Nicolás de Herrera[Nicolás Pedro de Herrera], como principal deudor, y Juan de Cabañas, como su fiador, vecinos de la ciudad de México, se obligaron a pagar a Lucas Marín, tratante en mulas cerreras, vecino de la jurisdicción de Jalacingo, 400 pesos de oro común, precio de ocho bestias mulares cerreras, en esta manera: 200 pesos para de la fecha de esta escritura en cinco meses, y los 200 pesos restantes para de allí en seis meses.
TRATANTES
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El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa dijo que Juan Rodríguez de Tejada, mercader vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, fue nombrado tutor y curador de la persona y bienes de Juan José de Thormes, y se aprobó por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de México, afiance la tutela, en virtud del poder que le confirió el mencionado Juan Rodríguez para aceptar, jurar y obligarle a la dicha tutela, proveyó auto el Alcalde Mayor para que aceptase y jurase la tutela y otorgue información de los fiadores que para ella ofrecía y que son don Juan de las Peñas Montalvo; don Tomás Pérez, encomendero; don Dionisio Caro, tratante; don Bernardo Palacios, mercader; don Juan Salvador, mercader; el Capitán de Caballos Corazas, don Bartolomé Murillo de Rueda; y don Diego Bustamante, mercader; todos vecinos de la ciudad de los Ángeles, los cuales le confieren poder para ello al mencionado Juan Rodríguez de Tejada y al Capitán Bartolomé de Castro para los efectos expresados y asimismo por otro poder a don Simón López de Vieira, don Alonso de Arce y Velarde y don Martín Fernández de las Heras, mercaderes y vecinos de San Martín Texmeluca y don Juan de Anguiano, vecino y dueño de hacienda de labor en el partido y doctrina de dicho pueblo, en dicha ciudad de Huejotzingo.
Juan de Moya otorga su poder a [Garcilaso] Romero, tratante, para que pueda cobrar de Francisco [de] Bribiesca, vecino de la ciudad de México, 100 pesos de oro común.