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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0078 · Unidad documental simple · 1705/08/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Ibáñez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de Quichula [Quechula], hijo legítimo de Diego Ibáñez y de María de Moral, vecinos que fueron de Quichula [Quechula], dijo que por cuanto los descargos de su conciencia los tiene comunicados con Diego Ibáñez, su hijo, por tanto, en aquella vía y forma otorga que da al citado su hijo, Diego Ibáñez, el poder que se requiere para hacer su testamento bajo las cláusulas que le tiene comunicado. Declara que habrá tiempo de treinta años que contrajo matrimonio con María Díaz, durante el cual han tenido por hijos legítimos a dicho Diego, que será de edad de veintitrés años, casado con Francisca de Abrigo; Antonio, de edad de veinte años; a José Ibáñez, de dieciocho años; y a Lucas, de edad de doce. Nombra albacea y tenedor de bienes a Diego Ybañes [Ibáñez] y por sus herederos a los citados sus hijos, y como tutor y curador de los menores a María Díaz.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0023 · Unidad documental simple · 1706/03/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Bartolomé Sánchez, residente en esta villa, natural que dijo ser de la isla de la Palma una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Francisco Sánchez, que vive en dicha isla, y de Ana de Acosta, difunta, dijo que estando enfermo del cuerpo y sano de la voluntad en todo su libre juicio y buena memoria, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Manda se diga una misa por su alma en el Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan y otra en el de las Ánimas que está en la parroquia de esta villa. Declara por sus bienes unas matas de tabaco en un ranchito de que le consta a su albacea; un caballo ensillado y enfrenado; su ropa de color y blanca. Ítem, declara debe al Licenciado Juan Ortiz de Rivera, Médico, por la asistencia y medicina. Ítem declara debe a una mujer que le ha asistido en el rancho de su tabacal, manda se pague. Para cumplir y pagar su última voluntad nombra por su albacea a Luis Gómez, su amigo y compañero. Y en el remanente que quedare líquido instituye como universal heredero al citado Francisco Sánchez.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0132 · Unidad documental simple · 1706/10/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Ayala, natural del pueblo de Orizaba, vecino de esta villa, hijo legítimo de Antonio de Ayala y de María de Aguilar, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara fue casado con Nicolasa de Aguilar, difunta, natural que fue de Orizaba, durante el matrimonio tuvieron por hijos a María y Ana de Ayala. Ítem declara por sus bienes una fragua, dos yunques, [roto] machos de fierro, una sopestaña del cobre, tres moldes de paños de hacer [roto], fuelle aviado, dos cueros de timbre, tres pares de tenazas, una arroba de cobre, una clavera, una mula, dos frenos mulares, entre otros bienes. Ítem declara que le adeuda el Capitán José de Segura y Ceballos, Marcos Márquez, el Cabo escuadra Benito Caravallo, el Capitán José Tiburcio Valeriano, Pedro Tiburcio, Juan de los Santos Cubillos y el Escribano Juan Jiménez. Ítem declara debe al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Antonio Pezellín y doña Teresa de Olaso Vega. Nombra albacea a Nicolás Pezellín Vaca y Antonio Pezellín, vecinos de Orizaba, y por solo tenedor a éste último. Por último, nombra por sus albaceas testamentarios a María y Ana de Ayala.

              MANUEL GÓMEZ DÁVILA, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0134 · Unidad documental simple · 1705/06/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              [roto] de Castro, hijo legítimo de José de Castro [roto], ordena su memoria de testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con Josefa Hernández, durante su matrimonio han procreado a Sebastián de Castro, Alejandro de Castro, Manuel de Castro, Bernarda de Castro y Ana de Castro. Ítem declara debe al Capitán Juan José Fernández, Ignacio Rodríguez y a Pedro Nolasco. Ítem declara la casa de su morada y dos jacales, veinticuatro mulas, seis caballos, tres potros, tres yeguas y cuatro yuntas. Nombra como sus universales herederos a su esposa e hijos.

