Don Lope de Yribas [Iribas] y [Ana González] de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, declaran que ambos compraron del Licenciado Diego Peláez [Sánchez], Prebendado de la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles y de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlaxcala, en virtud de poder de Andrés de Vivero Villavicencio, vecino que fue la ciudad de los Ángeles, un trapiche de beneficiar azúcar nombrado San Miguel Tocuila ubicado en la jurisdicción de San Juan Coscomatepec. También señalan que del precio de la compraventa se debían sacar 3 000 pesos de oro común para la dote de una capellanía que dicho Andrés de Vivero ordenó fundar, por lo que el otorgante suplicó al Ilustrísimo don Manuel Fernández de Santa Cruz, Obispo del obispado de la Puebla de los Ángeles, le concediese licencia y espera para el pago de la dote. Y para que lo antecedido tenga efecto los comparecientes otorgan que dan poder a don Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre los obligue de mancomún acuerdo a que darán y pagarán los 3 000 pesos por fin de cuatro años, y para seguridad del principal hipotecan las haciendas San Miguel Tocuilan [Tocuila] y San Miguel Asesenatl [Azezenatl] con todo lo que les pertenece, incluyendo los 147 esclavos.
Sans titreTLAXCALA, CIUDAD
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El Capitán don Lope de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, y doña Ana González de Velilla, su legítima mujer, vecinos de esta villa, dueños de la hacienda de trapiche de hacer azúcar, situada en esta jurisdicción, y la susodicha con licencia previa de su marido para otorgar la presente escritura, dijeron que ambos tienen comprados de Joseph [José] de Vivero, vecino de la ciudad de Tlascala [Tlaxcala], una hacienda trapiche de hacer azúcar de Andrés de Vivero, vecino de la ciudad de los Ángeles, con cuyo poder el susodicho les vendió la citada hacienda que llaman de San Miguel Tocuila, de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] al pago de la barranca de Chocamán y camino real de la Nueva Veracruz, por precio de 20 000 pesos de oro común, 1 000 de ellos están cargados a censo principal redimible a favor de los hijos de Marcos Martín de Castro. Y por la presente otorgan que dan poder a Juan Godínez [Maldonado], Escribano de Su Majestad, vecino de la ciudad de los Ángeles, para que los obligue juntamente de mancomún a que pagarán a la persona o personas los 19 000 pesos del valor y precio asentado.
Sans titreDoña Juana de Brito, viuda de Francisco Ruiz de Santiago, vecina de este pueblo de San Antonio Guatuzco [Huatusco], como tutora y curadora de doña Josepha [Josefa] de Brito y doña Andrea de Brito, sus hijas legítimas, mayores de catorce años y menores de veinticinco, otorgan poder especial, las tres juntas, al Licenciado Francisco Ruiz de Santiago, hijo y [hermano] de las otorgantes, Beneficiado por Su Majestad Vicario y Juez Eclesiástico de San Antonio Guatuzco [Huatusco], para que pida cuentas a los arrendatarios de las casas que poseen en la ciudad de Tlaxcala y otras que les deban, para que posteriormente las venda o arriende, asimismo, le otorgan poder general para que las represente y defienda en todos sus pleitos.
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