Agustín Adorno, vecino de la ciudad de Jerez de la Frontera en los reinos de Castilla, estante al presente en el pueblo de Acultzingo jurisdicción de la provincia de Orizaba, otorga y ordena su testamento en la forma y manera siguiente: manda que se pague a Juan Mejía, mesonero del presente pueblo; a Gaspar de Aguilar, encomendero de la ciudad de la Veracruz; y a Andrea Sofía, estante en la Veracruz. Declara que Santi Fantoni, vecino de la ciudad de Cádiz, registró y despachó en diferentes naos que vinieron en la flota, que al presente está en el puerto de San Juan de Ulúa, 199 pipas de vino de su propiedad, siendo su voluntad que el dicho vino se entregue a sus herederos. Que Alonso Guerrero, arriero, y él concertaron que le llevase en una recua suya 100 pipas de vino a la ciudad de Oaxaca, y por cuenta de los fletes le dio 100 pesos de oro común y ciertas cargas de corambre; llevando en el primer viaje 14 pipas de vino junto con cartas del otorgante dirigidas a Rafael Pinelo y otras personas de la dicha ciudad para que los vendiesen; es su voluntad que Gentil Basilio cobre lo que procediere dichos vinos. Que Santi Fantoni tomó sobre sí el seguro de 400 ducados de Castilla, los cuales venían de ida y vuelta sobre la nao Misericordia de Gentil Basilio, misma que vino en salvamento en la flota que al presente está surta en el puerto de San Juan de Ulúa, es su voluntad que el susodicho Basilio nombre otra nao por ambas las partes para que corra dicho seguro hasta los reinos de Castilla; y manda se le pague a Santi Fantoni 40 ducados de Castilla para la vuelta de esta flota. También declara que ratifica el testamento que otorgó en la ciudad de Cádiz, y aprueba el vínculo de mayorazgo que junto con doña María Adorno, su mujer, hizo en la ciudad de Jerez. Nombra herederos universales a sus hijos don Francisco Adorno, don Pedro de Hinojosa Adorno, don Agustín Adorno, doña Clara Adorno, doña Casiana Adorno, doña Juana Melgarejo Adorno, doña Luciana Adorno y doña María Adorno, su mujer; y a Gentil Basilio como albacea testamentario y administrador de los bienes que tiene en la ciudad de Veracruz y Oaxaca.
TESTAMENTOS
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Nicolás de Alguero, vecino de la ciudad de Oaxaca, natural del pueblo de Santa Catalina [Catarina] Minas de Chichicapa, hijo legítimo de Alonso Sánchez y Magdalena de Alguero, vecinos de dichas minas de Chichicapa, ya difuntos, otorga testamento en la manera siguiente: Declara por sus bienes cuarenta y dos mulas, las treinta aparejadas y las demás de silla y servicio, de dichas mulas dieciséis de ellas con carga de la Veracruz para Oaxaca, doce cargadas de cera de Francisco de [roto], vecino de la ciudad de la Veracruz, para entregar a Nicolás de Gamboa, y las cuatro cargas restantes tres y medio de hilo de Campeche y una marquesa de cera de Campeche. Asimismo, declara por bienes cuatro camisas, dos sabanas de algodón, una espada y una silla gerónima [sic]. Manda se le dé a Diego García, indio de su servicio, dos mulas, una de silla y otra de aparejo. Señala que un mozo llamado Andrés de la Cruz tiene un macho con sus mulas, manda se le entreguen y se ajusten cuentas con él. Nombra por su albacea a Lucas Alguero y a su mujer Inés de los Ríos y del remanente de los bienes que quedaren, nombra como su legítima heredera a dicha Inés de los Ríos.
NICOLÁS BLANCO, ALCALDE ORDINARIOManuel Pereira de Lima [Pereira], residente en esta villa de Córdoba, natural de la feligresía de San Pedro de Dayon, arzobispado de Braga en el Reino de Portugal, hijo legítimo de Juan Pérez Pereira e Isabel de Lima, difuntos, dijo que por cuanto los descargos de su conciencia y bienes de alma los tiene comunicados con Antonio Francisco Viana y con el Capitán Manuel Fiallo, mercaderes y vecinos de la ciudad de Oaxaca, y con el Capitán don Pedro Martínez de Murguía, Caballero del Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Cádiz, que al presente reside en la ciudad de la Nueva Veracruz. Por tanto en aquella vía y forma otorga que da poder a cada uno in solidum para que hagan y otorguen su testamento en la forma y con las cláusulas que les tiene comunicadas. Declara que el día de su muerte se digan misas por su alama. A las mandas forzosas y acostumbras y casa de Jerusalén manda a cada una 2 reales; para la beatificación del hermano don Gregorio López un peso. Y para cumplir este testamento nombra albaceas testamentarios a Antonio Francisco Viana, al Capitán Manuel Fiallo y al Capitán don Pedro Martínez de Murguía; del remanente que quedare de todos sus bienes nombra como universal heredero Antonio Francisco Viana, y en caso que el susodicho fallezca “antes que yo” herede el remanente el Capitán Manuel Fiallo.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Antonio Merino, hijo legítimo de don Lucas Merino y de doña Manuela Salinas, difuntos, natural de la Villa de Chiclana en Andalucía de los Reinos de Castilla y vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a don Juan Gómez de Estrada, a don Antonio Pérez Pensado y a su esposa doña María Ana Roso, vecinos de este pueblo. Declara ser casado con doña María Ana Roso con quien procreó a Sor María Ignacia de los Ángeles, Religiosa Profesa del Convento de la Purísima Concepción, de 22 años de edad; a Sor María Francisca, Religiosa profesa del Convento de Santa Inés de la Puebla, de 20 años de edad; a José Francisco, Novicio de la Religión de San Cosme, de 19 años de edad; a Nicolás José, familiar del Señor Obispo de Oaxaca, de 16 años de edad; a Mariano Antonio, de 10 años; Ana Petra de Alcántara, de 7 años, a María Magdalena de 4 años; y a Joaquín Francisco, de 3 años; a quienes nombra como herederos.
