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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0027 · Unidad documental simple · 1716/03/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guazo de los Ríos, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Pie de Concha, en las montañas de Burgos, en los reinos de Castilla, hijo de Juan Guazo de los Ríos y de María Sáenz de Hoyos, difuntos; y María Galván de la Oliva, su mujer, vecina de esta villa, hija de Alonso Galván y de Juana de la Oliva, difuntos; ambos otorgan su testamento en la forma siguiente: Mandan que sus cuerpos sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Orden de Penitencia son hermanos, Juan Guazo de los Ríos es de hábito exterior y ella de hábito interior, y como tales hermanos conducidos sus cuerpos, el de Juan a la capilla de la Orden Tercera de Penitencia sita en el convento de San Antonio, y el de la susodicha a la iglesia parroquial de esta villa. Juan Guazo de los Ríos, declara fue casado en las montañas de Burgos, en la villa de Pie de Concha, con Ana Núñez, y cuando contrajeron matrimonio la susodicha ni él llevaron caudal alguno, procrearon a Francisco Guazo de los Ríos, del que tuvieron noticia es difunto, aunque no confirmada, y habiendo fallecido Ana Núñez no dejó caudal alguno, ya que murió pobre. Ambos declaran que hace diecinueve años contrajeron matrimonio, y ella llevó por dote un solar el cual se vendió en 50 pesos, y Juan llevó de capital una casa de cal y canto cubierta de teja que es de su morada y 200 pesos en reales, misma que se haya mejorada y una tienda en ella. Por bienes suyos, señalan la casa de su morada y tienda de géneros comestibles. Declaran han criado y tienen en su casa y compañía a Feliciana Seferina Márquez, niña que será de edad de diez años, y a Nicolás Francisco del Río, niño de siete años, a quienes mandan se les den de los bienes de ambos 50 pesos a cada uno por legado, luego que tengan la edad o tomen estado, en el ínterin mandan que dicha cantidad pare en manos de los albaceas de ambos. Ambos se nombran por sus albaceas testamentarios y tenedores de sus bienes junto con el Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico en ella. Dicha María Galván nombra por su heredero a Juan Guazo de los Ríos y éste nombra por heredero a Francisco Guazo de los Ríos, su hijo, con declaración de que en caso de que apareciere él o sus nietos y justificando con información de ser sus descendientes, aperciban su herencia, la cual ha de quedar en el ínterin en la casa de su morada, cuyos réditos o alquileres de ella han de quedar en el ínterin en la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la parroquia de esta villa. En caso de que se que tenga noticia de que haya fallecido su heredero, pasará a ser heredera la cofradía de dicho remanente.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0113 · Unidad documental simple · 1700/11/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Fernández de la Lastra, vecino de esta villa de Córdoba y natural de las montañas de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Pedro Fernández de la Lastra y de Susana González de Cueto, difuntos, dijo que por cuanto esta para salir a la ciudad de la Puebla de los Ángeles a buscar curación de los achaques que padece, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que tiene por bienes la mitad de los géneros de que se compone una tienda que gobierna y rige Esteban de Naval y Pintos en esta villa, su compañero, quien los tiene aparcería y compañía entre los dos y a quien deja a su cuidado su corto caudal y cuando muera entregue cuentas de lo que le pertenece a sus albaceas. Nombra como albaceas testamentarios a Juan Álvarez de Rivera y Antonio de los Reyes Ladrón de Guevara, vecinos de esta villa, y solo como tenedor de bienes al dicho Juan Álvarez. Finalmente, como no tiene herederos ascendentes ni descendentes, nombra como herederas universales a las Ánimas del Purgatorio, para que todo el remanente de sus bienes se aplique y se convierta en misas.