Luis María Villeda, natural y vecino del pueblo de Tula en el Arzobispado de México, hijo legitimo de Marcelo Villeda y de Ana Constancia de Estrada difunta, estando en casa de Juan Bautista Guevara en el Camino Real de Veracruz en los recintos de Jalapa otorga su testamento donde declara ser casado con Juana María de Mendoza, que por su mal natural no hace vida con el otorgante, que de este matrimonio tiene por hijos a Luis Manuel de 18 años y Ana María, de estado doncella de 14 años, y declara que ha criado al huérfano llamado Nicolás Antonio de edad de 13 años. Nombra como albacea a su padre Marcelo Villeda y a Rafael Villeda, nombra como herederos universales a sus hijos
TESTAMENTOS
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Don José Tomás de Castro, viudo de María Francisca Trigos, natural y vecino de esta Villa, otorga su testamento. A las mandas ordena se le den 2 pesos a cada una de ellas; tuvieron 4 hijos legítimos y ella aparte dejó otros 3 hijos, la dicha su mujer murió reconociendo como hija legítima a Ana María Góngora. Tiene entre sus bienes una casita ubicada en el Camino Real para Veracruz, empeñada en don Juan de Bárcena; tiene otra casita en la Plazuela de San José. Nombra como albacea a don Mariano Cadena y como herederos a sus hijos y tres nietos.
Don Benito Posadas, vecino del pueblo de Jalapa, viudo de doña Micaela Moctezuma, la cual le otorgó poder para testar y nombramiento de albacea, grava con 500 pesos de principal de censo redimible, a favor de la Cofradía de las Ánimas, unas casas de su morada, labradas de paredes y cubiertas de tejas, lindan al norte con la Calle Real que sale y baja para la Nueva Veracruz, y con casas de don Joaquín Ildefonso de Torquemada, al oriente con casa del otorgante, al sur con casa y solar de Lucas Rosete y al poniente con callejón y casas de don Bartolomé Salvo.
El Bachiller Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, Cura, Vicario y Juez eclesiástico de la doctrina de San Antonio Huatusco, dijo que Sebastián Díaz de Acosta, su padre, le dio poder para testar comunicándole como lo debía hacer, en tal virtud otorga su testamento según su voluntad, haciendo las mandas acostumbradas. Algunos de sus bienes los tiene a censo para la fundación de la capellanía que instituyó y fundó Mariana de Astudillo. Entre otros bienes tiene dos casas en la Calle Real que de la Plaza Pública va al camino de la Veracruz, tres caballerías de tierras, un molino de pan moler.
Don Gaspar Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, de donde es vecino y natural de la villa de Lepe en los Reinos de Castilla, hijo legítimo del Capitán Juan Ramírez de Villafuerte y de doña Manuela Caballero de Carbajal [Caballero de Carvajal], difuntos, vecinos que fueron de dicha villa de Lepe, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena a sus albaceas y herederos mandar decir todos los años una misa cantada al Señor San Roque, en la iglesia parroquial de esta villa y por su limosna, con la cera y cantores, se han de pagar 3 pesos de oro común, para lo cual sitúa y señala 60 pesos en el valor de su hacienda de trapiche de fabricar azúcar que posee en la jurisdicción de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción. Es su voluntad se saque de sus bienes lo que importe el costo de unas vidrieras y la manufactura, las cuales ordena se pongan en todo el circulo que hace la imagen de Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en el altar mayor de la iglesia parroquial de esta villa. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes se separen 1 000 pesos de oro común que han de quedar impuestos sobre dicha hacienda, [roto] [para que se] diga la misa al glorioso Señor San Roque y para el aceite que se ha de gastar todo el año en la lámpara del glorioso Señor San José, en su altar que está en la iglesia parroquial de esta villa. Dijo que su hacienda tiene cargados 1 000 pesos a censo redimible pertenecientes a Nuestra Señora de Ocotlán, jurisdicción de la ciudad de Tlaxcala, y por cuanto con dicha cantidad ha aumentado la hacienda, es su voluntad que los 1 000 pesos queden cargados perpetuamente y se paguen los 100 pesos de sus réditos cada año al capellán del santuario de dicha señora. Ordena sacar 500 pesos de oro de su remanente y de ellos hacer un colateral al Glorioso San Joaquín, con los cinco señores de Jesús, María, José, Joaquín y Señora Santa Anna pintura en lienzo, menos el cuerpo de San Joaquín pues éste ha de ser de busto, el cual se ha de poner en la iglesia parroquial de esta villa, en la parte y lugar más inmediata al altar del Señor San José. Declara por bienes las casas de su morada en esta villa, que compró por remate público de los bienes de Joseph [José] de Nares, sita en la calle Real, que de la plaza Pública va al camino real que sale para Veracruz, y una esclava nombrada Teresa. Asimismo, declara tener dos solares de 50 varas de frente y 50 de fondo en esta villa, uno yermo que linda por el fondo con casa de Mariana Martín y por el frente, calle en medio, con solar de María González, viuda de Juan de la Cruz; el otro solar hace frente, calle en medio, con casas de Benito Rendón, hace esquina frente a casas de Juan de Soto Noguera, y por el fondo linda con solar de doña María de Brito, en cuyo centro del solar hay una casa baja. Declara por bienes la hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, que hubo y compró a Pedro García de Messa [Meza], con 4 caballerías de [tierra] y hoy se encuentra con 8 caballerías y media [roto] que ha comprado a don Francisco de [Rivadeneira], apoderado de don Gaspar Carlos de [Rivadeneira]. Declara estar casado con doña Juliana de Contreras y Sid [Cid], hija legítima de Gonzalo de [Herrera y] Contreras y doña Josepha Cid [Josefa Cid de Lara], vecina de esta villa, con quien procreó a María, de catorce años; a Joseph [José], de doce años; a Manuela, de nueve años; a Gertrudis, de cuatro años; y Ana Francisca, niña de pecho. Nombra como albaceas al Regidor Miguel de Leyba y al Alguacil Mayor [Gregorio] Martínez de Solís, vecinos de esta villa, y a su esposa Juliana. Nombra por tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos a su esposa.
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