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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0006 · Pièce · 1682/04/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana de Sandoval, mujer del Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, hija legítima de Salvador Moreno y Juana de Ojeda, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de Sevilla, en el barrio y arrabal de Triana, de donde ella es natural, otorga su testamento en donde declara fue casada en primeras nupcias con Juan Manuel [del Polear], con quien no tuvo hijos, y en segundas nupcias con el Capitán Nicolás Blanco, con quien tampoco ha tenido hijos. Ordena se digan por su alma 1 000 misas rezadas y las tres misas que llaman de la reina. Manda se le den 10 pesos de limosna a cada una de las cofradías citas en la iglesia parroquial de esta villa. Ordena se le dé a Juana, niña expuesta que ha criado en su casa, 2 000 pesos de oro común para ayuda a tomar el estado que Nuestro Señor fuere servido darle. Manda se le den a cada una de las mujeres pobres de esta villa 4 pesos, y a las que de ellas no tuvieren sayal ni manto y por falta de ellos han dejado de oír misa, en lugar de dichos 4 pesos se provea a cada una de un manto y una saya. Ordena se den de sus bienes 400 pesos para la obra que se está haciendo de la capilla mayor de la iglesia parroquial de esta villa de Córdoba. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, y una casa de morada en esta villa, en la calle de San Juan. Declara ser hermana de la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, por lo cual ordena que a su muerte se remita su patente al presbítero de dicha concordia para que se le digan las misas por su alma. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Nicolás Blanco y al Capitán don Lope de Yribas [Iribas], su sobrino, y como heredero universal a su marido.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0007 · Pièce · 1683/03/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Brito Lomelín, vecino de la villa de Córdoba, hijo legítimo de Salvador de Brito [Lomelín], difunto, y de [Andrea] Rodríguez [de Ortigosa], ordena su testamento de la siguiente manera: Ordena que el día de San Antonio de Padua de cada año se den seis arrobas de aceite para la lámpara del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial de esta villa. Manda se den al síndico de la Tercera Orden de San Francisco de esta villa 3 pesos de limosna. Manda se den 500 pesos a Juana de Arévalo, huérfana que ha criado en su casa, casada con Juan de Castro. Ordena que para la perpetuidad de las cosas que dejó dispuesto, queden éstas situadas sobre su hacienda de trapiche de hacer azúcar. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar compuesta de 6 caballerías de tierra, una capilla, casas de calderas de purgar, asoleadero y otros jacales de vivienda de los sirvientes [roto] de la hacienda y trece esclavos y esclavas, 8 suertes de caña dulce, una recua. Nombra por albacea y tenedor de bienes al Bachiller Bartolomé Brito [Lomelín], Clérigo Presbítero, su hermano, a quien también nombra como heredero junto con [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], su madre. Ordena se le pague a sus sobrinos Miguel y Manuel Moreno que han trabajado en su trapiche. Declara que su padre lo dejó nombrado albacea, a lo cual él se desistió y su madre fue quien corrió con dicho cargo, señala que de los bienes que quedaron de su padre no entró en su poder cosa alguna, habiendo comprado él las tierras de su trapiche con sus suplementos y prestamos de amigos, y con su trabajo pagó lo que debía su padre de su funeral y cumplió su testamento. Ordena se den a Josepha [Josefa] de Brito [roto] 2 000 pesos de oro común y si la susodicha a los tres años después del fallecimiento de él hubiera tomado estado, manda se le entreguen para su sustento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0047 · Pièce · 1686/09/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Leiva, Regidor [roto], y doña Josepha [Josefa] García de Miranda, viuda de Joseph [José] de Olivera, dijo que la susodicha dio orden a su sobrino Juan García de Miranda, vecino de esta villa, para que comprara para ella al fiado doce piezas de esclavos de la armazón de negros bozales que actualmente se halla en el pueblo de Orizaba a cargo del Factor Capitán Juan de la Carra, por lo cual otorgan poder a su sobrino, para que en sus nombres los obligue, a la susodicha como principal deudora y al regidor como su fiador, a la paga y satisfacción del precio en que compre los doce esclavos, con hipoteca éstos y parte de un trapiche de hacer azúcar que tiene la susodicha en esta jurisdicción.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0023-PC_0023_0013 · Pièce · 1688/11/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro García de Meza, hijo de Toribio García, difunto y de Ana de Leyva [Leiva], vecino de esta villa, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casado con María de Cabrera, las cual llevó en dote 100 pesos, una caja de ropa, una cama, y él tendría 100 pesos, durante el matrimonio procrearon a Rosa María; y disuelto dicho matrimonio él pasó a segundas nupcias con doña Manuela Altamirano, quien llevó al matrimonio 250 pesos, 100 de ellos en reales y lo demás en géneros, y él tendría 100 pesos que le quedaron por muerte de doña María de Cabrera. Señala que tiene cuentas con su tío el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], doña Juana de Contreras [Gatica] y con el Alguacil Mayor Francisco de Solís a quienes ordena se les pague. Declara que estuvo asistiendo a un tío suyo en la ciudad de Oaxaca [roto]. Menciona por sus bienes un solar de 50 varas en cuadro, que compró a censo principal redimible al Cabildo y Regimiento de la villa de Córdoba, en 100 pesos de réditos que son 15 pesos de tres años; en dicho solar tiene fundada un casa de vivienda y del cual tiene vendido medio solar a su hermano. Asimismo, declara que está fundando un trapiche en términos de esta jurisdicción, en el paraje que llaman La Palmilla, en 4 caballerías de tierra que compró a [Juan] García de Miranda, su