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0061 · Unidad documental simple · 1696/07/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Guasso de los Ríos, natural de la villa de Pie de Concha en las montañas de Burgos, hijo legítimo de Juan Guasso de los Ríos y María Sáenz de Hoyos; junto con María Galván, su legítima mujer, natural de esta villa, hija legítima de Alonso Galván, difunto, y de Juana de la Oliva, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan su testamento cada uno por lo que les toca, de la siguiente manera: Juan Guasso declara por bienes una casa en esta villa, con una sala grande de 12 varas de largo, con 8 varas de pared por labrar la que cae a la parte del fondo del solar, techada de madera y teja, y a su correspondencia una tienda que hace esquina imbíbita en dichas doce varas de la sala. María Galván declara por bienes un medio solar a la linde del de su marido, que se halla en la calle Real de esta villa. Juan Guasso [Guazo] declara haber estado casado en dichas montañas de Burgos con Ana Pérez, con quien procreó a Francisco Guasso de los Ríos, de quien hace más de 14 años no tiene noticia. Declaran ambos otorgantes estar casados desde hace cuatro años, y no haber procreado hijos. Juan Guasso nombra como albacea a Juan de Piña y como tenedora de sus bienes y albacea a su mujer; y María Galván nombra como albacea a Alonso Galván, su hermano, y por tenedor de sus bienes a su marido. María Galván nombra como heredera a su madre; y Juan Guasso nombra heredero a su hijo, y en caso de que éste no viva, ordena se funde un aniversario de ánimas con 50 pesos de renta cada año.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0012 · Unidad documental simple · 1695/08/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Bernabé de Castro, vecino de esta villa de Córdoba, y natural del puerto de Santoña, de las montañas de Burgos en los Reinos de Castilla, hijo de Bernabé de Castro y de María Magdalena de Collado, otorga su testamento en la forma siguiente: Declara deberle a Juan, el mozo que sirve a Domingo Murzio, a Fernando de Betancur y a Magdalena de Torres. Ítem declara como sus deudores a diferentes personas que aparecen en un libro de cuentas, manda se cobren. Ítem declara por sus bienes una casa de madera y barro, cubierta de tejas; un solar con cargo y gravamen de 120 pesos de principal de censo y 6 de renta anuales; una tienda de géneros que está en la dicha casa; y un caballo. Ítem declara que la dicha Magdalena de Torres se intitula Magdalena de Castro, presuponiendo ser su hija, lo cual no es cierto, respecto a serlo de Hernando de Torres, lo declara para descargo de su conciencia. Ítem declara estar casado con María de Herrera, quien llevó de dote la cantidad de 500 pesos, durante dicho matrimonio procrearon un hijo que falleció en edad pupilar. Ítem declara que tiene un hijo natural, llamado Francisco de Castro. Nombra albaceas a María de Herrera, su mujer, y a Juan Álvarez de Ribera [Rivera]. Por último, nombra como heredera a su mujer, enterado el dicho su hijo natural de la parte que le tocare, conforme el derecho dispone, que es la sexta de sus bienes, para que los hayan cada uno.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0120 · Unidad documental simple · 1700/12/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Bernabé de Castro, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Santoya de las montañas de Burgos en los reinos de Castilla, viudo de María de Herrera, hijo de Bernabé de Castro y de María Magdalena de Collado, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado de primeras nupcias con Catalina de Lechunde, natural del lugar nombrado San Sebastián en la provincia Ipusco (Guipúzcoa] en el señorío de Vizcaya, con la cual no hubo bienes dotales ni hijos. Declara que pasó a segundo matrimonio con María de Herrera, quien trajo en dote la cantidad de 150 pesos, durante el cual procrearon un hijo nombrado [roto] que falleció en edad pupilar. Declara que debe a José Domínguez, vecino de la ciudad Nueva de Veracruz, a José de Segura y Ceballos, Sebastián García y a Juan Fernández. Ítem menciona por sus deudores a Manuel Grajea, vecino de la ciudad de los Ángeles, a Domingo Toscano, vecino de esta villa, [roto]. Ítem, declara por bienes una casa de madera y barro, cubierta de teja; un solar que hubo y compró a censo de la cofradía de la Santa Caridad y Sangre de Cristo, cita en la iglesia parroquial de esta villa, y que tiene redimido dicho censo; y la mitad de dicho solar se lo vendió a Juan Fernández, vecino de esta villa, manda a su albacea que otorgue escritura de venta; una tienda de género. Declara tener un hijo natural que tuvo cuando era viudo de su primera esposa, de una mujer soltera española de nombre Francisco de Castro, de veintiséis a veintiocho años más o menos, casado y que vive en la tierra de San Luis de la Paz, ordena que, si aparece, le den la porción que cupiere en el quinto de sus bienes. Nombra por sus universales herederas a su alma, la de su mujer María Herrera, la de sus padres y las almas del purgatorio. Nombra por su albacea testamentario y tenedor de bienes a Gaspar Rendón, vecino de esta villa y mayordomo de la cofradía de las Benditas Almas, a quien le encarga que imponga a censo dicha porción de principal de sus bienes en finca segura; y otorgue escritura de reconocimiento a la persona de quien parare dicho censo.

              FRANCISCO DE MEZA Y MENDOZA, JUEZ RECEPTOR