Doña María Luisa de Castro y de Guevara, hija legítima de don Bernardo de Castro y de doña Clara Romero de Acosta, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se fabrique una bóveda en el camposanto general, para depositar en ella su cadáver y los restos que existan de su hija doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa, quien fue sepultada en el camposanto antiguo y se halla en una bóveda por donde está la pared gruesa, siendo su voluntad que en la bóveda que ahora se debe construir en el actual camposanto no haya de colocarse en lo sucesivo cadáver alguno, pues solo deben quedar depositados en ella el de la otorgante y el de su hija, cuya exhumación y traslado se llevará a cabo después de que fallezca la otorgante. Declara fue casada con don Mariano Ladrón de Guevara, de cuyo matrimonio solo quedó viva una niña nombrada María Dolores, quien murió después que su padre. Declara estar casada actualmente con don Antonio Mancilla, no teniendo sucesión alguna. Declara que ningún bien ha traído a su poder el expresado Mancilla, ni tiene acción alguna a los de ella por ningún respecto. Declara por bienes tres casas ubicadas en esta ciudad, una en la calle Nueva, otra en la calle de Belén y otra en el callejón de Gorospe. Ordena que la casa de la calle de Belén quede consignada para que, con sus rendimientos, se celebre anualmente en el convento de San Francisco, de esta ciudad, unas honras por el alma de su hija, otras por el alma de su difunto esposo y se inviertan en alfombras para dicho templo. Ordena se consigne la casa del callejón de Gorospe a Nuestra Señora de Dolores de la parroquia. Ordena se consigne la casa de la calle Nueva a su sobrino, el Presbítero don Juan Francisco Cabañas, para que disponga de ella como suya propia. Ordena que, a Tranquilina García, huérfana de ocho años de edad, a quien tiene en su casa, se haga cargo de ella su sobrino Presbítero don Juan Francisco, llevándosela consigo, y para su asistencia y educación, se tomen de los alquileres de la casa de la calle de Belén 10 pesos mensuales, los cuales consigna a Tranquilina por vía de pensión durante su pubertad. Ordena se distribuya entre sus sobrinas la plata que existe en la Habana de la pertenencia de la testadora. Nombra albacea a su sobrino el Presbítero don Juan Francisco.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOTESTAMENTOS
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Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, dijo que el 30 de noviembre pasado otorgó su testamento y habiéndole ocurrido con posteridad hacer otras declaraciones que no tuvo presentes, ahora lo verifica por medio de codicilo de la manera siguiente: Declara que la casa nombrada de la Cervecería, ubicada en esta ciudad, pertenece a don Francisco Victoriano Rodríguez, quien se la ha tenido cedida a la otorgante, con la condición de que si él moría primero la nombraba heredera de esa finca y si por el contrario sobrevive él se la ha de devolver, por lo cual ordena que si fallece antes que Rodríguez, se le entregue a éste la referida finca, como también algunos libros que existen de su pertenencia en poder de la misma otorgante. Declara que además de la plata que tiene en la Habana, existe ahí también un cajón de losa muy buena y otras cosas que constan en una lista que se adjunta a este instrumento.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Agustina Franco, originaria de la ciudad de Veracruz y residente en ésta, hija legítima de don Tomás Antonio Franco y de doña Juana Rodazo, sus padres ya difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara estar casada con don Juan de Somohano Alonso en cuyo matrimonio han procreado a don Juan, doña María del Carmen, Ramón, Josefa, Agustín, Ángela, Joaquín, Ana, Soledad, Manuel y Margarita Somohano y Franco. Declara que su marido tenía cosa de 8 000 pesos de capital y ella 4 478 pesos 3 reales 8 granos que le tocaron de herencia paterna, pero nada de eso existe, pues las calamidades de los tiempos se hallan en estado de quiebra. Declara que dos casas que fueron de su difunto padre, ubicadas en la ciudad de Veracruz se le adjudicaron en cantidad de 13 435 pesos y 3 reales, con la obligación de enterarles a sus hermanos don Juan, doña María Josefa y don Bernardo [Franco] 4 478 pesos 3 reales y 8 granos a cada uno. Declara que en 4 de noviembre de 1831 se formalizó escritura en esta ciudad por la cual confesaron los nominados sus hermanos estar cubiertos de las expresadas cantidades que a cada uno correspondiere, a excepción de su hermano Juan a quien solo le ha dado 1 400 pesos. Y para cumplir con lo que dejó ordenado nombra por su albacea testamentario a su esposo don Juan de Somohano y al mismo su hermano don Juan Franco. Y aunque al presente carece de bienes disponibles y por lo mismo debe considerarse ocioso el nombramiento de heredero, por si de alguna manera llegase a descubrirse instituye por únicos y universales herederos a sus once nominados hijos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Guillermo Espino, de este comercio, natural de San Luis Huamantla, hijo legítimo de Jerónimo Espino y de doña Isabel Josefa de Aprea, difuntos, otorga su testamento donde declara deja 4 pesos de limosna a las mandas forzosas; fue casado en primeras nupcias con doña María Josefa Soria, quien no trajo dote y con quien tuvo 3 hijos; contrajo segundas nupcias con María Francisca Peredo a quien la dotó con 1 000 pesos, con ella tiene 2 hijos; tiene entre sus bienes una pulpería en la Calle Real; otra tienda en Coatepec en compañía de don José María Darío; un chinchorrito de 11 mulas, 17 cabezas de ganado vacuno; nombra como albacea a su referida mujer y a su hermano don [José]Vicente Espino y como herederos a sus 5 hijos.
