Don Manuel de Goiri, vecino y del comercio de esta Villa, ha recibido de don José Antonio de la Peña, de esta vecindad y comercio, de cuenta de don José Simón de la Portilla Cabello, residente en México, 300 pesos mitad de 600 pesos que le debía la casa de don José Antonio de la Pedreguera por harina y azúcares que suministró el otorgante a dicha casa en tiempo que tuvo a su cargo la tienda mestiza el Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera, sobre cuyo adeudo había litis por los motivos que el dicho don José Simón y el otorgante expusieron ante don Miguel de Arieta, Diputado del Real Tribunal del Consulado de Veracruz.\t
TIENDAS
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Manuel Antonio González, de esta vecindad, dijo que el año pasado hizo cesión de bienes a favor de sus acreedores, presentando para ello escrito con el balance de su tienda mestiza y panadería, como también de sus créditos pasivos y activos ante el Diputado que reside en esta Villa, del Real Tribunal del Consulado de Veracruz, pero quedó al descubierto con 1 203 pesos 6 reales, por lo que se obliga a pagar a los síndicos de la quiebra la mencionada cantidad, siempre que la suerte lo ponga en estado de paga.
Don Dionisio Ángel Salvo, apoderado general de su madre doña Petra [Antonia] Bonilla, dijo que el 17 del corriente celebró compañía sobre una tienda pulpería situada bajo los portales de esta Villa, con ciertas cláusulas y condiciones y por término de 5 años, con don Juan Antonio Figueroa, de esta misma vecindad, y debido a que no puede seguir con la compañía, ha convenido con el citado Figueroa en que le entregará el capital y utilidades que pudiera producir la citada negociación en los referidos 5 años que tenían pactado, con la condición de que la citada tienda seguirá funcionando en la misma casa, propia de su citada madre, manejada solo por Figueroa y por consiguiente se rescinda dicho contrato. Por lo que a través de la presente otorga que ha recibido del susodicho Figueroa el principal que introdujo en la nominada compañía, junto con las utilidades que pudiera producir en los 5 años, otorgando a favor de Figueroa recibo en forma, dando por rota, nula y cancelada la referida compañía.
Don Domingo Franceschi y don Manuel Garcés, vecino y del comercio de esta Villa, Síndicos de la quiebra de Manuel Antonio González, dijeron que en calidad de síndicos vendieron una casa, tienda y panadería a don Jacinto Mora, de esta vecindad, en 1 746 pesos 2 reales, con plazo para su pago el día 3 de febrero de 1801, la cual vendió dicho Mora a don Francisco Martí y Carbonell, quien en la misma escritura se comprometió a pagar en el plazo referido, cantidad que han recibido los otorgantes por lo que cancelan la escritura.\t
Doña Ana Petra de Borja, viuda de don Juan Antonio Espinosa, vecina de esta Villa, otorga en arrendamiento a don Juan Bautista Guido, de esta vecindad, tres piezas de la casa morada de la otorgante, las cuales son la esquina de la tienda, la trastienda y una bodeguita, por tiempo de 5 años que comienzan desde el día de mañana, por precio de 10 pesos mensuales.
Don Juan Crespo Patrón, vecino y del comercio del pueblo de Perote, otorga que se obliga a pagar a don Mariano Peña, apoderado de don Ángel Pedro Puyade, vecino y del comercio de la Ciudad de México, en la testamentaria de don Antonio Callebout de quien es albacea y heredero, la cantidad de 4, 000 pesos en 8 plazos de 6 meses cada uno, por lo que hipoteca una tienda que tiene en el pueblo de Perote.
Don Francisco González, dueño de recua y vecino de Jalapa, dijo que don Miguel Antonio de Barradas, de la misma vecindad, compró de los bienes de la difunta doña Ángela Francisca del Pino, viuda de don Bartolomé Salvo, una tienda mestiza y casa ubicadas en Jalapa, quedando a deber 13, 926 pesos 7 y 3 octavos de reales, a cuyo seguro se ofrecieron como fiadores don Manuel de Bárcena Bezanilla, don José Antonio de la Pedreguera, don Nicolás Manuel Fernández, don Carlos Díaz y Herrero, don Ambrosio de la Torre, don Juan Esteban de Elías, don Juan de Bárcena y don Manuel Boza, vecinos de Jalapa, y por cuanto don Manuel de Boza emprende viaje a España, se constituye como fiador sustituto de dicho don Miguel Antonio Barradas.
Don Juan de la Cruz Martínez, principal, junto con don Carlos Díaz y Herrero, fiador, vecinos del pueblo de Jalapa, se obligan a pagar a don Francisco Antonio Pereiro, de la misma vecindad, la cantidad de 4, 000 pesos de oro común, que son el resto de 5, 075 pesos y 1 cuartillo de real, cantidad que importó el traspaso de una tienda.
Don Domingo María Franceschi y Castro, de esta vecindad, dijo que de la tienda de don Manuel Hidalgo, de este comercio, le fueron ministrados varios efectos para el fomento del establecimiento que tuvo en la Antigua, y de ahí le está debiendo al citado señor la cantidad de 151 pesos y 7 reales, que no ha podido pagar. Por lo que el otorgante señala, que ha convenido con el mencionado señor, en que un plazo de cinco meses pagará el premio de 1 por ciento mensual, agregándose a esta cantidad la suma de 8 pesos y 5 reales, del valor de la presente escritura, que hacen el total de 160 pesos 4 reales, mismo que se obliga a pagar en el dicho tiempo contados desde esta fecha. Por esta deuda, hipoteca una casa en esta ciudad a la calle que nombran de Belén, con el cual hace frente al poniente, lindando por el costado del norte con casa baja de doña María de Jesús Franceschi y Castro, por el costado del sur con casa, también baja de los herederos de don Joaquín de Herrasti y Alba, y por el oriente que es la espalda, con casa de don Dionisio Luis Camacho y Reyes. Cuya deslindada finca, está hipotecada a 455 pesos en favor de don Martín Sánchez Serrano, y se obliga a no vender, acensuar, ni disponer de ella.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Manuel Hidalgo, de esta vecindad, dijo que ha don Domingo Franceschi, de esta misma vecindad, le ministró varios efectos de su tienda que tuvo en la Antigua Veracruz, que importaron 151 pesos y 7 reales, que se obligó a pagar en un plazo de cinco meses, contados desde el 5 de abril de 1837, con el premio de uno por ciento mensual, más 8 pesos 5 reales por los gastos de aquella escritura. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que recibe del licenciado Antonio María de Rivera, representante de Franceschi, la cantidad de 160 pesos 4 reales sin los premios, por habérselos perdonado, de lo cual formaliza carta de pago a favor de don Domingo Franceschi, dando por cancelada la mencionada escritura.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO