TESTAMENTOS

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        TESTAMENTOS

          Términos equivalentes

          TESTAMENTOS

            Términos asociados

            TESTAMENTOS

              3003 Descripción archivística resultados para TESTAMENTOS

              3003 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0136 · Unidad documental simple · 1707/10/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Palma, una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Pedro Rodríguez y Margarita González, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 50 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial; 20 pesos a la cofradía del Señor San José de esta iglesia. Declara deber 6 pesos a la mujer de Francisco Machado; manda se ajuste cuenta con Isabel de Rojas, Gaspar Rendón y Juan Rodríguez Calado. Declara debe a los herederos de Benito Rendón, José Tas, Domingo Martín, José Tiburcio Valeriano, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza y a don Juan Medrano y Avendaño. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera en la villa de Córdoba, sobre la cual está un censo de 260 pesos; un medio solar que linda con Isabel Vázquez; y una hacienda de hacer azúcar con dos suertes de tierras. Nombra a Juan Rodríguez, su nieto, y a Juan de Acosta su sobrino, albaceas testamentarios. Nombra como herederos universales de todos sus bienes a Juan Rodríguez que será de veinte años, a Francisco Rodríguez que será de diecinueve años, a Marcos Rodríguez de dieciséis años, a José Rodríguez de catorce años, a Rafaela Rodríguez de trece años, a Antonia Rodríguez de once años, a Sebastiana Rodríguez de seis años, a Bartolomé Rodríguez de tres años y a Juana Rodríguez de dos años, sus nietos legítimos, hijos de Sebastián Rodríguez y María de Pineda.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0163 · Unidad documental simple · 1712/12/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Tomás López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos; y doña Juana de Ojeda, su mujer legítima, vecina de esta villa y natural de ella, huérfana que no conoció a sus padres, estando al presente enferma en cama del cuerpo; y ambos en su libre juicio y entendimiento otorgan poder para testar “el uno al otro y el otro al otro” para que puedan hacer su testamento como se tienen comunicados. Declaran que habrá tiempo de dieciocho años que contrajeron matrimonio, dicha Juana de Ojeda trajo de caudal 2 000 pesos que le legó doña Ana de Sandoval y Velilla Blanco, mujer legítima del Capitán Nicolás Blanco y dos negritas nombradas Teodora y Antonia; por su parte don Tomás López tiene de caudal como 9 000 pesos que heredó de sus padres, que están cargados sobre la hacienda San José [Suchiatl]; durante su matrimonio han tenido por hijos a don Francisco que será de dieciséis años, a don Tomás de catorce, don Miguel de diez, don José de cuatro, don Agustín de Sagade Bugueiro de dos años y medio. Para el cumplimiento de este testamento se nombran por albaceas “el uno al otro y el otro al otro”, y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituyen por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0179 · Unidad documental simple · 1707/02/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Luis Fernández, vecino de este pueblo de San Antonio Huatusco, jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad del puerto de Santa María en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Lucas Fernández y de Jerónima de Meza, difuntos, estando enfermo en cama del cuerpo y sano de la voluntad, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda un peso a las cofradías que están en la parroquia de este pueblo, de que es hermano. Declara ser casado con Lucía de Malpica, durante su matrimonio han tenido y procreado por sus hijos legítimos a Bartolomé Fernández que será de edad de 19 años, a Juan Fernández de diecisiete, Juana Fernández de dieciséis años, José Fernández de catorce años, María Fernández de ocho, Alonso Fernández de siete, Teresa Fernández de seis y a Micaela Fernández de año y medio. Ítem declara que habrá tiempo de un año que casó a doña Juana Fernández, su hija, con Alonso de Sandoval, vecina de este pueblo, a la cual le dio de dote 400 pesos. Declara por bienes su ropa, género de una tienda [roto], diez mulas, tres casas de horcones cubiertas de zacate y un horno, una escopeta con su funda y los trastes de su casa. Y para cumplir y pagar este testamento nombra albacea a Baltazar de los Reyes su compadre y a la dicha Lucía de Malpica su mujer. Por último, nombra como universales herederos a sus hijos legítimos y como tutora y curadora de los menores a su mujer.