              PEDRO JOSÉ DE MOYA
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0075 · Unidad documental simple · 1707/06/02
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro Trillo de Figueroa, Notario del Santo y Recto Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de esta Nueva España, natural del reino de Galicia, arzobispado de Santiago en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Domingo Trillo de Figueroa y doña Inés del Corral y Figueroa, difuntos; y doña María de Pedraza, su legítima mujer, natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de [roto] de Pedraza y Ana García de Meza, difuntos, dijeron que por cuanto las cosas del descargo de su conciencia y bienes de su alma las tienen comunicadas el uno al otro y el otro al otro, por tanto, en aquella vía y forma otorgan el uno al otro y el otro al otro el poder cumplido para que puedan hacer y otorgar su testamento en la manera siguiente: Mandan a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa a cada una 10 reales de limosna de quienes son hermanos con declaración que han de asistir el día del entierro. Ítem, mandan 10 pesos a la fábrica material de la santa iglesia parroquial de esta villa y otros 10 al convento de San Antonio. Declaran que habrá tiempo de trece años que contrajeron matrimonio, que dicho Pedro Trillo de Figueroa trajo por su caudal 3 477 pesos, aunque era más cantidad, declara no quiere dañificar a la dicha doña María de Pedraza, su legítima mujer, por algunos menoscabos como consta declarado por un testamento. Y la dicha María de Pedraza trajo por su dote de limosna 600 pesos, que durante el matrimonio han tenido por hijos legítimo a Pedro que será de edad de cuatro años, a María Trillo de Figueroa de tres y a Miguel Trillo de Figueroa de ocho meses y el póstumo o póstuma de que la susodicha se encuentra en cinta. Ítem, declaran que se tienen comunicado el uno al otro se pague de sus bienes todo lo que conste por vales y escritura. Y para pagar y cumplir las mandas y legados del testamento se nombran el uno al otro y el otro al otro por albaceas testamentarios y tenedores de bienes, para que entren en ellos los vendan, y en caso de que Pedro Trillo fallezca primero nombra como sus albaceas al Capitán Juan Gómez Dávila y al Alférez Antonio Muñoz de Anaya y a la susodicha la nombra por tenedora de sus bienes. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes nombran por sus universales herederos a Pedro Joaquín, María Trillo de Figueroa, Miguel Trillo de Figueroa y al póstumo o póstuma.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0133 · Unidad documental simple · 1707/09/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo Quichula [Quechula], hija legítima del Capitán don Diego Dávila Barrientos, difunto, y de doña Margarita Jaimes Alfonso, vecina de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y enterrado en la iglesia del convento de San Antonio en la pila del agua bendita. Manda que se digan 500 misas por su alma, así como una misa rezada durante los nueves días siguientes a su entierro, entre otros cientos de misas que se mencionan en la escritura. Manda se den 100 pesos a Ángeles Jaimes Ricardo, niña que tiene en su casa; 100 pesos a doña Javiera Dávila, niña que está en su casa; 500 pesos a doña Margarita Jaimes Alfonso, su madre; 50 pesos a cada una de las hijas de su compadre don Baltazar González de Velilla Blanco; 100 pesos a su sobrina doña Micaela de Cortés; 100 pesos a su sobrina Francisca Cortés. Declara que impuso una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal y 150 de cuenta de renta cada año sobre la casa su morada a favor de su alma, en donde nombró por capellanes propietarios a don Miguel y don Rafael de Leiva, sus hijos legítimos y del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, y se nombró patrona de dicha capellanía. Declara que hace cuatro años pasó a segundas nupcias con el Capitán don Lope Antonio de Iribas, durante este matrimonio han tenido por hija legítima a Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, que será de dos años ocho meses, asimismo declara tener por hijos legítimos del primer matrimonio a don Miguel y Rafael de Leiva, a los cuales les ha hecho juicio divisorio y les corresponden 14 000 y más pesos cada uno. Nombra al Capitán don Lope Antonio de Iribas como sus albaceas y nombra a sus hijos herederos universales.