Josefa Rosalía Vázquez, natural y vecina de esta villa, hija legítima de Tomás Joaquín Vázquez y de Bonifacia Josefa Jordano, ambos difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Manuel Antonio Martínez, a cuyo matrimonio ninguno de los dos llevó nada de bienes ni caudal alguno, procrearon a varios hijos, de los cuales existen solamente José Lino, María Concepción, Ana Josefa, José Joaquín, José Hipólito, Juan José, María Nicolasa y María Magdalena Martínez y Vázquez; habiendo dejado sucesión los tres difuntos Julián José, Vicencia Alfonsa y María Gertrudis Martínez y Vázquez. Declara que es albacea de su marido junto con su hijo José Lino, que es quién ha manejado la testamentaria e intereses de ella, y quién formará el inventario de los bienes. Declara por bienes proindiviso el rancho nombrado Camotepec; el terreno que está a la espalda de su casa que llaman la Loma; la casa esquina en la calle de Cantarranas y confín de la de San Cristóbal, afecta ésta a 200 pesos de dos memorias de misas por el referido su marido; la troje y terreno que le pertenece contiguo a esta casa. Nombra albaceas, fideicomisarios y tenedores de bienes a sus hijos José Lino y José Joaquín Martínez, a los dos de mancomún, pero con la intervención de don José Mariano Lucido, de esta vecindad. Y por únicos y universales herederos a todos sus hijos, en unión de los hijos de sus difuntos hermanos, Julián José, Vicencia Alfonsa y María Gertrudis, lo hallen y hereden por partes iguales.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon José Mariano González de Castro, presbítero domiciliario de la Puebla de los Ángeles, natural y vecino de esta villa, hijo de Domingo González y de doña María Ignacia de Acosta; ambos difuntos; otorga su testamento en la siguiente manera: es su voluntad ser revestido según costumbre y su entierro en el lugar y forma que disponga su albacea. A las mandas forzosas y acostumbradas manda que se dé a cada una de ellas la limosna de un peso fuerte. Declara que sus bienes consisten en lo que su albacea sabe. Nombre por su albacea y tenedor de bienes al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, vecino de este suelo. Y en el remanente que quedare de sus bienes, en atención a no tener herederos forzosos, instituye y nombra por su única y universal heredera a su alma. Finalmente expresa que queda sin valor especialmente el que otorgó en esta villa el 10 de noviembre de 1803 ante el escribano interino don Antonio Mariano del Campo; y solo valga el presente testamento y comunicados que hace a su albacea.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODoña Rosa María Franceschi y Castro, natural de esta villa, hija legítima don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro, difuntos consortes, otorga su testamento en el cual declara que es casada con don Matías Martínez de Espinosa y durante su vida marital han procreado como hijos legítimos a María Dolores de dieciséis años, a María Josefa, a Ramona, Juan y Pablo Espinosa y Franceschi de cinco a seis años de edad. Ítem declara que sus bienes que le pertenece y adquirió por muerte de sus padres, le constan al mencionado marido. Nombra por albacea a Matías Martínez de Espinosa, su marido. Y por únicos y universales herederos a los cinco hijos antes mencionados.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Francisco González, natural y vecino de esta villa, hijo de padres difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera, en el cual encarga a su albacea que dé 150 pesos a la cofradía del Señor de la Santa Veracruz de esta parroquia, 300 pesos para la curación y alimentos de las enfermas del hospital del Señor San José de esta villa. También ordena que a sus dos huerfanitos, José María Cornelio de ocho años y María Guadalupe de siete años de edad, se dé a cada uno 800 pesos, por tanto, hace legado en forma a cargo de su esposa doña María Gertrudis Rodríguez, a quién nombra por su tutora y curadora ad bona de los menores. Declara que habrá como diez años que contrajo matrimonio con doña María Gertrudis Rodríguez, siendo de estado doncella, de cuyo matrimonio no han tenido sucesión Declara que sus bienes y dependencias sabe su esposa las que son, que más o menos podrán ascender a 6 000 mil pesos adquiridos en su vida conyugal, por lo que ella le pertenece la mitad y además el monto de la deuda que con él tiene la casa que fue de sus padres, por lo que hace legado o donación en forma. Designa como albacea doña María Gertrudis Rodríguez, su esposa y el remanente que quedare, en atención a no tener herederos forzosos, lo distribuya en misas, bienes y sufragios por su alma. Finalmente revoca y anula cualquiera testamento, codicilo, poderes para testar u otras últimas disposiciones, que antes de este, haya hecho ya sea de palabra o por escrito; especialmente revoca el que otorgó en esta villa el 25 de agosto de 1821.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOFlorencio Burillo, natural de Pie Monte de Cerdeña, mayor de 50 años, casado con María Viciana, residente en Cádiz, otorga su testamento donde señala que ninguno de los dos aportó nada al matrimonio, procrearon cuatro hijos. Por bienes señala una casa mesón; tiene deudas con don José Ignacio de la Torre, Bartolomé Vargas y don Domingo Franceschy. Nombra por albaceas testamentarios a don José [Alonso] Corrales y a don Ángel Retortillo, nombra herederos a sus hijos.
Don José de Albear, vecino y del comercio de Capital de México, natural de las Montañas de Santander, de estado soltero, hijo legítimo de don Pedro Albear, difunto, y de doña Catarina de Loredo, otorga poder general a su hermano don Simón de Albear, en primer lugar, y en segundo lugar a doña María de la Salud Bracho, su hermana política, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento con arreglo a las instrucciones que de palabra o por escrito les comunique. Nombra como sus albaceas a sus hermanos don Simón y doña María de la Salud, a quienes también nombra como herederos junto con su madre, doña Catarina de Loredo.