Nicolás de Bolaños, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Domingo Mucio, vecino de ella, una mulata su esclava nombrada Juana que será de edad de quince años, que hubo y compró del Licenciado don Ignacio López Carrillo, Presbítero, apoderado de don José Felipe de Villar y Estrada, vecino de la jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, por escritura que a su favor otorgó el 25 de agosto de 1704. La vende por esclava cautiva en precio de 250 pesos de oro común.
Sem títuloVERACRUZ, JURISDICCIÓN DE LA NUEVA
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El Licenciado Pedro Márquez de Pinilla, Cura [roto] Medellín jurisdicción de la Nueva Veracruz, otorga que vende a Pedro López del Castrillo, un esclavo negro nombrado Francisco José, de edad de cuarenta años, que hubo y compró de Jacinta de Inarte, morena libre.
Sem títuloDon Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de don José Gómez Dávila, su hermano difunto, nombrado por tal en el testamento que otorgó su fecha del veintidós de diciembre de 1702 y de cuyo cargo ha usado; dijo que habrá tiempo de dos años, que huyó de esta villa, un negro esclavo, que quedó de los bienes de dicho difunto, nombrado Antonio, casta rayado, de treinta años poco más o menos, que hubo y compró de Francisco Mellado, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, y ha tenido noticia que dicho negro le han cogido en la jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, el cual durante este tiempo había estado oculto con otros negros, quienes le han tenido ocultado maliciosamente en grave daño de su conciencia; por lo que en virtud de su derecho otorga poder al Alférez don Manuel Laso Nacarino, para que representando su persona, solicite y pida ante los señores jueces y justicas de Su Majestad de dicha ciudad que se averigüe donde ha estado y la persona que lo ha tenido, y pida que dichas personas se aprendan y castiguen con las penas que hubiere y se obligue a que paguen sus jornales, costos y gastos que se han hecho y causado, “pues de esta forma servirá de castigo y de escarmiento para los demás”. Asimismo, le da poder para que en su nombre pueda vender y venda a la persona o personas que le pareciera y por el precio que por bien tuviere el dicho negro expresado.
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