Pedro Rodríguez de Alcázar, se obliga de pagar a Hipólito Hernández, vecino de la provincia de Jalapa, 800 pesos de oro común a plazos, los cuales son por el precio de la Venta de Aguilar el Bajo.
VENTA DE AGUILAR
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Hipólito Hernández, vende a Benito García, residente de Jalapa, la Venta de Aguilar El Bajo, al precio de 1200 pesos de oro común.
Cristóbal Jiménez, vecino de Veracruz, se obliga de pagar a Pedro Rodríguez de Alcázar, ventero en la Venta de Aguilar, 33 pesos y 4 tomines de oro común, que son el precio de un caballo.
Beatriz de Arriaga, dueña de la Venta de Aguilar El Bajo, dio carta poder a su hijo Tomás Rodríguez de Alcázar, para que en su nombre pueda cobrar cualesquier pesos de oro que le debieren en esta Nueva España.
Tomás Rodríguez, vecino de la provincia de Jalapa, arrendó a Pedro Calderón, vecino de esta provincia, la Venta de Aguilar El Bajo, por el tiempo que fuere necesario y el precio de 80 pesos anuales.
Bartolomé Martín, dueño de la Venta de Los Naranjos, vende a Beatriz de Arriaga, dueña de la Venta de Aguilar, un solar en el pueblo de Jalapa, \" linde con casas de la dicha Beatriz de Arriaga, por la una parte, y por la otra, con ( la ) calle Real del dicho pueblo\"; por el precio de 30 pesos de oro común.
El Capitán Francisco Barbosa, viandante, dio su poder cumplido a Esteban Gutiérrez de Peralta, para que en su nombre pueda sacar, de la persona que fuere, tres negros esclavos, bozales, de nación Angola, que se le fugaron en la Venta de Aguilar; y recobrados, los pueda vender a los precios que concertare.
Tomás Rodríguez, vecino de Jalapa, dio en arrendamiento a Jerónimo González, vecino de este pueblo, la Venta de Aguilar, por el tiempo de dos años, al precio de 60 pesos anuales.
Pedro Rodríguez de Alcázar, dueño de la Venta de Aguilar, se obliga a pagar a Alonso Gallego, 80 pesos de oro común que son el resto de una casa que le vendió en Jalapa.
Pedro Rodríguez de Alcázar, dueño de la Venta de Aguilar, dio carta poder a Francisco Domínguez, vecino de México, para que en su nombre pueda cobrar cualesquier pesos de oro que le debieren en esta Nueva España.