Cristóbal Martín Matamoros, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Lucas Marín, tratante en mulas cerreras, 838 pesos y 4 tomines de oro común, precio de 43 mulas y machos cerreros, a 19 pesos y 4 tomines cada uno, en esta manera: 419 pesos para la fecha de esta escritura en dos meses, y los 419 pesos y 4 tomines restantes, para de hoy día de la fecha en un año corrido.
TRATANTES
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Francisco Martín, vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a pagar a Lucas Marín, tratante en mulas cerreras, 378 pesos de oro común, precio de 9 bestias mulares, a 42 pesos cada una, en esta manera: 126 pesos para fin de mes de enero de 1629, otros 126 pesos del segundo tercio, para fin de julio del mismo año, y los 125 pesos restantes, para fin de enero de 1630.
Juan de Angulo, vecino de Naolinco se obligó a pagar a Lucas Marín, tratante en mulas cerreras, 320 pesos de oro común, precio de ocho mulas, en esta manera: 113 pesos del primer tercio para el 18 de febrero del presente año, 113 pesos del segundo tercio, de allí en siete meses, y los 114 pesos restantes, para de allí en otros siete meses adelante.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa dijo que Juan Rodríguez de Tejada, mercader vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, fue nombrado tutor y curador de la persona y bienes de Juan José de Thormes, y se aprobó por los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de México, afiance la tutela, en virtud del poder que le confirió el mencionado Juan Rodríguez para aceptar, jurar y obligarle a la dicha tutela, proveyó auto el Alcalde Mayor para que aceptase y jurase la tutela y otorgue información de los fiadores que para ella ofrecía y que son don Juan de las Peñas Montalvo; don Tomás Pérez, encomendero; don Dionisio Caro, tratante; don Bernardo Palacios, mercader; don Juan Salvador, mercader; el Capitán de Caballos Corazas, don Bartolomé Murillo de Rueda; y don Diego Bustamante, mercader; todos vecinos de la ciudad de los Ángeles, los cuales le confieren poder para ello al mencionado Juan Rodríguez de Tejada y al Capitán Bartolomé de Castro para los efectos expresados y asimismo por otro poder a don Simón López de Vieira, don Alonso de Arce y Velarde y don Martín Fernández de las Heras, mercaderes y vecinos de San Martín Texmeluca y don Juan de Anguiano, vecino y dueño de hacienda de labor en el partido y doctrina de dicho pueblo, en dicha ciudad de Huejotzingo.
[Roto] otorga su poder a Pedro Juárez, tratante, para que pueda cobrar a Jorge Méndez 50 pesos de oro común que le debe por escritura pública.\n\n\n
Autos para que Juan Hernández, vecino de este pueblo, depositario y fiador de Cristóbal Gutiérrez de Huesca, de la misma vecindad, entregue 15 cargas de harina de trigo, a Juan de Viruega, apoderado de Alonso García, tratante, vecino de la ciudad de Tepeaca.
Álvaro Correa, tratante, se obliga a pagar a Diego Pérez de los Ríos, 143 pesos de oro común, los cuales le debe.\n\n
Juan Blanco, vecino de Orizaba, vende a Francisco Rodríguez, tratante, 500 quintales de harina, a 17 reales quintal, puesta y entregada en la ciudad de Veracruz.
Don Pedro Luis Frías, Manuel Herrera, Felipe Hernández, Antonio Domínguez, José Manuel Hernández y José de Capetillo, vecinos de esta jurisdicción de Xalapa, tratantes en expendio de la carne de tasajo, por si y en nombre de los demás de esta clase, otorgan poder general a don Juan Bautista de la Torre, Capitán de una de la Compañías Provinciales de las Tres Villas, para que en nombre de los otorgantes cobre todas las cantidades que les deban, así también para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Francisco Hernández, arriero, se obliga de pagar a Hernán Vázquez, tratante en el río de Alvarado, 190 pesos de oro común, los cuales son por razón de cinco mulas.