              ALONSO DE SANDOVAL, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0018 · Unidad documental simple · 1691/06/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana González de Belilla Blanco, natural y vecina de esta villa de Córdoba, hija legítima del Capitán Francisco González de Belilla [Velilla] y de doña Melchora de los Reyes Blanco, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada en primer matrimonio con el Capitán don Antonio Sentís [de Ojeda], difunto, durante el matrimonio procrearon por sus hijos legítimos a don Joseph [José de] Sentís, a doña Antonia Sentís, que al presente tiene doce años, y otros dos hijos que murieron en edad pupilar. También declara que al presente está casada con el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], durante este matrimonio han tenido por hijos a Fermín, que murió de edad de cuatro años y a don Lope de Yribas [Iribas] que es de seis a siete años. Señala que al tiempo cuando contrajo segundas nupcias llevó por dote y propio caudal una casa de piedra sin techo, la cual hace frente con la portería nueva del convento de San Antonio; una negra nombrada Úrsula, criolla, con sus dos hijas, de nombre Micaela y María; 1 000 pesos en reales que paraban en poder del Capitán Nicolás Blanco, su tío; trastes, muebles y menajes de su casa; un solar, que son todos los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho don Antonio de Sentís. Asimismo, expresa que llevó por dote 6 000 pesos en reales de que [hizo donación] su tío el dicho Capitán Nicolás Blanco. Por otra parte menciona que en el testamento que otorgó el Capitán Nicolás Blanco la dejó como única y universal heredera de todos sus bienes, los cuales entraron en poder del Capitán don Lope de Yribas [Iribas]. [Manda] que de sus bienes se les den a doña Margarita Gertrudis, a doña María Gabriela y a doña Antonia María González de Belilla [Velilla], menores hijas legítimas de Balthazar González de Belilla [Baltazar González de Velilla Blanco] su hermano, 500 pesos a cada uno en reales para ayuda de su estado. Manda que se le den a Cathalina [Catalina] Muñoz, 400 pesos para ayuda de su estado; al Licenciado Antonio de [Santa Marina], Presbítero, su compadre, vecino de esta villa, 100 pesos. Por otro lado señala que cuando falleció don Joseph [José] de Sentís, su hijo legítimo, le dejó encargado “le diese de limosna al convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa 100 pesos y un ornamento para el altar de Nuestra Señora de la Concepción”; por su parte ella hace donación al citado convento dos negrillos criollos nombrados Ignacio y Bernabé. Ordena se le den a “Nuestra Señora de Cosamaloapan” cuatro arrobas de cera; 2 pesos de limosna a cada una de las cofradías de esta villa; 25 pesos por cada año a la obra material de la iglesia parroquial de esta villa, durante seis años. Declara por sus bienes un trapiche de hacer azúcar nombrado San Miguel Azezenatle [Azezenatl], que es el mismo que heredó de su tío el Capitán Nicolás Blanco, con 18 caballerías de tierra, 17 suertes de caña, treinta y cuatro piezas de esclavos; por más bienes declara una casa de piedra en esta villa que sirve de convento a los religiosos del Glorioso San Antonio; esclavos que tiene en su casa, joyas de oro, perlas y plata labrada. Señala que en atención a lo bien que le ha servido la negra nombrada Úrsula, “quiero y es mi voluntad que luego que yo fallezca goce de su libertad, y que esta cláusula con pie y cabeza de este mi testamento le sirva de título de ella”. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán don Lope de Yribas [Iribas] y a Balthazar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, para que cumplan y ejecuten su testamento. Y cumplido y pagadas las mandas y legados de su testamento en el remanente que quedare de sus bienes, instituye y nombra por sus universales herederos a doña Antonia de Sentís y a don Lope de Yribas [Iribas], sus hijos legítimos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0038 · Unidad documental simple · 1691/08/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Josepha Vasquez [Josefa Vázquez], vecina de esta villa de Córdoba, viuda, mujer que fue del Alférez Nicolás Rodríguez, natural del lugar de Orizaba, hija legítima de Salvador Vasquez [Vázquez] e Isabel Sánchez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma cien misas rezadas, y cincuenta por el alma de sus padres, abuelos y de su primer marido. Declara como sus hijos legítimos y de dicho Nicolás Rodríguez a Juan Rodríguez Durán, vecino de esta villa, actual Alcalde Ordinario de ella, y a doña [Isabel] Rodríguez, mujer legítima de Francisco [de] Varrios [Barrios]. Por otra parte, señala por sus bienes la casa de su morada, hecha de piedra y madera, cubierta de teja, con 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, con su sala, recamara, patio y pozo; una negra nombrada María Cataluengo [Cata Luengo], con sus dos hijos; y una mulatilla nombrada María de la Cruz. También declara [roto] hacer azúcar que al presente es de dicho Juan Rodríguez Durán, ubicado en esta jurisdicción, “tengo 2 000 pesos cargados