El Alférez Francisco de Varrios [Barrios], vecino de esta villa de Córdoba, albacea y tenedor de bienes de doña Ysabel [Isabel] Rodríguez, difunta, su mujer, padre y administrador de las personas y bienes de Nicolás, Gertrudis, María, Joseph [José] y Marina; con asistencia de don Juan de Figueroa, curador ad litem nombrado por don Alonso López de Sagade Bugueyro [Bugueiro], Alcalde Ordinario; igualmente con presencia de Nicolás y Gertrudis de Barrios, menores de veinticinco y mayores de catorce por estar en la pubertad, con asistencia del referido Juan de Figueroa; dijeron que por cuanto, la difunta Ysabel [Isabel] Rodríguez en una de las cláusulas de su testamento declaró por bienes un trapiche nombrado Nuestra Señora del Rosario, de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa, el cual fundó el otorgante, después de haber contraído matrimonio, en 3 caballerías y media de tierra que hubo y compró de Juan Rodríguez Durán, con el cargo y gravamen de 32 [roto] de oro común de réditos anuales [roto] a razón de 647 pesos y 4 tomines de principal de censo redimible. Dichas tierras por la parte del oriente lindan con las del Regidor Joseph [José] de Leiva; por el poniente con las de Nicolás Rodríguez; en ellas tiene fabricadas casas de vivienda de purga, trapiche y lo necesario para él, también tiene sembradas unas suertes de caña. Y respecto a que por falta de avíos y mirando que no se deterioren sus bienes y los que pertenecen a dicho sus hijos, y que el caudal e importancia de dicho trapiche se puede poner en otra finca y trato donde tenga más permanencia y no carezcan nunca los referidos de sus alimentos, hizo trato de venderlo a Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, para cuyo efecto pareció ante el Capitán don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y presentó petición, la cual fue aprobada. En cuya conformidad el otorgante, los dicho Nicolás y Gertrudis, con asistencia de Juan de Figueroa, y en nombre de María, Joseph [José] y Marina de Barrios, otorgan que vende a Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, las 3 caballerías y media de tierra, en precio de [647] pesos y 4 reales de principal de censo que ha de reconocer a favor de quien fuere parte legitima de Juan Rodríguez Durán, a quien tiene que pagar 32 pesos y 3 tomines anuales de sus réditos.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOTIERRAS
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Don Diego Balero [Valero] de Grageda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba y Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga arrendamiento a Francisco de la Cruz, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra, que pertenecen a dichos propios y distan de esta villa como 2 leguas poco más o menos, en el monte que llaman de Totutla, que lindan por una parte en el potrero con el camino de Nicolás [de Bolaños], que va a dar al cerro de Tepostepeque; y por otro lado con las tierras de don Joseph [José] de Segura [y Ceballos]. Lo arrienda por tiempo y espacio de seis años, que comenzaron a correr desde el primero de este corriente mes en adelante, y por precio de 27 pesos de oro común anuales, que dicho Francisco pagará por sus tercios corridos cada cuatro meses. Por lo que obliga a dichos propios de esta villa en toda forma a que le serán ciertas y seguras dichas 2 caballerías de tierras, como las ha tenido y no será despojado durante el tiempo de este arrendamiento, pena, de que se le darán otras tales con las mismas características, tiempo y precio. Siendo condición que por cuanto no se le han arrendado más que tierras ciegas y sin beneficio [roto], dicho Francisco no podrá pedir [descuento] a dicha villa de lo que hubiere labrado y mejorado en ellas al tiempo del cumplimiento de esta escritura.