Lucas Collazo, hijo legítimo de padres difuntos, natural de la Ciudad de Oaxaca, casado con Manuela Antonia Mejía, nombra como albaceas a Agustín Diego Mejía, su cuñado, en compañía de Cosme Damián de Ugarte, huérfano que crió el poderdante y como herederos al citado Cosme Damián y otro huérfano que crió de nombre José Collazo.
Joaquín Toro, natural de la Ciudad de Oaxaca y residente en este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos Raymundo Vázquez y Andrea de la Cruz, realiza testamento, en el cual nombra como albacea a Salvador José, natural de Oaxaca y residente en este pueblo y como heredera a su alma.
Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de la Redondela en el reino de Galicia, hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara le deben las siguientes personas: de los bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, le debe 202 pesos 2 reales, de los cuales pagó el otorgante 100 pesos como fiador que fue del susodicho a don Cristóbal de Medinilla y Benavides, y los 102 pesos 2 reales que dio al susodicho en diferentes cargas de azúcar y panelas para Oaxaca; Andrés de Mañas, vecino de Coscatlan [Coxcatlán], 107 pesos, 50 de ellos que pagó por el susodicho a Felipa Martínez Carenzo y el resto que le dio en azúcar; Juan José Cubano, vecino del ingenio del Conde, 5 pesos; doña María Jiménez, viuda del Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, 26 pesos que le dio en azúcar para su tienda; Juan de Aragón, maestro de herrero, vecino de esta villa, 9 pesos; el Fluriel [Furriel] don Bartolomé de Estrada, 50 pesos; de los bienes de Andrés de Leiva, difunto, maestro de herrero, 9 pesos; Nicolás Velázquez, maestro de carpintero, 18 pesos; Nicolás, maestro de zapatero, 12 pesos; entre otras personas que se mencionan. Declara que hace ocho meses que remitió a don Manuel Ortiz Landero, vecino de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], su encomendero, 816 arrobas y media de azúcar, de cuyo procedido le ha enviado algunos reales, manda a sus albaceas cobren lo que el susodicho diga deberle por la satisfacción que le tiene en su buen obrar. Declara que hace once años contrajo matrimonio con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija legítima de Pedro García de Meza y de Manuela de Altamirano, con quien ha procreado a Pedro, José Antonio, Juan, Miguel Máximo, todos menores de edad, y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declara por bienes la casa de su morada y un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], en esta jurisdicción, que compró en Real Almoneda de los bienes de don Pedro García de Meza, con el cargo de pagar todas las dependencias del susodicho, que pasaron de 15 000 pesos estando valuada dicha hacienda en 11 000 pesos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, asimismo, declara que dicha hacienda no tiene cargado ningún otro censo. Ruega y suplica a su padre y señor, el Capitán Antonio Burela, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, que para dejar libre la dicha hacienda de dicha pensión, después de su fallecimiento solicite por mano de su encomendero el que se rediman los dichos 1 000 pesos, y que su esposa, hija y nietos se los vayan pagando en frutos de la dicha hacienda o como le pareciere, procurando se cancele una escritura que tiene hecha por la dicha cantidad a favor del Capitán don Juan Gómez Dávila. Nombra albacea a su esposa, al Capitán don Diego de Altamirano y a don Antonio Burela, su señor; y por tenedora de bienes a su esposa. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a dicha su esposa.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosé García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, vecino y Regidor perpetuo que fue de esta villa, en virtud del poder que para testar les confirió, otorgan su testamento como se los dejó comunicado. Declaran que su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla del Señor San José. Señalan que dicha hacienda del beneficio de azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe en esta jurisdicción, tiene cargados varios censos, entre ellos destacan: 3 000 pesos de principal y por ellos [150] pesos de rédito anuales de la capellanía que mandó fundar el Licenciado Juan Valero Grajeda, del que es capellán propietario el Licenciado don José Valero Grajeda, y de esta capellanía se están debiendo 1 500 pesos; 2 000 pesos de principal y por ellos 100 de rédito anual a favor de la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, a quien se le deben 1 100 pesos de réditos; 400 pesos de principal impuestos por el Licenciado don Juan Valero Grajeda para que con sus réditos se celebrase en la iglesia de esta villa la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores; 2 000 pesos impuesto a favor del convento de religiosas de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles, a la que se le están debiendo los réditos de 200 