a censo de que me paga”. Menciona que tiene deudas con el Capitán Joseph [José] Blanco, difunto, con Juan Roballo y Pedro Trillo de Figueroa, manda se les pague. También señala que a ella le debe Antonio Gómez Cataño, Agustín de [roto], Mathias [Matías] de Herrera, Joseph [José] Ramírez, Joseph [José] de Villegas y Thomas [Tomás] Tinoco, manda se les cobre. Nombra albaceas testamentarios a Juan Rodríguez Durán y a Francisco de Barrios; y como sus universales herederos nombra a los dichos sus hijos legítimos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0067 · Unidad documental simple · 1691/11/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Isabel Rodríguez, natural y vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima de Francisco de Barrios, hija legítima del Alférez Nicolás Rodríguez y doña Josepha Vasquez [Josefa Vázquez], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena se den a las mandas forzosas y a la Casa Santa de Jerusalén 4 reales a cada una; asimismo manda se digan misas por su alma y la de sus padres [roto]. Declara por sus bienes la casa de su morada; un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de Guadalupe, el cual fundó su marido después de contraer su matrimonio; un negro llamado Mateo Gómez y una negra su mujer de nombre Magdalena de los Reyes; una mulata llamada María de la Cruz. Declara que debe a Juan Rodríguez Durán, Alcalde Ordinario de esta villa, 2 400 pesos. Nombra como albaceas testamentarios a Francisco de Barrios y a Juan Rodríguez Durán; y por sus universales herederos a Nicolás, Gertrudis, María, Joseph [José], Marina y Micaela, sus hijos legítimos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0014 · Unidad documental simple · 1692/05/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pablo Bocarando, residente en esta villa, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, hijo legítimo de Bartolomé Bocarando y María Basa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casado de primer matrimonio en dicha ciudad con Isabel Hidalgo, difunta, dentro de este matrimonio tuvieron por hijos a Bartolomé, Amaro [José], Pablo, Agustín Bocarando y a Manuela Bocarando que está casada con Tomás Xenis [Genis], que reside en el pueblo de Orizaba. Señala que a Bartolomé, Amaro y Manuela les tiene pagado sus legítimas paternas. Por otra parte señala que pasó a segundo matrimonio con Petrona Jiménez, durante el cual han tenido por hijas a María [roto] que está en edad pupilar en compañía de la dicha su madre. Declara que sus bienes, así como las personas y cantidades que debe y le deben, constan en un libro de cuentas. Y para cumplir y pagar su testamento nombra albacea testamentario a Tomás Xenis [Genis], su yerno, y a Agustín Bocarando, residente en el pueblo de Orizaba, para que entren en sus bienes y tomen posesión de ellos. Por último nombra por sus universales herederos a Amaro, Bartolomé, Manuela, Pablo, Agustín, María y Jacinta, sus hijos e hijas legítimos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0008 · Unidad documental simple · 1693/02/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Diego Quesada Guerrero, residente en esta villa de Córdoba, natural y vecino de la ciudad de los Ángeles, hijo legítimo de don Luis de Quesada y doña María Velázquez, sus padres difuntos, ordena su testamento en la forma y manera siguiente: Manda a las mandas forzosas y acostumbradas, y Casa Santa de Jerusalén un peso a cada una. Ítem se den 4 reales de limosna para la beatificación del hermano Gregorio López. Manda se digan por su alma y la de sus padres cuarenta misas rezadas. Ítem manda se den de sus bienes 6 pesos de limosna para la obra material de la santa iglesia parroquial de esta villa, y otros 6 pesos para la obra material del convento de San Antonio que se está haciendo en esta villa. Declara estar casado y velado con doña Jetrudes Coctiño Masariegos [Gertrudis Coutiño Mazariegos], vecina de la ciudad Real de Chiapa [Chiapas], donde al presente reside, durante el matrimonio no han tenido hijos. Declara por sus bienes una tienda botica con diferentes géneros de medicinas; los trastes, muebles y ropa de su vestir. Asimismo, declara por sus bienes cuatro camisas, las dos de platilla que le está haciendo María de Oses [Osses], y las dos que le está haciendo la mujer de Antonio Hernández, mayordomo de la hacienda de Juan Rodríguez Durán, vecino de esta villa, y éstas tienen las mangas de cambray. Señala que debe a Juan Mateos [Yáñez], maestro de boticario, residente en la ciudad de México, 204 pesos y 3 reales procedidos de diferentes medicinas que le dio a su crédito, para el surtimiento de dicha su botica, manda se le pague. También debe a Antonio de Nota, vecino de la ciudad Real de Chiapa [Chipas], 230 pesos, manda se le paguen; a José Landeros, vecino de Chiapa de Indios, 10 pesos manda se le paguen; a doña Gertrudis de Gatica, vecina de esta villa, lo que la susodicha dijere del arrendamiento de la casa en que vive a razón de 3 pesos cada mes. Declara que el Capitán don Lope de Yribas [Iribas] le es deudor de 80 pesos de diferentes medicinas, que gastó en su casa en la curación de siete negros sus esclavos, manda se cobre. Declara que Juan García de Miranda le es de deudor de más de 250 pesos de medicinas que le ha suplido de tres años a esta parte, manda se ajuste cuenta y se cobre. Manda que se cobre por sus bienes lo que pareciere por sus papeles deberle algunos vecinos de esta villa de medicinas. Y para cumplir y pagar su testamento nombra como sus albaceas al Alférez Juan Maldonado y al Capitán Pedro López del Castrillo, y como universal heredera instituye a doña Gertrudis Coutiño Mazariegos.