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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0050 · Unidad documental simple · 1690/09/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Nares, natural de [Gibraltar], hijo legítimo de Juan [García] y de Catalina [roto], difuntos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la siguiente manera: manda se den 2 pesos a la iglesia del pueblo de Santa María Magdalena de Cuesala [Coetzala], jurisdicción de Zongolica y 2 pesos a la iglesia del pueblo de Amatlán. Declara por bienes una casa de cal y canto cubierta de teja en esta villa. Declara tener en dicha casa una tienda de géneros de Castilla y de la tierra, que importa toda ella 500 pesos poco más o menos. Declara estar casado con Ignacia Díaz [de Salazar] con quien procreó a Gertrudis María, María de Jesús, Josepe [José] y Beatriz. Nombra como albaceas a doña Gertrudis de Gatica, de esta villa, a Juan Rodríguez Durán y a Domingo [de] Merodio. Como herederos universales nombra a Gertrudis María, María de Jesús, Josepe [José] y Beatriz de Nares, sus hijos.

              ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0145 · Unidad documental simple · 28/02/1787
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Morales, natural y vecina de Jalapa, hija legítima de don Juan de Morales y doña Ana de Arcos, viuda y albacea testamentaria de don Carlos José Garzón otorga su testamento donde nombra como sus albaceas testamentarios a sus hijos don Luis José Garzón y doña María Ignacia Garzón, viuda de don Miguel de Remolina Cabo, mismos que nombra herederos universales en compañía de sus demás hijos doña Josefa Garzón, doña María Ignacia y doña Ana María, viuda del capitán don José María Chavez.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0147 · Unidad documental simple · 13/03/1787
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Gómez de Estrada, natural de la villa de Reynosa Arzobispado de Burgos en los Reinos de Castilla y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Ventura Gómez de Estrada y de doña Ángela Pérez de Orna, difuntos, junto con su legítima mujer doña Nicolasa Domínguez, casada en primeras nupcias con Benito Posadas, hija legítima de don Gervasio Domínguez [Muñiz] y de doña María de la Cruz Pardo, difuntos, se otorgan poder para testar el uno al otro, asimismo se nombran albaceas testamentarias, junto con el Teniente Coronel José Antonio de la Pedreguera y don Antonio Merino. Nombran como herederos a sus hijos del primer y segundo matrimonio.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0158 · Unidad documental simple · 17/04/1787
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Joaquín Chacón y Torres, Regidor Perpetuo de la ciudad de Huete en los Reinos de Castilla, de donde es natural y residente en Jalapa, otorga poder para testar a doña Ana María Núñez de Aro y Ortega, en compañía de don Francisco Chacón, Presbítero, vecino de la citada ciudad de Huete y hermano del otorgante, y don Manuel Chacón y Escamilla, vecino de Alcalá de Henares, así también los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales a sus hijos legítimos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0200 · Unidad documental simple · 23/07/1787
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Mariana de la Encarnación Moreira, hija legitima de don José Cayetano Moreira y de doña Ángela Bazán de Otero, difuntos, vecina de Jalapa, otorga su testamento donde declara por bienes dos casas una en la Calle del Ganado y otra en Calle de la Caridad, con una de las cuales mantuvo a sus hermanos, hijos de su madre y padrastro don Pablo Mateos de los Hijuelos, de nombre José y Miguel, a los cuales dio oficio, volviéndose loco y muriendo dicho José. Nombra como albacea a don Gregorio de Ochoa y Amezaga. Declara tener una hija natural nombrada Rita Bazán, mayor de 25 años, la cual tiene en la misma forma dos hijos pequeños nombrados María del Rosario Josefa y Juan de Dios Lucas, a los que nombra sus herederos, respecto a que su madre esta demente.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0240 · Unidad documental simple · 26/10/1787
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Antonio José Bravo, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de Actopan, hijo de don José Bravo y de doña María Monterde, difuntos, vecino de la Villa de Orizaba, otorga su testamento, nombra como capellán un hijo de don Jacinto Antonio de los Ríos, vecino de Orizaba. Declara tener 4 casas en dicha villa, dos de ellas lega a su hermana doña Mariana Bravo, otra al Hospital de mujeres de dicha villa y la última para los alimentos de las recogidas, y en caso de que faltasen éstas se les de a los presos de la cárcel de Orizaba. Nombra como albaceas a don Gregorio Fentanes, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de Jalapa, en segundo lugar a don Antonio Merino y en tercero a don Manuel José Bellido. Nombra como heredera universal a su hermana doña Mariana Bravo.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0028 · Unidad documental simple · 1826/03/06
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Ferreiro, natural del Reino de Galicia, Obispado de Santiago, hijo de Miguel Ferreiro y de doña Mariana Mariño, sus padres difuntos, ordena su testamento en la siguiente manera: Declara que es casado con doña Josefa Laso de la Vega, la que no trajo a este matrimonio bienes o caudal alguno y él tendría entonces alguna friolera de corto momento. De cuyo matrimonio han procreado a María del Carmen [Ferreiro], casada, y a José Ignacio Ferreiro, ambos mayores de veinticinco años de edad. Por sus bienes, señala 1 000 pesos en reales, poco más o menos, que le han quedado después de tantos gastos de dilatadas enfermedades, y algún derecho por razón de su oficio de guarda, algunos comisos atrasados, entre otras bagatelas de que tienen conocimiento sus albaceas. Nombra por sus albaceas mancomunados a la citada esposa doña María Josefa Laso y a su hijo político, don Juan Bautista de Lezama. Instituye y nombre por sus únicos y universales herederos a los citados dos hijos por partes iguales.