primo, en 688 pesos a censo principal que quedaron impuestos sobre dichas caballerías; también posee 3 suertes de caña sembradas en dicho trapiche. Señala que tiene en su poder 100 pesos de su hija Gertrudis, los cuales hizo donación doña Josepha [Josefa] García de Miranda, su prima. Por otro lado declara que durante su matrimonio con doña Manuela de Altamirano han procreado a Gertrudis, Juana y a Antonio. Nombra por albacea testamentario al Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva] del [roto] y Mendoza, y por herederos a sus hijos; y como tenedora de bienes, tutor y curador de sus hijos a doña Manuela Altamirano, su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0043 · Pièce · 1689/04/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado Juan González Bello, Clérigo Presbítero Domiciliario [de este Obispado de la Puebla], vecino de esta villa de Córdoba y natural de la isla de Tenerife en la Gran [Canaria], hijo legítimo de Antonio Martín Franco y Lucía Francisca de Barrios, vecinos que son del lugar de San Antonio del Tánger, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara por bienes un trapiche ubicado en el paraje de Palmillas, el cual se compone de 13 caballerías, una casa de madera y paja, casa de trapiche con su tienda y otros artículos que se mencionan en la escritura. También señala que es capellán de una capellanía de misas rezadas. Nombra por su albacea a Juan González Bello su tío y a Juan Rodríguez Durán, y como sus universales herederos a los citados sus padres.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0024-PC_0024_0058 · Pièce · 1689/08/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Baltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar, declara ser deudor de don Diego Peláez Sánchez, Racionero de la Iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, de 3 726 pesos en reales de oro común, de un censo que tiene su trapiche el cual le vendió dicho racionero. Asimismo, señala que pidió al racionero lo espere con el pago de la deuda, quien accedió a cambio de que otorgue escritura de obligación. Y para su debido efecto otorga que se obliga a pagar a don Diego Peláez Sánchez los 3 726 pesos de oro común dentro de cinco años, y para asegurar el pago ofreció por sus fiadores al Capitán Lope de Yribas [Iribas] y a doña Ana González de Velilla Blanco.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0015 · Pièce · 1673/04/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro López del Castillo [Castrillo], vecino de la ciudad de los Ángeles, se obliga a pagar al Señor Capitán don Simón Velázquez Bonifaz, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y el partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], 600 pesos de oro común por otros tantos que a dicho alcalde debía Antonio [de] Mayorga, vecino de esta jurisdicción, por escritura de plazo cumplido, que por haberle comprado el otorgante un trapiche de hacer panelas, quedó a su cargo la paga de esta deuda como parte del precio de dicho trapiche.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0024 · Pièce · 1676/10/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Blas Domínguez, vecino de esta villa de Córdoba, declara que Pablo de los Reyes fue condenado a venta con prisión en una panadería o trapiche donde sirva por tiempo de dos años en precio de 50 pesos, por querella de Francisco de la Cruz español; debido a lo anterior fue puesto a remate público por la citada cantidad, la cual fue pagada por el presente compareciente para que se le entregara el citado mulato y le sirviera. No obstante el mulato se dio a la fuga y después de varios días lo encontró en el monte de Totutla, debido a ello fue puesto nuevamente en prisión. Y respecto a que no tiene en que ocuparlo acordó con el Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, en traspasarle el derecho y acciones sobre dicho mulato a cambio de los 50 pesos que pagó. Finalmente para mayor validación del acuerdo, otorga que cede y transfiere al Alférez Nicolás Rodríguez, los derechos y acciones que por dicho remate tiene de Pablo de los Reyes, para que a partir de esta fecha y por tiempo de dos años le sirva en su trapiche.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0018 · Pièce · 1677/04/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Ajuste de cuentas entre Fernando Nieto Solano, vecino de esta villa de Córdoba, y Joseph [José] de Leiva, su suegro, respecto al trapiche de hacer panela que tenían en compañía, que fundaron en tierras que compró Fernando Nieto a María de Leiva, su tía, asimismo, en relación al fallecimiento de doña Juana de Leiva Esparragosa, hija de Joseph [José] de Leiva, y mujer legítima de Fernando Nieto, y al principal que llevó en dote al matrimonio, dinero que Fernando Nieto debía regresar a su suegro por fallecimiento de su hija. Y habiendo ajustado cuentas, por la presente Fernando Nieto hace donación del dicho trapiche a su suegro, Joseph [José] de Leiva, y éste da por libre a Fernando Nieto de la obligación que tenía por la carta de dote.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0032 · Pièce · 1677/08/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Ortiz, mulato libre, vecino de esta jurisdicción de la villa de Córdoba, se obliga a pagar a Diego de Brito Lomelín, vecino de dicha villa, la cantidad de 64 pesos 3 reales de oro común, sirviendo en la hacienda de trapiche de hacer azúcar que en esta jurisdicción tiene la viuda de Pedro López del Castillo [Castrillo] y que Diego de Brito administra, a razón de 5 pesos mensuales. De los 64 pesos 3 reales, 51 pesos 5 reales corresponden al pago que hizo Diego de Brito en su nombre y ruego a Pedro García de Meza, a quien se los debía de consentimiento de Pedro López, mayordomo del trapiche de hacer azúcar del Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, por cuyo débito lo tenían preso en la cárcel. Y los 12 pesos restantes por cumplimiento a lo que Diego de Brito le ha dado para las costas del carcelaje, prisión, paga de esta escritura y para otras cosas que ha necesitado.

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