El Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa de Córdoba, dijo que en virtud de sustitución de poder que le otorgó doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, tutora y curadora ad bona de sus hijos, ha contratado con el Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, que devuelva un sitio de ganado mayor y las 4 caballerías de tierra que el citado Pedro de Trujillo y la susodicha le vendieron en precio de 4 400 pesos de oro común, los 2 000 de contado y el resto de la cantidad que quedó a censo sobre las tierras. Asimismo, dijo que por razones de que dichas tierras están distantes y otras razones que ambos han conferido, el citado López del Castrillo y el presente otorgante han convenido que Alfaro, a nombre de su parte, le ha de dar 12 caballerías de tierras que están situadas en el paraje que llaman el asiento de Tlacomulco, en términos de San Martín Tepatlasco [Tepatlaxco] jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], con los linderos que se mencionan en el acta, a razón de los 2 000 pesos que había entregado al momento de la compra con el dicho alférez; y para mayor seguridad el Capitán Pedro López del Castrillo le pidió declaración de dicho contrato, por tal razón le cedió y otorgó escritura de dichas 12 caballerías de tierra, y de este modo otorgó carta de pago y cancelación del censo.
Sem títuloVERACRUZ, JURISDICCIÓN DE LA NUEVA
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El Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Joseph Gómez Dávila, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar, dijeron que por convenio que tienen hecho, el Capitán Alfaro vende al Regidor Gómez Dávila un herido de molino y 4 caballerías de tierra que están en la punta de Guatusco [Huatusco] en el [halda] de una sierra que los naturales llaman Tlancayac, donde sale [un] ojo de agua que nombran Tesiatl, en precio de 400 pesos. El Capitán Alfaro declara que las 4 caballerías de tierra son las mismas que recibió en donación del Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio] y doña Josepha [Josefa] de Atienza Palacios, [su legitima mujer], por escritura hecha en la hacienda de Nuestra [Señora] de la Candelaria el 22 de febrero pasado. Y según lo convenido, el Regidor Gómez Dávila le entrega en venta y forma de pago un negro esclavo nombrado Manuel, natural de la Nueva Veracruz, que hubo y compró a don Bernardino de Villaraus [Villarauz], vecino de Orizaba, apoderado de Pedro González, vecino de la ciudad de la Concepción de Salaya [Zalaya], en precio de trecientos treinta… [roto] y 79 pesos de resto de 90 pesos que le [debe] María de Guadalupe, mulata libre y mujer de dicho [esclavo]. El Capitán Alfaro declara que este sitio y demás tierras que el Alférez Pedro de Trujillo tiene y posee en las jurisdicciones de esta villa de Córdoba, Taliscoya [Tlalixcoyan], [nueva y vieja Veracruz] y otras partes, están afectas con 2 000 pesos de principal pertenecientes al convento de Santo Domingo de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], los cuales se han de cargar sobre los sitios de la Mata del Botón, el Novillero, el de la Cerca, [y el ] potrero que llaman la Peregrina [roto], cuyos sitios están ajustados para su venta a doña [Micaela Ramos], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecina de San Juan [Coscomatepec], de lo cual aún no se ha celebrado escritura. Asimismo, declara que sobre dicho herido de molino y las 4 caballerías de tierra no queda ningún gravamen.
Sem títuloJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de la Redondela en el reino de Galicia, hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara le deben las siguientes personas: de los bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, le debe 202 pesos 2 reales, de los cuales pagó el otorgante 100 pesos como fiador que fue del susodicho a don Cristóbal de Medinilla y Benavides, y los 102 pesos 2 reales que dio al susodicho en diferentes cargas de azúcar y panelas para Oaxaca; Andrés de Mañas, vecino de Coscatlan [Coxcatlán], 107 pesos, 50 de ellos que pagó por el susodicho a Felipa Martínez Carenzo y el resto que le dio en azúcar; Juan José Cubano, vecino del ingenio del Conde, 5 pesos; doña María Jiménez, viuda del Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, 26 pesos que le dio en azúcar para su tienda; Juan de Aragón, maestro de herrero, vecino de esta villa, 9 pesos; el Fluriel [Furriel] don Bartolomé de Estrada, 50 pesos; de los bienes de Andrés de Leiva, difunto, maestro de herrero, 9 pesos; Nicolás Velázquez, maestro de carpintero, 18 pesos; Nicolás, maestro de zapatero, 12 pesos; entre otras personas que se mencionan. Declara que hace ocho meses que remitió a don Manuel Ortiz Landero, vecino de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], su encomendero, 816 arrobas y media de azúcar, de cuyo procedido le ha enviado algunos reales, manda a sus albaceas cobren lo que el susodicho diga deberle por la satisfacción que le tiene en su buen obrar. Declara que hace once años contrajo matrimonio con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija legítima de Pedro García de Meza y de Manuela de Altamirano, con quien ha procreado a Pedro, José Antonio, Juan, Miguel Máximo, todos menores de edad, y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declara por bienes la casa de su morada y un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], en esta jurisdicción, que compró en Real Almoneda de los bienes de don Pedro García de Meza, con el cargo de pagar todas las dependencias del susodicho, que pasaron de 15 000 pesos estando valuada dicha hacienda en 11 000 pesos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, asimismo, declara que dicha hacienda no tiene cargado ningún otro censo. Ruega y suplica a su padre y señor, el Capitán Antonio Burela, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, que para dejar libre la dicha hacienda de dicha pensión, después de su fallecimiento solicite por mano de su encomendero el que se rediman los dichos 1 000 pesos, y que su esposa, hija y nietos se los vayan pagando en frutos de la dicha hacienda o como le pareciere, procurando se cancele una escritura que tiene hecha por la dicha cantidad a favor del Capitán don Juan Gómez Dávila. Nombra albacea a su esposa, al Capitán don Diego de Altamirano y a don Antonio Burela, su señor; y por tenedora de bienes a su esposa. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a dicha su esposa.
Sem títuloDon Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de don José Gómez Dávila, su hermano difunto, nombrado por tal en el testamento que otorgó su fecha del veintidós de diciembre de 1702 y de cuyo cargo ha usado; dijo que habrá tiempo de dos años, que huyó de esta villa, un negro esclavo, que quedó de los bienes de dicho difunto, nombrado Antonio, casta rayado, de treinta años poco más o menos, que hubo y compró de Francisco Mellado, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, y ha tenido noticia que dicho negro le han cogido en la jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, el cual durante este tiempo había estado oculto con otros negros, quienes le han tenido ocultado maliciosamente en grave daño de su conciencia; por lo que en virtud de su derecho otorga poder al Alférez don Manuel Laso Nacarino, para que representando su persona, solicite y pida ante los señores jueces y justicas de Su Majestad de dicha ciudad que se averigüe donde ha estado y la persona que lo ha tenido, y pida que dichas personas se aprendan y castiguen con las penas que hubiere y se obligue a que paguen sus jornales, costos y gastos que se han hecho y causado, “pues de esta forma servirá de castigo y de escarmiento para los demás”. Asimismo, le da poder para que en su nombre pueda vender y venda a la persona o personas que le pareciera y por el precio que por bien tuviere el dicho negro expresado.
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