Isabel Tamayo, viuda de Diego de Salazar, vecina de esta provincia, como principal deudora, y Francisco de Cárdenas, vecino de Jalapa, su fiador, se obligaron a pagar a Juan Sánchez Pantigossa, vecino de los llanos de Ozumba, jurisdicción de Tepeaca, 182 pesos de oro común, precio de ocho camas, colchones, sábanas, frezadas, almohadas, trastes de cocina, mesas y otros aperos de la venta de Lencero, en esta manera: 91 pesos ocho meses después de la fecha de esta escritura, y los 91 pesos restantes, de allí en un año.
VENTA DE LENCERO
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Isabel Tamayo, dueña de la Venta y tierras que llaman de Lencero, viuda de Luis de Herrera, revoca un poder dado a su nieto José de Zárate; y por el presente, dio su poder cumplido a su hijo Damián Cosme Tamayo y a su nieto Antonio de Acosta, para que en su nombre tomen cuentas a José de Zárate, de todo el tiempo que a tenido en administración la Venta de Lencero y una recua de mulas, y reciban en sí la dicha venta, esclavos, ganados y avío, para que la gobiernen y administren.
Isabel Tamayo, viuda de Diego Salazar, residente en su Venta de Lencero, dio su poder cumplido a su hija Juana de Salazar, vecina de la nueva ciudad de Veracruz, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones, y otros bienes que le debieren; y de lo que recibiere y cobrare, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan.
Doña Catalina Mejía de Velasco, viuda de José Cogollos de Zárate, dueño que fue de la Venta de Lencero, de donde es vecina la otorgante, albacea testamentaria y tutora de sus menores hijos, dio su poder cumplido a su hermano Juan Mejía de Velasco para que en la forma que le pareciere más conveniente, ajuste y liquide la cuenta y administración de su marido como administrador que fue del ingenio Nuestra Señora de los Remedios, y se obligue a la paga del alcance que se le hiciere, o cobre lo que se le debiere y perteneciere a sus hijos.
Doña Catalina Mejía de Velasco, viuda de José [Cogollos] de Zárate, vecina de esta jurisdicción, dio su poder cumplido a su hijo José de Zárate, generalmente para en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, que tenga o tuviere con cualesquier personas; y para que en su nombre pida, reciba y cobre, los pesos de oro, plata, joyas, esclavos y mercaderías que le debieren; y para que pueda vender sus bienes raíces y muebles, a los precios y plazos que le pareciere.
Isabel Tamayo, dueña de esta venta, viuda de Luis de Herreara, como albacea de su marido y en virtud de su poder, hizo su testamento y última voluntad.