Juan [de] Balderas, vecino de Tecamachalco, vende a Juan de Butrón, 90 fanegas de trigo, por precio de cada fanega de 6 reales que montan 67 pesos y 4 tomines.
TRIGO
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Gabriel Bravo se obliga de pagar a Juan Briseño, vecino del pueblo de Tehuacán, 125 pesos de oro común, los cuales son por razón de 100 fanegas de trigo que del susodicho ha recibido compradas.\n\n
Pedro [Bri]seño Quijada, vecino del pueblo de Tehuacán, se obliga de pagar al Obispo de Tlaxcala y al deán de cabildo de la dicha iglesia 51 pesos y 7 tomines de oro común, los cuales son por razón de 80 fanegas de trigo y tres de maíz que recibió compradas del Canónigo Alonso Hernández de Santiago.\n\n
Francisco Núñez otorga su poder a Juan Gómez para que cobre de Antonio de Aguilar, 30 pesos de oro común que el susodicho le debe de ciertas partidas de trigo.
Juan de Cuéllar, estante en el pueblo de Orizaba, se obliga a pagar a Miguel Guillén, vecino del pueblo de Tecamachalco, 50 fanegas de trigo puestas y entregadas en cualquiera de las estancias de Juan Briseño o de Carvajal.\n
Martín de la Parada, vecino de Jalapa, dio poder a Bernabé Martínez, ventero en la Venta de Pizarro, para que pueda cobrar en su nombre de Gerónimo Hernández, vecino de San Juan Iztacamaxtitlán, 183 pesos de oro común que le dio para comprar trigo.
Don Miguel de Soto, dueño de hacienda de labor, vecino de la jurisdicción de San Juan de los Llanos, ha recibido de don Diego de Castro y Gamboa y de Luis Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa, 1, 000 pesos de oro común, que por hacerle bien y buena obra se los suplió por mitad en reales de contado, de los cuales se da por entregado obligándose a pagarlos a cada uno su mitad en trigo de 14 arrobas al precio en que vendiera la mayor parte de su cosecha el Capitán Juan de Malpica.
Don Diego Hidalgo de Truijillo, vecino del pueblo de Jalapa, en nombre y con facultad de la señora Condesa de la Mejorada, vecina de la jurisdicción de Tepeaca, ha recibido 2, 000 pesos en diferentes géneros y mercaderías que le ha entregado don Mateo de Arcila y Lizarralde, mercader y vecino de Jalapa, de quien se da por entregado y a la paga de dichos 2, 000 pesos obliga a dicha señora y causante en las cargas de trigo que importasen que se han de entregar puestas en sus haciendas a favor de dicho don Mateo, al precio de 4 pesos y 3 reales la carga de trigo, para el año de 1732.
[El Capitán] Sebastián de Acosta, residente en esta villa, vecino del lugar de Santa Cruz de Tenerife, una de las islas de la Gran Canaria, hijo de Salvador de Acosta y Juana [roto], otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco en donde acaeciere su muerte y sepultado en el convento de San Francisco, y sino en la iglesia parroquial de dicho lugar. Señala es casado con Inés María de Cámara y Murga, quien no llevó nada al matrimonio y él tenía sólo el menaje de casa y una casita de piedra y barro en el lugar que llaman Las Norias, y han procreado cinco hijos. Tiene cuentas y 100 cargas de trigo con su hermano, don Jerónimo de Acosta, a quien le dio orden de venderlas para que se paguen sus deudas y el resto se lo entregue a sus albaceas. Deja varios bienes en poder de Andrés Morera y otros con don Felipe Fernández de Viveros, vecinos de la Veracruz. Tiene echa remisión a la ciudad de San Cristóbal de la Habana de la cantidad de 12 000 pesos y 6 reales los cuales pertenecen a diferentes interesados de las islas Canarias [roto], por conocimiento y carta que tiene de don Manuel de Mirallas de haber recibido y quedar asegurado en su poder. Declara que a don Juan José de Fao, vecino de la ciudad San Cristóbal de la Laguna, le trajo diferentes efectos que vender de su cuenta [a la ciudad de Maracaibo] cuya cantidad le trajo en cacao, y de su liquidación le pertenecen 4 500 pesos. Declara que dejó orden a don Juan de Vera, vecino de la ciudad de Maracaibo, para que cobrase dos mil noventa millares de cacao pertenecientes al señor Fao, para que cobrados los remitiese a la Veracruz a entregar a don Gaspar Sáenz Rico para que su neto producto lo tenga a la orden de dicho don Juan José de Fao. Declara que, de cuenta de don Juan Puldon y Ángel Ginori, vecinos del puerto de la Otava [Orotava], se les entregue lo que conste en su libro de cuentas. Declara que, de cuenta del Muy Reverendo Padre Fray Juan de Neda, de la Orden de San Francisco, se le entreguen 200 pesos. Señala que de la cofradía de Nuestra Señora Regla tiene 30 pesos que manda se entreguen a don Juan González Cabrera; también, tiene 45 pesos de los cuales la mitad pertenecen a Nuestra Señora de los Afligidos [roto] hospital de la Laguna y la otra mitad a la cofradía de las Benditas Ánimas del puerto de Santa Cruz. Tiene en su poder cantidades de pesos que pertenecen a diferentes personas que se debe entender que en este su testamento han de ser pagadas y satisfechas de acuerdo con las cuentas y memorias de su libro de los 12 000 pesos y 6 reales que están en poder de Mirallas en la Habana. Manda que de sus bienes se den 100 pesos a su cuñado don Antonio de la Cámara. Nombra por sus albaceas a don Gaspar Sáenz Rico, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, y al Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, su hermano, y por su falta a don Manuel de Mirallas, para que recoja y aperciba los efectos que de su cuenta llevare y constare por conocimiento y en el puerto de Santa Cruz y Tenerife; y a la dicha su mujer por tenedora de bienes y tutora y curadora de sus hijos. Nombra por únicos herederos a sus hijos. Tiene un pendiente en la ciudad de México con don Juan Jerónimo de Tolosa, de una escritura de 3 900 pesos pertenecientes a su compadre don Juan José de Fao, manda a sus albaceas recauden dicha cantidad y la remitan a su dueño, rebajando todos los costos, y en caso de dicho otorgante fallezca saquen los autos y se remitan para que por ellos y por la información se reconozca que dicha cantidad pertenece a él.
Sem títuloMaría de Suñiga [Zúñiga], viuda, vecina de esta villa de Córdoba, otorga poder a Joseph [José] de Fuentes y a Agustín de los rreyes [Reyes], vecinos de la ciudad de Tepeaca y procuradores en ella; a cada uno in solidum, para que en su nombre y representación, demanden y cobren, judicial o extrajudicialmente del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador de dicha ciudad, 410 pesos de oro común, por otros tantos que contiene [roto] que a su favor dio el Regidor Joseph [José] de Leyba [Leiva], [roto] para el Capitán Diego López de Luna, vecino y encomendero de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de quien con su contenta cobró el dicho Pedro de Trujillo, los 400 de ellos y los 10 que le dio en reales para petates y lías, atento a que dicha cantidad quedó de pagárselos a la otorgante en trigo puesto en el molino [roto] jurisdicción de Orizaba, a su costa y mención de dar y recibir [roto] 17 pesos carga lo cual no ha cumplido [roto]. Y si por dicha cobranza es necesario contienda de juicio, comparezcan ante cualesquier jueces y justicia de su Majestad, por lo que se le da este con libre y general administración.
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