Don Anastasio Cruz, de esta vecindad, otorga poder especial a don Félix Teixa de Senande, Secretario del Montepío de esta Nueva España y Oficial de la Dirección del Tabaco, vecino de México, para que aliste y recoja una información que produjo en la Intendencia de Veracruz sobre su legitimidad y limpieza de sangre, la que se elevó a la Superioridad para que al otorgante y sus descendientes se exoneren de la paga del tributo; y general para que en nombre del otorgante cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban.
TRIBUTOS
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Eugenio de Pro, vecino de la jurisdicción de Jalapa, se obliga a pagar al Capitán Bartolomé de Castro, 527 pesos de oro común, mismos que importan los Reales Tributos que paga al Alcalde Mayor y los fletes que suplió de 73 cajones de brea que de su cuenta remitió a la Veracruz, cuya cantidad ha de pagar en 6 meses de la fecha de esta escritura sin pleito ni litigio alguno, asimismo se obliga a sacarle a salvo con Juan Rodríguez de Tejada cerca de los 567 pesos que le demanda en fuerza de la carta de abono que le dio Tejada y para en su poder y al cumplimiento de esta escritura se obliga con su persona, bienes habidos y por haber e hipoteca 2 casa suyas, una en este pueblo y la otra en Perote.
Javier de Escobar, vecino de Toluca, quien presentó la sustitución de poder que le otorgó José Pérez Gallardo, a quien se lo había dado Benito Galván para la recaudación y cobro del importe del maíz del Real Hospital que pagan los pueblos de la Nueva España, en cuya virtud y de él usando otorga que ha recibido del Capitán Juan Ricardo de Guzmán, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa, 33 pesos de oro común, mismos que importa el maíz de dicho hospital de esta jurisdicción.
Don Francisco Alonso, Alonso Martín y don Andrés de Morales, Gobernadores que han sido del pueblo de Ixhuacán de los Reyes desde 1700 a 1705, y juntamente José Francisco, Juan Pascual, Juan Miguel, Juan de la Cruz, Juan Diego, Alcaldes, así como los alguaciles mayores, mediante Manuel González, intérprete de este pueblo, dijeron que se les han hecho apremios para la paga de tributos por instrucción de don José de Urrutia, Contador General de los Reales Tributos, Servicio y Azogues, por la cantidad de 398 pesos un tomín y medio, quienes solicitan licencia de 2 meses y medio para su pago la cual es concedida, por lo que se obligan cada uno en lo que les toca a pagar en ese tiempo lo que les corresponda
Don Andrés Rodríguez Rojo, vecino de Jalapa, dueño de rancho y casa en él, otorga poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que lo obligue por 2, 000 pesos a favor de la Real Hacienda como fiador de don Pedro Gorrindo Palomino, provisto Alcalde Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada Jalacingo, para caucionar los reales tributos que por esta razón han de ser a su cargo.
Autos sobre una petición hecha por fray Gabriel Bermejo, Ministro Provincial de la Orden del Beato Juan de Dios, orden encargada del hospital y convento de dicho beato ubicado en el pueblo de Orizaba, a las justicias de su majestad para que el gobernador, alcaldes y regidores del dicho pueblo, paguen 154 pesos en reales y 68 fanegas de maíz que como tributo, los indios del pueblo de Orizaba tienen obligación de pagar al Hospital, a quienes muchas veces se les ha pedido pagar y no lo han hecho, padeciendo el hospital muchas necesidades, por tal razón, solicita que en caso de no pagar, los apremie con prisión.
El señor Capitán don Juan Antonio Cano Motecsuma [Moctezuma], Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de la villa de Córdoba y provincia de San Antonio Huatusco, otorga que da poder a don Juan Fernández de Caraveo, vecino de la ciudad de México, para que pida y reciba de la Real Caja de Su Majestad, 366 pesos 4 tomines y 6 granos de oro común, que se le deben por otros tantos que importaron los tributos [roto] del pueblo de Texupilco y sus sujetos en la jurisdicción de Temascaltepeque [Temascaltepec] por tiempo de un año, que empezó a correr desde el mes de agosto [roto] de 1675 hasta el presente año [roto] el Ilustrísimo y Excelentísimo Señor Arzobispo [roto] de esta Nueva España se sirvió hacerles [roto] dicho pueblo para la reedificación de su ig[roto].
Sans titreGonzalo de Córdoba, vecino de Jalapa, se obliga de pagar a Alonso Domínguez, vecino de México, 86 pesos de oro común, los cuales son el precio de 86 fanegas de maíz que los naturales de Coatepec, tributaron a su Majestad.
El Capitán José Arias y Torija, vecino de la Villa de Xalapa, dueño del ingenio y hacienda nombrada San Pedro Buena Vista, alias Orduña, otorga poder especial a don José Ramón de Betancur, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en aquella intendencia lo obligue hasta en cantidad de 4, 000 pesos como fiador de don José Salinas, Provisto Subdelegado de la Villa de Orizaba, para caucionar con ellos los tributos de aquel partido.
El Señor Pedro Gorrindo Palomino, Teniente General de la Real Justicia y provisto Alcalde Mayor de Jalapa y su jurisdicción y agregada la de Jalacingo, otorga poder a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que a nombre del otorgante lo obligue por el todo de los Reales Tributos y Servicio Real, que como provisto Alcalde Mayor de esta jurisdicción y la de Jalacingo ha de ser su recaudación a su cargo.