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Sebastián de Aranda, Gobernador; Juan Luis y Baltazar Melchor, Alcaldes; Melchor Baltazar y Baltazar Juan, Regidores; Joseph [José] de Santiago, Alguacil Mayor; Juan Francisco, Fiscal de la Iglesia; Domingo de la Cruz y Joseph [José] Lorenzo, Tequitlatos; don Pedro Miguel y Juan Francisco, mandones; todos del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] y villa de Córdoba; y Lucas Sánchez, vecino de este pueblo, en nombre y como apoderado del Capitán don Juan González de Olmedo, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad; dijeron que por cuanto el Capitán don Juan González de Olmedo ha seguido pleito ante la Real Justicia de la villa de Córdoba contra los naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán], debido a que éstos pretenden tener derecho a unas tierras que tiene y posee dicho capitán en esta jurisdicción, en el paraje nombrado de Tepeyagualco. Sobre lo cual se han seguido diferentes autos y por uno proveído por el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de dicha jurisdicción, se mandó amparar al Capitán González de Olmedo en la posesión de las tierras que le tocan y pertenecen según los títulos y mercedes que de ellas tiene. Y estando en el sitio nombrado Tepeyagualco [Tepeyahualco] para proceder al amparo de posesión a favor de don Juan González de Olmedo, presentes el gobernador y demás oficiales de república de dicho pueblo, las justicias de partidos y escribano, don Juan González y los naturales se convinieron y concertaron mediante personas celosas de la paz y por excusar pleitos, enemistades y gastos. Por lo cual en vía de transacción y concierto acordaron que el Capitán González de Olmedo les hiciese gracia y donación de una caballería de tierra por lo ancho y por lo que le correspondiera por largo, desde el dicho paraje de Tepeyahualco hasta la sierra de dicho pueblo de Santa Ana [Zacán], corriendo hasta los linderos de dicho pueblo, con lo cual unos y otros se desisten y apartan del pleito para no seguir ni proseguirlo, asimismo, los naturales se ajustaron a las condiciones del convenio mencionadas en esta escritura.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Joseph Gómez Dávila, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar, dijeron que por convenio que tienen hecho, el Capitán Alfaro vende al Regidor Gómez Dávila un herido de molino y 4 caballerías de tierra que están en la punta de Guatusco [Huatusco] en el [halda] de una sierra que los naturales llaman Tlancayac, donde sale [un] ojo de agua que nombran Tesiatl, en precio de 400 pesos. El Capitán Alfaro declara que las 4 caballerías de tierra son las mismas que recibió en donación del Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio] y doña Josepha [Josefa] de Atienza Palacios, [su legitima mujer], por escritura hecha en la hacienda de Nuestra [Señora] de la Candelaria el 22 de febrero pasado. Y según lo convenido, el Regidor Gómez Dávila le entrega en venta y forma de pago un negro esclavo nombrado Manuel, natural de la Nueva Veracruz, que hubo y compró a don Bernardino de Villaraus [Villarauz], vecino de Orizaba, apoderado de Pedro González, vecino de la ciudad de la Concepción de Salaya [Zalaya], en precio de trecientos treinta… [roto] y 79 pesos de resto de 90 pesos que le [debe] María de Guadalupe, mulata libre y mujer de dicho [esclavo]. El Capitán Alfaro declara que este sitio y demás tierras que el Alférez Pedro de Trujillo tiene y posee en las jurisdicciones de esta villa de Córdoba, Taliscoya [Tlalixcoyan], [nueva y vieja Veracruz] y otras partes, están afectas con 2 000 pesos de principal pertenecientes al convento de Santo Domingo de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], los cuales se han de cargar sobre los sitios de la Mata del Botón, el Novillero, el de la Cerca, [y el ] potrero que llaman la Peregrina [roto], cuyos sitios están ajustados para su venta a doña [Micaela Ramos], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecina de San Juan [Coscomatepec], de lo cual aún no se ha celebrado escritura. Asimismo, declara que sobre dicho herido de molino y las 4 caballerías de tierra no queda ningún gravamen.
