El Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad, dijo que por cuanto el 27 de agosto de 1707 en el otorgante como mejor postor se le remató la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Rosario, alias venta de Parada, que quedó por bienes del Capitán Francisco de Brito Lomelín, difunto, con el cargo de reconocer 1 000 pesos de principal a favor del Doctor don Nicolás Marín Seliceo que tienen en dicha hacienda por razón de las tierras en que está fundada y para que conste dicho reconocimiento, otorga que reconoce por dueño y señor de los dicho 1 000 pesos de principal al Doctor don Nicolás Marín Seliceo y se obliga de pagar sus réditos a razón de 5 por ciento.
UntitledVENTA DE PARADA
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Juan Fernández de Ávila, vecino del pueblo de San Lorenzo Serralvo [Cerralvo], jurisdicción de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en ella, por él y en voz y nombre del Señor Coronel de Caballería Corazas don Francisco de Aguirre y Gomendio, don Agustín Pérez de Olmedo, don Tomás García Fernández, vecinos de la Nueva ciudad de la Veracruz, y Rafael de Ayala, vecino del pueblo de Orizaba, en virtud de los poderes que le otorgaron, dijo que como mejor postor se le remató en él la hacienda nombrada Nuestra Señora del Rosario, alias Venta de Parada, que quedó por bienes del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, difunto, por la Real Justicia de esta villa en precio de 9 000 pesos, de los cuales 1 000 pagó de contado y de los 8 000 pesos restantes pagará 2 000 pesos cada año, y por cuanto el alcalde ordinario de esta villa le ha pedido otorgue escritura de obligación y fianza; por la presente otorga, él como principal y los susodichos como sus fiadores y principales pagadores, que deben y se obligan a pagar a los bienes y albacea del difunto Antonio Sebastián Pérez Padrón, a saber 8 000 pesos de oro común en reales, procedidos del remate de dicha hacienda, los cuales pagará en un plazo de 4 años a razón de 2 000 pesos anuales. Y como seguro de la deuda hipoteca unas casas que está fabricando de piedra y madera en esta villa, en la calle que sale de la plaza Pública, por el mesón, para el camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, asimismo, hipoteca dicha hacienda con todo lo que le pertenece.
UntitledDon Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba; Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa; don Nicolás Rodríguez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar, dijeron que por cuanto el 10 de marzo presentaron escrito ante el Señor Capitán don Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario en esta villa, en los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de doña María de León, difunta, viuda que fue del Capitán don Francisco de Brito Lomelín, en que se ofrecieron por fiadores del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón a que cumpliría con el tenor del remate de la hacienda nombrada Nuestra Señora del Rosario, alias venta de Parada, que quedó por bienes de los dichos difuntos y se le remató en Real Almoneda en precio de 8 551 pesos y 4 reales, en que se incluyó una casa baja de piedra y madera en esta villa y 1 000 pesos de principal de censo sobre la hacienda, dando de contado 2 000 pesos, quedando a pagar 5 551 y 4 reales a razón de 1 000 pesos en cada un año con sus réditos correspondientes de 5 por ciento; y por dicho señor alcalde fueron admitidos por tales fiadores de consentimiento de las partes, por lo que el citado Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón les ha pedido otorguen la fianza juntamente con el susodicho como principal deudor, por tanto, juntos de mancomún acuerdo otorgan el dicho Sebastián Pérez Padrón como principal y los demás como fiadores y principales pagadores a que darán y pagarán a los albaceas de doña María de León, los 5 551 pesos y 4 reales por los plazos y condiciones del remate que se celebró de dicha hacienda.
UntitledEl Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Rosario, alias venta Parada, en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar al Capitán Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña María de León, difunta, viuda que fue del Capitán Francisco de Brito Lomelín, difunto, asimismo dueño que fue de dicha hacienda, 1 185 pesos de oro común en reales, los mismos que son de resto de los 2 000 pesos que ofreció de contado para cuenta de mayor cantidad que importó la dicha hacienda y una casa en esta villa, de piedra y madera, que se le remató por bienes de los dichos difuntos.
UntitledJuan José de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, hijo del Capitán don Francisco de Brito Lomelín y de doña María de León, difuntos, otorga poder general a Salvador de Brito Lomelín, su hermano, para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Rey y su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y en su superior gobierno pida a Su Alteza se le sirva de mandar que en atención a estar pagados los acreedores del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, difunto, poseedor que fue del trapiche nombrado Nuestra Señora del Rosario, alías Venta Parada, que se le remató por bienes del dicho su padre con el cargo de su legítima y de la de sus hermanos, se le devuelvan a la justicia real de esta villa los autos del concurso de acreedores que se seguían contra los bienes de Padrón. Asimismo, se sirva Su Alteza mandar que el poseedor del trapiche, Juan Fernández de Ávila, en cuyo poder para su legítima y las demás se la pague y cumpla con el tenor del remate.
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