del Regidor Francisco de Aguilar.
Don Joseph [José] Valero de Gragera [Grajeda], Cura propietario por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, vende a Pedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa, medio solar que antes fue de Francisco Nicolás, quién lo donó verbalmente a la Iglesia Parroquial de esta villa, para la fiesta del tránsito del Patriarca Señor San José, en cuya conformidad se le dio posesión al otorgante por la justicia ordinaria de esta villa el 12 de junio de 1691. Cuyo solar se ubica abajo del convento de San Antonio, linda con otro medio solar que fue de Juana de Angulo y se compone de 25 varas de frente y 50 de fondo. Lo vende por precio de 100 pesos de oro común impuestos a censo redimible sobre el mismo solar, obligándose a pagar 5 pesos cada año como renta, los cuales serán destinados para la fiesta del gloriosísimo tránsito de Señor San José, que se festeja el 20 de julio de todos los años.
Zonder titelJoseph Gomes Davila, vecino de esta villa de Córdoba, y doña María de Leiva [Esparragosa], su mujer legítima, y la susodicha con licencia previa de su marido, otorgan que venden al Licenciado don Diego Xaimes Ricardo Villavicencio [Diego Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario, Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepec, albacea testamentario y tenedor de bienes del Licenciado don Juan Francisco Xaimes Ricardo [Jaimes Ricardo Villavicencio], su hermano difunto, Cura Beneficiado que fue de dicho partido y administrador de las rentas de la obra pía de casar huérfanas que mandó a poner dicho difunto; 50 pesos de censo en cada un año que empiezan a correr y contarse desde la presente fecha, que imponen a censo redimible a razón de cinco por ciento, sobre una hacienda de trapiche de hacer azúcar, que poseen esta jurisdicción, nombrada San José. Dicho trapiche linda por la parte del oriente con tierras de Joseph de Leyva [José de Leiva]; por el norte con tierras de San Lorenzo Cerralvo, el camino real en medio; y por el poniente con tierras del Capitán Antonio de Brito [Lomelín]; y por el sur con una sierra que está sobre el río Blanco. Dichos 50 pesos pagarán al citado licenciado administrador de la obra pía por sus tercios corridos a fin de cuatro meses, y por precio y cantidad de 1 000 pesos de principal de a 8 reales cada uno que han recibido, y por tanto se obligan a cumplir las condiciones que se mencionan en la presente escritura.
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