ANTONIO JIMÉNEZ DE GUZMÁN, ESCRIBANO REALEl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, a saber, el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella; don Diego Valero Grajera, Alférez Mayor, Regidor Perpetuo y Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad; don Francisco de Aguilar y el Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, todos regidores perpetuos de esta villa; otorgan en arrendamiento al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, media caballería de tierra, poco más o menos, de las pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, por tiempo de cinco años a razón de 10 pesos anuales, a partir de hoy día de la fecha. Dicha caballería está en el camino real que va de esta villa a la Nueva ciudad de la Veracruz, entre la Peñuela y hacienda que llaman El Contadero [San Sebastián], que linda por el poniente con el camino que va a la hacienda que llaman El Potrero [Nuestra Señora de la Candelaria]; por la cabezada del oriente linda con tierras del dicho Contadero; por el norte con la barranca de río Seco; y por el sur con tierras del Capitán don Pedro López del Castrillo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Alférez don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dijo que el 14 de noviembre de 1709 otorgó escritura de donación a favor de José García Nava, Rafaela, Gertrudis, Tomás, Ana María y Miguel, hermanos, hijos de Micaela de Soto, vecinos de esta villa, de 27 caballerías de tierra, ocho esclavos de diferentes nombres y edades, y todos los ganados mulares, caballares y vacunos que están herrados, y porque los deseos del otorgante habían sido el hacerles bien; y estando bien cierto y sabedor de su derecho y estar cargados algunos censos sobre dichas tierras y esclavos, de que no se acordaba por entonces, porque consideraba tenía caudal bastante para haberla hecho, por lo que a través de la presente revoca dicha donación para que no valga ni haga fe en juicio ni fuera de él, y así lo otorga y firma.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Bartolomé de Estrada, vecino de esta villa, marido y conjunta persona de Anastasia de Betancur, en virtud del poder que tiene de la susodicha, vende a don Francisco Valero y Espinosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, caballería y media y una suerte de tierra en términos de Sacatapeq [Zacatepec], que fueron de María de Leiva, abuela materna, y que heredó la dicha su mujer. La vende al precio de 340 pesos, de los cuales 160 pesos le dio el comprador de contado y los 180 pesos restantes pagará para fin del mes de enero de 1715.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTOREl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de los propios del Ilustre Cabildo de ella, otorga en arrendamiento a Julián Gómez, vecino de esta villa, 4 caballerías de tierra más o menos, pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, que son en el paraje que llaman de las Lagunas del Palotar, que lindan con la [cabeza] de la laguna larga, derecho a la laguna redonda hasta dar al cerro, y hace frente con los linderos de las tierras que posee don Felipe López del Castrillo; y por el lado del naciente de dicha laguna larga al cerro y [piedra blanca]. El arrendamiento lo hace con sus pastos, aguajes, montes y abrevaderos, entradas y salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres, por tiempo y espacio de nueve años que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, en precio de 40 pesos anuales y no le serán desposeídas durante dicho tiempo, en caso contrario le dará otras con las mismas condiciones por el mismo precio y tiempo.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOREl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor en ella, por lo Señores de Cabildo, Justicia y Regimiento de ella y por su propio interés, otorga arrendamiento a Amaro Luis, vecino de esta villa, media caballería de tierra que pertenecen a ella, en el paraje que llaman el Palotar, linde con el camino Real que va a Tospa, que por una parte linda con rancho de Manuel de [Calsinas], por otra con rancho que fue de Juan de Campos y con una tetela que tiene de la parte de adentro de dicho camino a Tospa, y una olla en el paso del río de esta villa y el arroyo chiquito que junta con dicho río Grande, por otra parte tiene por lindero un árbol de cacao. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, por precio de 6 pesos anuales y se obliga a que dichas tierras no le serán quitadas, pena de darle otras con las misma condiciones y precio.
FRANCISCO VALERO Y ESPINOSA, JUEZ RECEPTOREl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor de sus Propios y Rentas por comisión de los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, en virtud del poder general que tiene otorgado de ellos, da en arrendamiento a Antonio Íñiguez de Estrada, vecino de esta villa, una caballería de tierra perteneciente a dichos propios en el paraje que llaman El Palotar, en dos pedazos, en el arroyo de billeguas [sic] corriendo al río del Palotar, por el lado del norte; y linda por el lado del poniente con una barranquilla que tiene unos guayabos que esta junto del camino real; por el lado del sur, linda con otra barranquilla hasta juntar con el río Grande del Palotar, que éste es un pedazo de tierra, y el otro, que está en el Palotar, linda con tierras de José Hernández y con tierras que siembran las mitres. Arrienda la caballería de tierra en los dos pedazos, con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, por precio de 12 pesos cada uno, que se ha de obligar a pagar al mayordomo que es o fuere del Ilustre Cabildo de esta villa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO