VERACRUZ, JURISDICCIÓN DE LA ANTIGUA

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0015 · Stuk · 1720/02/17
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción y la de la Antigua Veracruz, como Síndico del convento de Señor San Antonio de esta villa, dijo que por cuanto el 11 de febrero de 1700 Diego Saúl, vecino que fue de esta villa, fincó y cargó sobre la casa de Nicolás de Olivera, difunto, que hoy posee don Francisco José Bayro, 500 pesos de principal y por ellos 25 pesos de réditos en cada un año, para que se conviertan en 25 misas rezadas; trece de ellas que se han de decir en la santa iglesia parroquial de esta villa, los días lunes en el altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio; y las otras doce en la iglesia de Señor San Antonio de esta villa, en el altar de la Virgen de Ánima, los días viernes, siendo aplicadas todas las misas por las Benditas Ánimas del Purgatorio [roto]. [Nombra como capellán propietario de dicha capellanía] a [Rafael] de Olivera, Clérigo de Menores Ordenes, domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Antonio de Olivera, difunto, y de doña Ana Franco de Guzmán, vecina de esta villa, para que a su título se pueda ordenar; y por fin y muerte de dicho Olivera nombra a Pedro Joaquín y Miguel de Trillo Figueroa, naturales y vecinos de esta villa, hijos legítimos de Pedro Trillo de Figueroa, difunto, y de doña María de [Pedraza], españoles, para que unos y otros cumplan con el tenor de dicha capellanía.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0088 · Stuk · 1695/03/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Juan Valero [de] Graxera, don Diego García Valero, Regidor de esta villa por Su Majestad, y el Alférez Real Miguel García Valero, que lo es de ella, dueños de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción. Dicho Miguel García Valero, dueño de la cuadrilla de carros, obligado al asiento para conducir a la Nueva ciudad de la Veracruz las piedras de sillares que se hayan labradas en la cantera de esta villa, para el recalce del muelle de dicha ciudad. Manifestaron, que don Diego Dávila Varrientos [Barrientos], dueño de una hacienda de trapiche de hacer azúcar en términos del pueblo de Quezala [Coetzala], jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, de su autoridad y sin permiso de ellos abrió, por tierras propias se sus haciendas, un camino real de una legua, provocando que el trajino sea muy dilatado, con gravísimo perjuicio de las haciendas de los otorgantes, y en especial a los bueyes de los carros de dicho alférez real, porque por dicho camino se le ahuyentan y retiran a partes donde los [hurtan] [roto] y le faltan muchos de ellos. Por cuya razón, y por el compromiso que tiene de la conducción de sillares para la obra de dicho muelle, y para los litigios que se les puedan ofrecer, otorgan poder especial a Juan Leonardo de Sevilla, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de sus personas, parezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de este reino, jueces y tribunales superiores que con derecho pueda y deba, y pida se libre despacho a favor de los otorgantes, para que don Diego Dávila, a su costa, cierre dicho camino y trajine el que siempre ha usado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0042 · Stuk · 1711/03/26
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba, por Su Majestad y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que por el afecto y buena voluntad que le tiene al Capitán don Lope Antonio de Iribas, su hermano, vecino de esta villa, y por otras causas y razones que lo mueven y asisten, dignas de remuneración, otorga le hace donación de un sitio de tierra de ganado menor en el paraje que llaman Omealca, de la otra banda del río Blanco, en jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0048 · Stuk · 1720/05/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción y en la de la Antigua ciudad de la Veracruz, otorga poder general a don Sebastián de Guevara y Lucio, su compadre, vecino de la ciudad de los Ángeles, [para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre] todo lo que le deban. Y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos civiles y criminales, movidos o por mover, con cualquier persona.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0105 · Stuk · 1720/09/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa y la de Antigua Veracruz, dijo que viviendo su tío, el Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad don Baltazar González de Velilla Blanco, con su familia en el trapiche de San José de Enmedio, hizo donación de una esclava negra nombrada [ilegible], casada con José Hernández, esclavo mulato de su propiedad, a sus primas doña María Gabriela, doña Antonia María y doña Jacinta Micaela de Velilla Blanco, mayores de veinticinco años, hijas legítimas de dicho su tío y de doña María Manuela Rodríguez de Sandoval, para el uso y servicio de ellas, por hacerles bien y buena obra, “doliéndome de su soledad y necesidad y no tener quien les sirviese”. Asimismo, dijo que estando las susodichas para salirse de su trapiche, después de haberles efectuado el pago de sus legítimas y tutelas, le pidieron que por excusar la inquietud que la dicha esclava negra pudiera tener estando retirada del dicho José Hernández, su marido, y para el mayor seguro del servicio de Dios Nuestro Señor y quietud de sus conciencias, les vendiese el dicho mulato; por lo cual, otorga que vende a doña María Gabriela, a doña Antonia María de Velilla Blanco y por lo que le toca a doña Jacinta Micaela, a dicho Baltazar González, su tío, el dicho esclavo mulato José Hernández, en precio de 350 pesos de oro común, de cuya cantidad se da por pagado con de un legado de 300 pesos que doña Nicolasa de Carvajal y Navarro, difunta, había hecho en su testamento, correspondiendo 100 pesos a cada una de dichas sus primas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0010 · Stuk · 1708/01/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés Ruiz de Meza y Moral, vecina del pueblo de Tenejapa de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, residente en la jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda de Bartolomé Soriano Correa, dueña de hacienda de hacer azúcar, otorga poder general a don Carlos de Navia, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre y representación parezca ante el Rey y ante su presidente, oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se le despache Real Provisión inhibitoria por el caso que goza de corte para las justicias de Su Majestad que son y en adelante fueren del dicho pueblo de Tenejapa, para que no conozcan de mis causas [roto] los agravios que le asisten. También le da poder al susodicho para todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales, así demandando como defendiendo que tenga contra cualquier persona.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0125 · Stuk · 1719/12/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su mujer, dueños de haciendas del beneficio de hacer azucares en esta jurisdicción y en la de la Antigua ciudad de la Veracruz. Ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, otorgan poder a don Luis [José] Chacón [roto] [y por su] impedimento al Licenciado don Matías Navarro, Abogado de la Real [Audiencia] Fiscal en ella, para que en nombre y en representación de sus personas parezcan ante el Rey, señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y representen a Su [roto] que [respecto a] que doña Agustina fue casada en primer matrimonio con el Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, y en segundo matrimonio con el citado Capitán Lope Antonio, y de ambos matrimonios ha tenido hijos, a quienes les tienen enterado a cada uno lo que le toca [roto] y para saber el Capitán Iribas el caudal con que se halla liquido [roto] [dependencias] que tienen que ajustar las que antes del matrimonio tuvo doña Agustina, para evitar pleitos y discordias que entre los hijos de ambos matrimonios pueda acaecer por fallecimientos de alguno de ellos dos [roto] cediendo para ello inventario y [avalúo] jurídico que harán con cuenta y relación jurada por ambas partes [roto].

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