pesos. Asimismo, declaran que el difunto debía diferentes cantidades, entre ellas: 2 300 pesos a la iglesia catedral de la Puebla, cuyos plazos están cumplidos; 3 000 pesos a favor de la capellanía de [Diego Cortés del Águila y Castro] por tiempo de 6 años, que empezaron a correr desde el año pasado, a quien se le están debiendo 600 pesos de réditos; 1 500 pesos por escritura que otorgó a favor del convento de religiosas de Santa Catarina de Sena de la ciudad Oaxaca, a la que se le están debiendo 670 pesos de réditos; 600 pesos a favor de la fábrica de la iglesia catedral, más réditos que se debían hasta su otorgamiento, los cuales tiene librados en el cofre de dicha iglesia. También, dijeron que por muerte de su hermano el Doctor don José Valero, quedó una casa en la ciudad de Los Ángeles gravada a los censos de dos capellanías, una impuesta por Francisco García Caballero de 2 500 pesos de principal y la otra a favor de la capellanía que impuso Domingo Maseda de 2 000 pesos de principal. Además, declaran que el difunto debía diferentes cantidades al Tribunal de la Santa Inquisición, a la iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, a don Francisco Valero y Alvarado, al Capitán Pedro de Bárcena, al Capitán Gaspar Rendón, a don Juan Marcos Rendón, a Diego Ruiz Calero, vecino de esta villa y maestro de barbero, y a otras personas más que se citan en esta escritura. Declaran que [estaba debiendo 1 800 pesos]de la compra del rancho El Piñal, que sacó en pública almoneda, compuesto de 9 caballerías de tierra, cuyo remate se efectuó en el juzgado del comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, quien lo remató por débito que tenía el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda con el Santo Oficio; cuyo remate fue en cantidad de 4 300 pesos de contado, de los cuales se entregaron 2 500 pesos al Comisario de la Santa Inquisición, y dichas tierras tienen sobre si el gravamen de 600 pesos de censo a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la Puebla, y rebajarse a su misma cantidad de 500 pesos que dicho Alférez don Miguel Valero Grajeda debía de los bienes del Doctor don José Valero, su hermano, más otros 1 620 pesos que le entregó don Diego Valero a su hermano Miguel, como consta de memoria donde se hallarán las partidas que componen dicha cantidad, y siendo como es cláusula del remate reintegrar todo lo a ello anexo y por su defecto deberse rebajar del valor de dicho rancho lo que en el faltare, lo declaran para que conste. También, señalan que el difunto renunció al oficio de Alférez Mayor y Regidor a favor del Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, con la calidad y condición de que se hará de componer con los herederos del Alférez Mayor don Miguel Valero, su hermano. Por otro lado, declaran por bienes del difunto: la hacienda de beneficio de azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, compuesta de 17 caballerías de tierra con sus casas, cañas, esclavos y demás aperos, asimismo, el rancho nombrado El Piñal, que se compone de 9 caballerías de tierra y sus anexos, además, un rancho nombrado Quichapa [Cuichapa], que se compone de 27 caballerías de tierra con las casas, cañas, esclavos y demás aperos. Declaran que el difunto mandó sacar 1 000 pesos de sus bienes para que se entreguen a Juana de San Agustín y a Josefa de los Dolores Valero, niñas reclusas en el convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles, que están en compañía de su hermana, la Madre Isabel de Jesús de Nazareno. Usando del poder que tienen otorgado del difunto, se nombran por sus albaceas testamentarios y a la dicha Micaela de la Rosa por tenedora de sus bienes. Asimismo, nombran herederos a José García Valero, María Rafaela, Gertrudis, Teresa, Ana, Miguel, hijos suyos y naturales; y dicha Micaela de la Rosa, como tutora, curadora de dichos hijos naturales y suyos.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon José Flores, natural de la Ciudad de Angüés en el Reino de Aragón dominios de España en Cataluña y vecino de Jalapa, hijo legítimo de don Antonio Jerónimo Flores y Espano y de doña Magdalena Tanca, otorga su testamento donde declara ser casado con doña Anna María de Castro, vecina de Oaxaca, con quien tuvo por hijos al difunto Antonio Flores de Castro, Presbítero, don Mariano Flores de Castro; don José Bartolo Flores de Castro, doña María Francisca Flores de Castro y doña María Magdalena Flores de Castro, religiosas; don Miguel Flores de Castro, difunto, y don Francisco Flores de Castro, de estado casado, vecino de Jalapa. Como herederos universales nombra a sus hijos y como albacea testamentaria a su hijo don Francisco.
Margarita Martínez, vecina de Jalapa, dio poder a su yerno Francisco de Castro, vecino de Jalapa, para que en su nombre haga y otorgue su testamento, y nombró por sus herederos legítimos y universales a sus hijos el Alférez Antonio de Medina, vecino de la ciudad de Oaxaca, y a María de Medina.