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0107 · Unidad documental simple · 1826/09/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Micaela Barguiarena, natural de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa, hija de don Santiago Barguiarena y de doña Josefa Bravo, difuntos, otorga poder especial a don Juan Ruiz Abascal, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado Declara que es viuda, albacea y heredera en una parte de los bienes de don Pedro Martín del Puerto Vicario, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, que dichos bienes están concursados por sus acreedores a causa de no poderse recaudar las sumas activas que formaban su caudal, pero hechas dichas cobranzas podrá corresponderle alguna cosa y de lo que así fuere, manda que su albacea distribuya la mitad en misas, bienes y sufragios por su alma; y la otra mitad hace legado en forma en partes iguales a don Amado, don Manuel, doña Fortunata y doña Mariana Vicario, sus cuatro hijos adoptivos, a Marta de Haro, su sobrina, y a Manuela Bravo, su antigua criada. Y al no tener heredero forzoso, se nombre, como ella lo nombra por su albacea y si dicho apoderado por sus ocupaciones u otros motivos no pudiese desempeñar dicho cargo, le otorga poder para que nombre persona o personas de su confianza.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0067 · Unidad documental simple · 1831/04/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa de Bausa Álvarez Campana, viuda del finado Licenciado don Pedro Telmo Landero y González, vecino que fue de Veracruz; y don Manuel María Landero y Bausa, mayor de veinticinco años e hijo de los nominados. La primera como albacea de su difunto esposo, tutora y curadora adbona de sus hijos, y el último como curador ad litem sus sobrinas doña María de los Dolores, doña María Josefa y doña María de la Bella González y Landero, hijas de los finados don Manuel González de la Vega y doña María de la Luz Landero. Los comparentes dijeron que teniendo que practicar gestiones en la Península Española sobre intereses pertenecientes a los mencionados difuntos, y no siéndoles posible a los comparentes trasladarse a aquel país, por lo cual, otorgan poder a don Rosendo Lagoa y González, residente en Cádiz, en segundo lugar a don José María Pastor, y en tercero a don José Joaquín Micon, residentes en Gibraltar, a los tres junto de mancomún, y cada uno para que a nombre y en representación de los comparentes, derechos y acciones, y como tales albaceas y curadores, pongan al corriente y recojan los intereses que existen en la montaña, perteneciente a don Manuel González de la Vega y de la pertenencia del finado don Pedro Telmo Landero, que se hallan en Galicia, en la villa de Bayona y en el valle de Miñón, así como los demás bienes que le puedan pertenecer. Asimismo, prosigan el juicio pendiente sobre la testamentaria de doña Victoria Landero, de villa de Bayona en Galicia, y puedan administrar todos los bienes recaudados que pertenezcan a los mencionados finados Landero y González de la Vega, con las condiciones que por bien tuviere.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0084 · Unidad documental simple · 1831/06/20
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel Cruz y Bremont, hijo de don Anastasio Cruz y de doña Catarina Bremont, difuntos; otorga su testamento en la forma y manera siguiente: ordena sea sepultado en la forma que parezca sus albaceas. Manda que sus bienes libres después de deducido el quinto de sus bienes se destinen 12 pesos para darles 4 reales a cada uno de 24 pobres que se solicitarán para que asistan a su entierro. Ordena que los gastos de su funeral y entierro, no se tome del quinto de sus bienes. Declara que es soltero. Expresa que tiene una hija nombrada María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa, de edad de veintidós años, doncella, que hubo con doña Felipa Ochoa que, por fallecimiento de ésta, dicha niña quedó en su poder y él crio y educó en su casa y compañía. También hubo otra hija nombrada Juliana, de trece años, con doña Antonia Hernández, mujer libre que aún vive. Declara por bienes la casa de su morada, situada en esta ciudad, frente a los lavaderos de Techacapa; una casa con su frente a la calle de las Damas y otra casita baja en la calle de Santiago, perteneciente a su hija Eulalia, que heredó de su madre doña Felipa; un solar con paredes viejas en la calle de las Damas; un rancho nombrado el Pinillo, lindando con tierras del Castillo, Ánimas y Agua Santa, en éste cantón; otro rancho en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, estado de Puebla, nombrado Tesoquitipa; dichos ranchos y la casa que va para los Berros fueron de su tío don Pedro Mariano Cruz, que por muerte de éste pasaron a poder del padre del comparente, quien pagó transacción judicial a los acreedores de su tío, pasando de esta forma a ser de su propiedad. Manda que el quinto de sus bienes se aplique a su hija María Dolores Eulalia Cruz y Ochoa, y que el remanente de sus bienes se divida en dos partes iguales, de las cuales manda que una se le aplique a su hija Juliana Cruz y Hernández, calculando dicha cantidad, en la casita baja de la segunda calle de Lucero, y la otra mitad a su intimo y antiguo amigo don Diego Briseño, partibles en toda igualdad con la nominada hija doña Juliana Cruz. Referente a la cláusula quince, respecto a la casita situada en la calle de Lucero, ordena que mientras viva y no se case doña Antonia Hernández tenga el usufructo de ella, pero sin poderla gravar ni enajenar, en caso contrario, se entregará a su hija Juliana. Declara que excepto los 200 pesos que a favor del convento de San Francisco se reconocen sobre la casa de vecindad no debe a nadie, y que a él se le debe lo que encontrarán en una lista. Nombra a don Diego Briseño por curador ad bona de sus hijas Eulalia y Juliana. Por su albacea y tenedor de bienes nombra a don Diego Briseño y por su fallecimiento o imposibilidad a don José María Becerra, de esta vecindad.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO