Isabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Juan Pérez de Moya y Tomasa Martín, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Jerónimo de Leiva, difunto, durante su matrimonio procrearon por hijos legítimos a Nicolás y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años; a Fray Jerónimo de Leiva, Religioso lego del orden del Señor Santo Domingo; a Matías de Leiva, mayor de veinticinco años; a Bernabela de Leiva, mujer legítima de Antonio de Aponte que se halla ausente de este villa; a María de Leiva, mujer legítima de Tomás García; a Juan de Leiva, de edad de veintidós años; y Antonio de Leiva, de diecisiete años. Declara por bienes la casa de su morada de cal y canto, con solar de cincuenta varas de frente y cincuenta de fondo, ubicado en la calle que va a dar a la Lagunilla, hace frente calle en medio con solar que fue de José Gómez Dávila, difunto; por el norte linda con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el oriente con casa de doña Marina Gómez Dávila. Asimismo, tiene por bienes dos solares y medio en el barrio de San Sebastián y en ellos dos hornos de cocer cal y uno para teja; los muebles y menaje de casa; 250 pesos en reales que tiene en una caja; 85 pesos que le debe don Francisco Valero; 50 pesos que le debe Manuel Francisco de Urquía. Nombra albacea testamentario a Gaspar Rendón y a Diego de Palma, mercaderes y vecinos de esta villa, por tenedor de bienes sólo nombra a Gaspar Rendón. Nombra a sus ocho hijos como herederos universales.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOTESTAMENTOS
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Doña María de León, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán Francisco de Brito Lomelín, natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, hija legítima de Pedro León Melgarejo y de Francisca de Salazar, difuntos, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Manda a la fábrica material de la santa iglesia parroquial de esta villa y a las cofradías del Señor San José, Nuestra Señora del Rosario, Jesús Nazareno y Convento del Señor San Antonio, 5 pesos a cada una de limosna. Ítem, manda se saquen de sus bienes 100 pesos, los cuales hace manda graciosa a Juana Trujillo, niña de edad de veintidós años, los cuales es su voluntad se le entreguen luego que tome estado. Ítem, manda se saquen de sus bienes 200 pesos, los cuales hace manda graciosa a Elvira Francisca, niña huérfana de edad de seis años y se le entreguen luego que tome estado. Ítem, declara fue albacea y tenedor de bienes de dicho capitán Francisco de Brito Lomelín, cuyos autos paran en el oficio público del presente escribano, pide a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara por sus bienes un trapiche nombrado Nuestra Señora del Rosario alias venta de Parada; una casa en esta villa de cal y canto; una negra nombrada Josefa de la Cruz, de edad de dieciocho años. Nombra albaceas testamentarios al Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, a don Alonso López de Sagade Bugueiro y a Juan José de Brito Lomelín, su hijo; y por tenedor de bienes nombra al citado don Alonso de Sagade. Por último, nombra herederos a sus hijos Juan José, Salvador, Isidro, Andrea y Juana de Brito.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMaría Hernández, hija legítima de Diego Hernández y de Ana Ramos, difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Orizaba, de donde es natural, vecina de esta villa, viuda, mujer que fue de Antonio Lozano, estando enferma y en cama, otorga que da su poder para testar a Diego Hernández, su hermano, vecino del pueblo de Orizaba, residente en esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento en la forma y manera como se lo tiene comunicado. Declara que fue casada con Antonio Lozano, quien falleció “ayer miércoles” 18 del presente, sin haber dejado caudal alguno por estar pobre, por cuya razón no otorgó testamento ni hizo ninguna declaración [roto]. Nombra por su albacea testamentario al citado Diego Hernández, para que entre en sus bienes, los cobre y venda; y en el remanente que quedare líquido nombra por sus herederos a Ana Ramos, Alejandro [roto], Miguel Francisco y Juan Hernández, sus hijos legítimos.