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0048 · Unidad documental simple · 1693/07/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Gregorio Martínez de Solís otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan doscientas misas rezadas por las almas de aquellas personas “a quien yo pueda ser encargo”. Declara ser casado con doña Juana [de] Gatica [Aguilar], durante el matrimonio procrearon por su hija legítima a doña Águeda Martínez de Solís [Águeda María Solís Gatica y Aguilar] que será de edad de doce años. Declara que adeuda a Miguel de Mirer, vecino de la ciudad de México, 1 043 pesos y 4 reales. Nombra albacea al Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, y a la dicha doña Juan de Gatica.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0062 · Unidad documental simple · 1693/10/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa, y doña Marina Gómez Dávila, viuda, mujer que fue de Juan Rodríguez Durán, en voz y nombre del susodicho otorgan su testamento según y con las cláusulas que les comunicó que fueron de la manera siguiente: Fue su voluntad se den a las mandas forzosas y Casa Santa de Jerusalén 2 pesos a cada una; se digan por su alma ochocientas misas rezadas y otras cien misas rezadas por el alma de sus padres [roto]. También fue su voluntad se dieran 6 pesos a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa; 200 pesos de limosna para la ayuda de obra material de la santa iglesia de esta villa, y otros 200 pesos para la obra del convento del señor San Antonio. Ítem fue su voluntad se den a Josefa de Prados [Prado], Teresa de Prados [Teresa Catalina de Prado] y a Juana de Prados [Juana Gertrudis de Prado], hermanas doncellas, hijas legítimas de Miguel de Prado, 200 pesos a cada una. Ítem fue su voluntad se den a María de Barrios, de nueve años, hija legítima de Francisco de Barrios y de doña Isabel Rodríguez, hermana que fue de dicho difunto, 300 pesos y una negrita nombrada María de edad de seis años, criolla de casa. Ítem fue su voluntad se den a [roto] de Aguilar, 100 pesos, y otros 100 pesos a Inés de Aguilar, sus sobrinas doncellas, hijas legítimas de Juan de Aguilar, difunto, y de María Rodríguez [Palomino]. También mandó 200 a Beatriz, niña, hija legítima de Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa; 100 pesos a Juana Vasques [Vázquez] y otros 100 pesos a Rossa Vasquez [Rosa Vázquez], sus primas, doncellas, vecinas del pueblo de Orizaba, hijas legítimas del Alférez Joseph Vasques [Vázquez]. “Declaro que yo la dicha doña Mariana Gómez Dávila fui casada con el dicho Juan Rodríguez Durán”, durante su matrimonio procrearon por su hijo legítimo a Nicolás Rodríguez Durán, que será de edad de doce años. Declaran por bienes de dicho difunto las casas de su morada, de cal y canto; otra casa de piedra con tienda; otra casa de piedra, cubierta de teja. Asimismo, declaran por bienes de dicho difunto los esclavos varones y hembras que tenía a su servicio. Ítem declaran por bienes de dicho difunto una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada [roto] José, ubicada en jurisdicción de esta villa, sobre la cual están cargados 3 000 pesos a censo redimible a favor del convento de religiosas Carmelitas de la ciudad de los Ángeles; también sobre dicha hacienda están situados y cargados 2 000 pesos a favor de una capellanía de misas rezadas. Ítem declaran por más bienes una hacienda trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio, sobre la cual están cargadas las cantidades que se mencionan en la escritura. Por otra parte declara que dicho difunto era deudor a las personas siguiente: Capitán don Gaspar [Carlos] de Rivadeneira, don Pedro Caramur y Enríquez, la cofradía del Santísimo Sacramento, Capitán Antonio Orejón de la Lama, Juan Camaño, Pedro Trillo de Figueroa, Gertrudis [de Villegas] Guerra [roto], Diego de Rojas, Antonio [de] Villavicencio, Domingo López, doña María [Gómez] Dávila, Licenciado Joseph [José] Rodríguez de la Peña. Asimismo, declaran como deudores de dicho difunto a Alonso Gómez Dávila, Miguel Mason [Mazón], Mathias [Matías] Duarte, Esteban de Vértiz, Agustín Alfonso maestro de barbería, Balthazar Gonzales de Belilla [Baltazar González de Velilla Blanco], Miguel de Leyba, Marcos Rodríguez, Diego Dávila Barrientos, Antonio Estévez, Francisco de Barrios y Agustín de Guevara. Y para cumplir y pagar este testamento fue la voluntad de dicho difunto nombrarlos por sus albaceas testamentarios e instituyó por su universal heredero a Nicolás Rodríguez Durán.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO