TULANCINGO, PUEBLO DE

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              Sem título
              MX UV.USBIX ANX-P-0058-PX_0058_0124 · Item · 20/12/1793
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel González de la Cruz, apoderado de don Lorenzo Romero, doña Gertrudis de la Calle, doña María Eduarda Méndez, don José Rafael González Silva, doña Ana María y doña Teresa de la Calle, vecinos de la jurisdicción de Tlaxcala y herederos de don José de la Calle Hurtado de Mendoza, vende a don Domingo Franceschi[Franco], una casa de altos que linda al norte con la calle Real y casas de los herederos de don Laureano Fernández de Ulloa, al oriente con casa que hoy es de don José Sanchinel y sitio de los herederos de don Juan Antonio de Arce y Arroyo, al sur con casa de doña María Isabel Garzón, viuda de don Miguel de Remolina Cabo y con casa de la testamentaria de don Antonio Merino, con la que también linda al poniente; la vende en 2, 450 pesos de los cuales reconoce a censo 150 pesos a favor de la Tercer Orden de este convento de San Francisco.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0009 · Item · 1662/01/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Altamirano, vecino del pueblo de Acultzingo, declara que don Agustín de Montalvo, su hermano, vecino del pueblo de Tulancingo, como hijo legítimo de don Juan de Montalvo y doña Úrsula de la Torre y Morantes, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Acultzingo, de la jurisdicción de Orizaba, y como heredero de los susodichos le pertenece la herencia en el remanente de los bienes con los demás sus hermanos, que entre dichos bienes dejaron una hacienda de labor de riego en el dicho pueblo de Acultzingo con sus aperos, tierras, labores y sitios, sobre dicha labor, sitios y demás está impuesto un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía, que impusieron Diego de Montalvo y doña Gerónima [Jerónima] de León Coronado, abuelos paternos de dicho don Agustín. También señala que por haber fallecido los dichos abuelos, así como los padres del otorgante, y también don Francisco de Montalvo, su tío, sucedieron en dicha labor de tierras y sitios el dicho don Agustín, don Luis, doña Lorenza y doña Juana de Montalvo, sus hermanos legítimos; asimismo con don Diego, don Gerónimo [Jerónimo], don Alonso y doña Estefanía de Montalvo, sus primos legítimos. Y que como tales bienes indivisos se han de conservar entre todos los susodichos disfrutando del rédito que produzca el arrendamiento, pero como no le es conveniente proseguir con estos efectos, porque le es más útil ceder y traspasar todos sus derechos, reduciendo dicho derecho a reales, y con poder de don Agustín de Montalvo otorga que vende al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, la parte legítima que le pertenece en la dicha labor de riego y demás sitios de ellas, que están gravadas a dicho censo y capellanía. Lo vende por precio de 200 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0008 · Item · 1662/01/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Luis de Montalvo, vecino de Tulancingo, declara que como hijo legítimo y uno de los herederos de don Juan de Montalvo y doña Úrsula de la Torre y Morantes, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Acultzingo, de la jurisdicción de Orizaba, le toca la herencia que le puede caber como tal heredero en el remanente de los bienes que entre ellos fueron una hacienda de labor y riego en el dicho pueblo de Acultzingo, sobre la cual dicha labor, sitios y demás puesto está impuesto un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía que impusieron Diego de Montalvo y doña Gerónima [Jerónima] de León Coronado, abuelos paternos de dicho don Luis. También señala que por haber fallecidos dichos abuelos así como los padres del otorgante y también don Francisco de Montalvo, su tío, sucedieron en dicha labor de tierras y sitios el dicho don Luis, don Agustín, doña Lorenza y doña Juana de Montalvo, sus hermanos legítimos, así como don Gerónimo [Jerónimo], don Alonso y doña Estefanía de Montalvo, sus primos legítimos. Y que como tales bienes indivisos se han de conservar entre todos los susodichos, disfrutando del rédito que produzca el arrendamiento, pero como no le es conveniente proseguir con estos efectos, porque le es más útil ceder y traspasar todos sus derechos, otorga que vende al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, la parte legítima que le pertenece en la dicha labor de riego y demás sitios de ellas, que están gravadas a dicho censo y capellanía. Los vende en precio de 200 pesos de oro común.

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