ANTONIO LORENZO DE RIASCOS, JUEZ RECEPTORDoña Marina Gómez Dávila, viuda de Juan Rodríguez Durán, vecina de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Puebla, hija legítima del Secretario Domingo Antonio Gómez y de doña Juana de Dávila Valero, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Juan Rodríguez Durán, durante su matrimonio procrearon por su hijo legítimo a Nicolás Rodríguez Dávila y otros que murieron en temprana edad. Ordena se dé a María niña, su sobrina, hija legítima de [roto] y de doña Antonia Gómez Dávila, su hermana, una negrita criolla. Ítem ordena se den de sus bienes 200 pesos a Ana María, niña doncella, hija legítima de Antonio de Abrego y de Ana Dávila Valero, su tía. Declara que fue albacea testamentaria de Juan Rodríguez Durán, su marido, el cual dicho su testamento está cumplido en la mayor parte y falta por cumplir algunas mandas, ordena se cumplan por sus albaceas. Declara que hizo donación a doña María Gómez Dávila, su hermana, de una negrita, que al tiempo tendría la edad de siete años; y a doña Josefa Gómez Dávila, su hermana, asimismo le hizo donación de otra negrita, las dos criollas y nacidas en su casa, que tienen en su poder, de las que no les ha hecho escritura y así lo declara para que conste. Nombra albacea al Secretario Juan de Espinosa y a Nicolás Rodríguez su hijo. Por último, nombra como universal heredero a su hijo Nicolás Rodríguez.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDONicolás de Bolaños, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo de Alonso Hernández Bolaños y de Ana [Hernández Palacios], difuntos; y doña Felipa Martínez Carenzo, vecina de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hija natural del Capitán don Juan Bautista Carenzo y Solabona, Depositario General y Regidor Perpetuo por Su Majestad de dicha ciudad, y de Melchora de los Reyes, vecinos de ella. Dijeron que por cuanto las cosas tocantes al descargo de sus conciencias y bien de sus almas se las tienen comunicadas; por tanto, en aquella vía y forma otorgan que dan su poder cumplido el uno al otro y el otro al otro para que puedan hacer testamento con todas las mandas y legados que se tienen comunicados. Declaran que hace poco más de diez años contrajeron matrimonio, durante el cual procrearon por hija legítima a Bárbara Josefa de Bolaños. Declaran que se nombran el uno al otro como albaceas testamentarios y tenederos de bienes, y nombran como universal heredera a su hija Bárbara Josefa de Bolaños.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosefa Martínez Calzadilla, vecina de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hija natural de Fernando Martínez Calzadilla, difunto, y de Melchora de Morales, vecina de dicha ciudad, dijo que por cuanto la gravedad de su enfermedad no le da lugar para otorgar su testamento, y las cosas tocantes al descargo de su conciencia y bien de su alma las tiene comunicadas con Lorenzo de Guzmán, su marido; por tanto, en aquella vía y forma, otorga que da su poder al citado Lorenzo Guzmán para que ordene su testamento con todas las declaraciones y lo demás que le tiene comunicado. Declara que habrá tiempo de veintiún años contrajo matrimonio con dicho Lorenzo, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Miguel [roto], que se será de edad de veintiún años, a Gertrudis [roto] e Isabel de Guzmán de cuatro años. Nombra albacea a su marido Lorenzo de Guzmán y como sus herederos a sus hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Diego de Altamirano, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Acultzingo de la jurisdicción de Orizaba, hijo legítimo [Pedro de Altamirano] de doña Inés de Esparragosa, sus padres difuntos; y doña Rosa María García de Meza, su legítima mujer, vecina de esta villa, hija legítima de Pedro García de Meza y de doña Rosa María de Cabrera, sus padres difuntos, estando buenos del cuerpo y sanos de la voluntad, dijeron que ambos se tienen comunicadas las cosas del descargo de su conciencia, por tanto, se otorgan el poder para que el uno al otro y el otro al otro puedan hacer y otorgar su testamento con todas las declaraciones, obras pías y demás cosas que se tienen comunicadas. Ambos se nombran albaceas testamentarios y también nombran a Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa. Y como no tienen herederos forzosos, se nombran el uno al otro y el otro al otro como herederos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio Millán Quijada, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la provincia de Teguacan [Tehuacán], hijo legítimo de Diego Millán y de doña Hipólita Vázquez de Ávila, sus padres difuntos; doña Sebastiana Cid, su legítima mujer, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Francisco Pérez y de doña Juana Cid, sus padres difuntos; dijeron que las cosas del descargo de su conciencia y bien de su alma las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro, por tanto, en aquella vía y forma otorgan que se dan el poder que se requiere para otorgar el testamento que se tienen comunicado. Y para cumplir y pagar las mandas y legados del testamento nombran por albaceas testamentarios y tenedores de bienes el uno al otro y el otro al otro; y asimismo el citado Antonio Millán Quijada nombra por albacea en concurso de la dicha su mujer a Gaspar Rendón, mercader y vecino de esta villa; y la dicha Sebastiana nombra por albacea en concurso de su marido a don José de Carvajal y Contreras, vecino de ella. Y en el remanente que quedare de sus bienes nombran por sus universales herederos a doña [roto] que será de veintiún años, a Manuel de dieciséis años, doña Antonia de quince, Diego de diez, doña María de siete, Antonio de cuatro, doña Bárbara de dos y doña Florencia de seis meses, sus hijos legítimos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMarcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO[Francisco] Benítez, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de [roto] jurisdicción de Tlaxcala, hijo legítimo de Ventura Benítez, difunto, y de Felipa Márquez, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con María de Osses, durante su matrimonio han tenido por hijos a Francisca Benítez que al presente está casada con Francisco Velázquez, a Miguel que será de doce años de edad, a Juan de la misma edad, y a José Benítez. Ítem declara debe a Juan Alonso, Benito Caravallo, Gaspar Rendón y Gregorio Martínez de Solís. Ítem declara le adeudan Nicolás Campos, Juan Abad y María Blanco Ramos [roto]. Ítem declara por sus bienes nueve mulas de carga, dos mulas ensilladas, una escopeta, una espada de fierro, una casa de madera cubierta de zacate, un solar, una caja con cerradura, entre otros bienes. Y para cumplir y pagar este testamento nombra albacea a María de Osses, y como sus universales herederos nombra a Francisca Benítez, Miguel, Juan y José Benítez.
MANUEL GÓMEZ DÁVILA, JUEZ RECEPTOR