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0136 · Unidad documental simple · 1707/10/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Palma, una de las de Gran Canaria, hijo legítimo de Pedro Rodríguez y Margarita González, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 50 pesos a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la iglesia parroquial; 20 pesos a la cofradía del Señor San José de esta iglesia. Declara deber 6 pesos a la mujer de Francisco Machado; manda se ajuste cuenta con Isabel de Rojas, Gaspar Rendón y Juan Rodríguez Calado. Declara debe a los herederos de Benito Rendón, José Tas, Domingo Martín, José Tiburcio Valeriano, a los bienes de Blas Francisco de Oropeza y a don Juan Medrano y Avendaño. Declara por sus bienes una casa de piedra y madera en la villa de Córdoba, sobre la cual está un censo de 260 pesos; un medio solar que linda con Isabel Vázquez; y una hacienda de hacer azúcar con dos suertes de tierras. Nombra a Juan Rodríguez, su nieto, y a Juan de Acosta su sobrino, albaceas testamentarios. Nombra como herederos universales de todos sus bienes a Juan Rodríguez que será de veinte años, a Francisco Rodríguez que será de diecinueve años, a Marcos Rodríguez de dieciséis años, a José Rodríguez de catorce años, a Rafaela Rodríguez de trece años, a Antonia Rodríguez de once años, a Sebastiana Rodríguez de seis años, a Bartolomé Rodríguez de tres años y a Juana Rodríguez de dos años, sus nietos legítimos, hijos de Sebastián Rodríguez y María de Pineda.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0163 · Unidad documental simple · 1712/12/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Tomás López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos; y doña Juana de Ojeda, su mujer legítima, vecina de esta villa y natural de ella, huérfana que no conoció a sus padres, estando al presente enferma en cama del cuerpo; y ambos en su libre juicio y entendimiento otorgan poder para testar “el uno al otro y el otro al otro” para que puedan hacer su testamento como se tienen comunicados. Declaran que habrá tiempo de dieciocho años que contrajeron matrimonio, dicha Juana de Ojeda trajo de caudal 2 000 pesos que le legó doña Ana de Sandoval y Velilla Blanco, mujer legítima del Capitán Nicolás Blanco y dos negritas nombradas Teodora y Antonia; por su parte don Tomás López tiene de caudal como 9 000 pesos que heredó de sus padres, que están cargados sobre la hacienda San José [Suchiatl]; durante su matrimonio han tenido por hijos a don Francisco que será de dieciséis años, a don Tomás de catorce, don Miguel de diez, don José de cuatro, don Agustín de Sagade Bugueiro de dos años y medio. Para el cumplimiento de este testamento se nombran por albaceas “el uno al otro y el otro al otro”, y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituyen por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0179 · Unidad documental simple · 1707/02/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Luis Fernández, vecino de este pueblo de San Antonio Huatusco, jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad del puerto de Santa María en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Lucas Fernández y de Jerónima de Meza, difuntos, estando enfermo en cama del cuerpo y sano de la voluntad, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda un peso a las cofradías que están en la parroquia de este pueblo, de que es hermano. Declara ser casado con Lucía de Malpica, durante su matrimonio han tenido y procreado por sus hijos legítimos a Bartolomé Fernández que será de edad de 19 años, a Juan Fernández de diecisiete, Juana Fernández de dieciséis años, José Fernández de catorce años, María Fernández de ocho, Alonso Fernández de siete, Teresa Fernández de seis y a Micaela Fernández de año y medio. Ítem declara que habrá tiempo de un año que casó a doña Juana Fernández, su hija, con Alonso de Sandoval, vecina de este pueblo, a la cual le dio de dote 400 pesos. Declara por bienes su ropa, género de una tienda [roto], diez mulas, tres casas de horcones cubiertas de zacate y un horno, una escopeta con su funda y los trastes de su casa. Y para cumplir y pagar este testamento nombra albacea a Baltazar de los Reyes su compadre y a la dicha Lucía de Malpica su mujer. Por último, nombra como universales herederos a sus hijos legítimos y como tutora y curadora de los menores a su mujer.

              ALONSO DE SANDOVAL, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0003 · Unidad documental simple · 1694/01/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Miguel de Leiva [Esparragosa], vecino de esta villa de Córdoba, hijo del Regidor Joseph de Leyva [Joseph de Leiva] y [Catalina] de Esparragosa, otorga poder para testar a doña Agustina Xaimez [Jaimes] Dávila Varrientos [Barrientos], su mujer; a Joseph de Leyva [José de Leiva] y Esparragosa; y a Joseph Gómez Dávila, sus hermanos, vecinos de esta villa, a quienes les tiene comunicado lo siguiente: Manda se le diga una misa cantada de cuerpo presente; a las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén manda a cada una 2 pesos. Declara estar casado con Agustina Xaimez [Jaimes] Dávila Varrientos [Barrientos], durante su matrimonio procrearon a Gabriel de Leyva [Leiva], niño de quince meses de edad. Ítem declara que al tiempo cuando contrajo matrimonio su esposa llevó de caudal 800 pesos de dote en su ropa de vestir y reales, de lo que hasta ahora él no ha otorgado recibo. Nombra por albaceas testamentarios y pagadores a Agustina Xaymes [Jaimes] Dávila Barrientos, su mujer, a Joseph de Leyva [José de Leiva] y Esparragosa, Joseph Gómez Dávila; y por su tenedora de bienes a la dicha su mujer. Por último nombra como su universal heredero a su hijo.

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO