Don Salvador Rincón, vecino en el pueblo de Perote, debe y se obliga pagar a don Francisco González, la cantidad de 3, 997 pesos, producto de la venta de una tienda mestiza que ha traspasado en la cantidad de 1, 407 pesos y de una casa por la cantidad de 1, 400 pesos, en dos partes, la primera el 24 de marzo de 1768 y la restante en 1769, nombrando como fiadores a sus hermanos don Ignacio Rincón, José Rincón, vecinos del mismo pueblo.
TIENDAS
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Don Francisco Fernández y Agudo, de este comercio y vecindad, otorga poder especial a don Andrés de la Cruz, vecino del pueblo de Huamantla, para que en su nombre acuda ante aquel Alcalde primero, que será exhortado por el de Perote, a hacerse cargo y recibir en depósito la tienda y negociación que de su pertenencia hay en aquel pueblo al cargo de su hermano político don Florencio Ruiz Ordóñez, ausente en aquel lugar. Lo que previo el inventario correspondiente mantendrá en seguro, depósito, custodia y administración, a disposición del Juzgado requirente de Perote; y practique en el caso, según sus aviso e instrucciones, todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales y extrajudiciales que se requieran y sean necesarias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Juan Crespo Patrón, vecino y del comercio del pueblo de Perote, otorga que se obliga a pagar a don Mariano Peña, apoderado de don Ángel Pedro Puyade, vecino y del comercio de la Ciudad de México, en la testamentaria de don Antonio Callebout de quien es albacea y heredero, la cantidad de 4, 000 pesos en 8 plazos de 6 meses cada uno, por lo que hipoteca una tienda que tiene en el pueblo de Perote.
Don José de Trapaga, vecino del pueblo de Perote Jurisdicción de Jalacingo, informa que el difunto Andrés de Somoza le quedó debiendo 608 pesos 1 real y para cobrar dicha cantidad otorgó poder a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de México, de lo que resultó que el Juez General del Juzgado General de Bienes de Difuntos decretó satisfacerle dicha cantidad con la condición de que si salía un acreedor de mejor derecho tenía que devolver el dinero, saliendo dicho apoderado por su fiador, por lo que el otorgante se obliga a sacar a su fiador a paz y salvo, de tal manera que no gaste de su caudal cosa alguna. Como seguro hipoteca una casa y una tienda mestiza que posee en este pueblo en la Calle Real.
Don Luis de Zárate, vecino del comercio de Jalapa, en virtud de la tienda que tenía en el pueblo de Perote y tras los problemas que ha tenido con don Jerónimo de Alcalde, hace la fianza de los capitales que en dicha tienda se tienen, por lo tanto otorga como fiador a don Antonio Ildefonso Rincón, vecino del mismo pueblo, para que sea pagador de sus negocios y de las cantidades establecidas en la tienda que suman un total de 3, 148 pesos 65 centavos de reales.
Don Domingo Lasson, vecino del pueblo de Perote, ha recibido de don Juan Bautista de Torrontegui y Goytia, vecino del mismo pueblo, la cantidad de 3, 412 pesos y 3 y medio reales, correspondientes a las compras de efectos para la habilitación de una tienda que ha puesto en el pueblo de Perote a cargo y administración del otorgante.
Don José de Trapaga y doña Ana María Saavedra, marido y mujer, deben al difunto don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor, la cantidad de 2, 004 pesos 1 real y 4 granos, de la tienda que tenía en administración dicho José, obligándose a pagarla con los réditos del 5 %, dentro de 3 años.
Don Francisco Fernández y Agudo, de este comercio y vecindad, otorga poder especial a don Manuel Pérez, para que en su nombre se acerque al Juzgado del Alcalde Primero del pueblo de Perote, de donde es vecino y de su comercio, a recibir en depósito la negociación y tienda que de su pertenencia existe allí, al cargo de su hermano político don Florencio Ruiz Ordóñez, ausente; para lo cual lo nombra en las más bastante forma, para previo al inventario que de ello se haga, mantenga en depósito y administración la negociación a disposición del juzgado; y practique por él en el caso, con arreglo a las instrucciones que le ministre, todas las presentaciones, agencias y diligencias judiciales y extrajudiciales que se requieran y sean necesarias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDon Tomás Kindelan, Coronel del Ejército y Gobernador del Castillo Fortaleza de San Carlos de Perote, hijo de don Hurtado Kindelan y de doña María Parmehuall, difuntos, natural de San Felipe de los Gallegos en Castilla la Vieja, otorga su testamento donde declara que sus bienes consisten en una parte del interés que tiene en una tienda mestiza, en el citado Castillo de San Carlos y 500 pesos que le adeuda don Joaquín Mora, dueño de la casa que habita, y manifiesta tener adeudos con varias personas, que ascienden a 2 476 pesos. Nombra albaceas a don José Govantes de Ledesma, Tesorero del mismo Castillo, y a don Roberto Royén, Teniente Coronel del Regimiento de Infantería de Nueva España, a quienes les da poder y facultad para que rematen y vendan en almoneda sus bienes, y en atención a no tener heredero forzoso, nombra como tal a don José Govantes de Ledesma.
Don Jerónimo de Alcalde, vecino de Perote, otorga que ha recibido de don Francisco Javier Olartegochea 200 pesos en dinero de contado, lo que es el arreglo de utilidades de don Antonio Ildefonso Rincón, en el manejo de la tienda de don Luis Ortiz de Zárate, tienda que fue embargada por una fianza a favor del compareciente, la cual no cumplió dicho don Antonio, y al embargo de esta salió oponiéndose don Luis Ortiz de Zárate alegando ser suya la tienda, formando así contienda de juicio, en el cual salió favorecido dicho Zárate. Por lo que da por cancelada la fianza que el 8 de octubre de 1788 otorgó el mencionado don Francisco.