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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0109 · Unidad documental simple · 1832/09/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Abad Iberri, nacido en la isla de Santa Rosa y bautizado en Pensacola, hijo legítimo de don José Iberri y de doña María Josefa Carrio de Miranda, de sesenta años de edad, vecino de esta ciudad, otorga poder a su hijo don Nemesio Iberri y Fonseca, vecino de esta ciudad, para que haga y ordene su testamento ante escribano. Para que declare fue casado con doña Bárbara Fonseca, la que trajo a su poder 2 000 pesos de dote y en cuyo matrimonio tuvo por sus legítimos hijos a doña Bárbara Josefa, don José Ignacio y don Nemesio, que aún viven; y a doña María Josefa, que falleció después de haber sido casada y deja por sus hijos legítimos a doña Inés y don José María Castillo Iberri; y a don Antonio María Iberri [y Fonseca], que también falleció después de haber estado casado y dejó una hija nombrada doña Ana Joaquina Iberri. Para que declare todos sus bienes raíces y muebles y para que nombre albaceas. Nombra como herederos in capite a doña Bárbara Josefa, a don José Ignacio y a don Nemesio Iberri y Fonseca; et in stirpe a doña Inés y don José María Castillo Iberri en representación de su difunta hija doña María Josefa Iberri [y Fonseca], y a doña Ana Joaquina Iberri [y Fonseca] en representación de su hijo don Antonio María Iberri.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0122 · Unidad documental simple · 1832/09/28
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan Francisco Oliva, como albacea nombrado en cédula que dictó antes de morir doña María Ignacia Herrera, solicita se declare como testamento nuncupativo dicha cédula que otorgó la susodicha el 22 de marzo de 1831, en la cual declaró haber estado casada con Mariano Jacinto Rodríguez, difunto; también, dijo tener por bienes una casa de cal y canto en la esquina y calle que nombran para Almolonga, en tierra propia; nombró como albacea a Juan Francisco Oliva y declaró por hijos a María Agustina Rodríguez, quien tiene un hijo nombrado Francisco Callejas; a María Simona Rodríguez, casada con Miguel Hernández; y a Manuel María Rodríguez, soltero, a quienes nombró herederos. Para que la cédula otorgada por doña Ignacia se declare testamento nuncupativo, Juan Francisco Oliva suplica se sirva mandar que Manuel Rueda, Miguel Hernández, José Leonardo Medina, Simón Peña, Mariano Cadena y Remigio Antonio López, testigos de cuando doña Ignacia otorgó dicha cédula, den su declaración y respondan a algunas preguntas respecto a dicha cédula, y posteriormente se protocolice en el registro del oficio público de esta ciudad. Y tras la declaración de testigos y la presentación de otras pruebas solicitadas por Mariano Rincón, Alcalde de Segunda Nominación Interino, éste declara por testamento nuncupativo la cédula que dejó doña María Ignacia Herrera y manda que estas diligencias se protocolicen en el registro público.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0030 · Unidad documental simple · 1833/02/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que por cuanto el Presbítero don Francisco de Campo le confirió poder especial para que en su nombre y después de su fallecimiento dispusiera, hiciera y otorgara su testamento conforme a lo que le tenía comunicado. Y usando de las facultades: otorga que hace y ordena su testamento en la manera siguiente: 1.º Ratifica la declaración y protesta de los misterios de fe católica; así mismo, declara que el Presbítero murió el día 4 de agosto de 1832 y sepultado al siguiente día, en el cementerio general de esta ciudad. Declara que le dejó una lista de sus créditos activos y pasivos; así como, la encomienda de celebración de misas que agregará por separado a este testamento. Expresa que le comunicó que sus bienes consisten: en una casa situada en la calle del hospital de mujeres de esta ciudad, gravada en 1 000 pesos que reconoce al convento de Santa Clara de Puebla, 300 a favor de la cofradía del Carmen de esta parroquia y ciento a favor del Santo Excelentísimo también de esta parroquia y que de los réditos vencidos y no satisfechos dará noticia en la cuenta de albaceazgo. Ítem, declara que dicho finado quiso se nombrase su albacea.

              JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0092 · Unidad documental simple · 1833/07/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Ana Ladrón de Guevara, originaria de Naolinco, hija legitima de don José Rafael Ladrón de Guevara y de doña María Rita Barradas, otorga que da poder a don Matías Martínez de Espinosa y por falta de éste a su hijo don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, para que después de su fallecimiento proceda cada uno en su caso a la extensión de su testamento, con arreglo a los comunicados que les tiene hechos y las cláusulas siguientes: 1.ª Declara que no ha sido casada y que no tiene herederos forzosos ascendientes ni descendientes. Nombra por su albacea a los mismos don Matías Martínez de Espinosa y su hijo don Juan, dándole como les da todo el poder y facultad para que procedan a la recaudación y cobranza de todos sus bienes y a su distribución, según como lo ordena en este poder. Asimismo, los nombra por sus herederos a don Matías y su hijo Juan. Finalmente revoca, anula y da por ningún valor todos los testamentos, codicilos, poderes y/o ultimas disposiciones que antes de esta haya hecho por escrito o de palabra.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0127 · Unidad documental simple · 1833/10/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Matías Martínez de Espinosa, originario de los Reinos de Castilla y vecino en esta ciudad hace muchos años, hijo de don Luis Martínez de Espinosa y de doña Manuela Mora, ya difuntos; otorga y ordena su testamento en la manera siguiente: En el que declara que fue casado con doña Rosa María Franceschi y Castro, la cual ya es difunta y de este matrimonio tuvieron cinco hijos que son: doña María Dolores, doña María Josefa, doña Ramona, don Juan, y don José Pablo [Martínez de Espinosa y Franceschi]. Declara que la casa que habita, es de la pertenencia de su citada consorte y de los referidos hijos. Expresó que cuando se casó contaba con un capital en la tienda que tenía a partido; pero en razón, de que los asuntos de la testamentaria de sus padres políticos don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro se fueron enredando y hubo que dar muchos pasos hasta haberse celebrado una transacción, y no quiso hacer mérito del caudal suyo en obvio de mayores disgustos con sus coherederos, como tampoco lo hizo en la liquidación de cuentas que hubo de practicarse por lo referido a la misma tienda para haberles requerido lo que justamente era suyo. Pues que mediante a que por la transacción le quedaron asignados 8 500 pesos y algunas otras acciones que constan en los documentos insertos en el testimonio referido, por lo cual, se da por contento con todo ello. Y como dueño de esas acciones y que debe trasmitirlas a sus hijos, se las deja para que hagan uso de ellas, como lo tiene instruido especialmente a sus albaceas. Declara que en cuanto a los comunicados reservados que quedaron a su cargo por el fallecimiento de sus padres políticos, los tiene comunicados a sus albaceas para que se cumpla todo. Nombra por sus únicos y universales herederos a sus cinco hijos. Y por albacea a sus hijos: doña María Dolores, doña María Josefa y don Juan, para que después de su fallecimiento procedan a la recaudación de sus bienes. Finalmente, revoca, anula y da por ningún valor todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y cualquier otra disposición que antes de esta haya hecho u otorgado de palabra o por escrito para que no valgan.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0161 · Unidad documental simple · 1833/11/23
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Manuela de Acosta, originaria de esta ciudad de Xalapa, vecina de la hacienda de Tenampa, doctrina de Naolinco y presente en esta ciudad, hija de don Manuel de Acosta y de doña Juana Viveros, difuntos; otorga poder a don José María Rodríguez Roa, de esta vecindad, para que en su nombre formalice y ordene su testamento, haciendo en él las declaraciones, donaciones, imposiciones, fundaciones, remisiones de deudas, mandas, legados piadosos, forzosos y graciosos, con todas las demás cosas, arreglándose a los comunicados que le tiene hecho y que en lo sucesivo le hiciere por escrito o de palabra. Para todo lo cual, le confiere poder para testar con libre, franca y general administración y facultad para reproduzca las clausulas siguientes: En el que declare que no tiene herederos forzosos ascendientes ni descendientes, pues se ha mantenido en estado honesto, fuera de matrimonio. Que se nombre, como lo nombra ella, a su poderdante por su albacea. Finalmente revoca, anula y da por ningún valor todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y otras últimas disposiciones que antes de esta haya hecho u otorgado por escrito o de palabra.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0056 · Unidad documental simple · 1825/04/11
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Juana Manuela de Alba, natural y vecina de esta villa, viuda de don José Miguel de Iriarte [y Lezeta], hija de don Alonso de Alba y de doña Ignacia Montañés de la Cueva, difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: Declara que es viuda de don José Miguel de Iriarte, de cuyo matrimonio le quedaron tres hijos mayores de edad. Declara los siguientes bienes: la casa de su habitación afecta a 3 000 pesos de principal y algunos réditos que se adeudan. La parte que le corresponde en otra casita, que fue de sus padres, ubicada en el callejón frente al Beaterio. La cantidad de 10 516 pesos, 3 y 1 cuartilla reales con sus réditos, de su haber paterno, los cuales recibió su marido e invirtió en su hacienda de Pacho, entre otros bienes que se mencionan en el acta. Es su voluntad que, del quinto de sus bienes, la mitad de ellos se inviertan en bienes y sufragios para su alma y la otra mitad, encarga a su albacea, los imponga y se acuda mensualmente con sus rendimientos a sus nietecitos Juana y Guadalupe Cobos e Iriarte. Finalmente nombra por albacea a su hijo José Miguel de Iriarte y Alba. Y por únicos y universales herederos a sus tres hijos.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0123 · Unidad documental simple · 1825/08/30
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Josefa Antonia de Orta, natural de la Nueva Veracruz, de estado doncella, hija de don Bernardo de Orta y de doña María Asunción Arroyo, ambos difuntos, otorga y ordena su testamento en la siguiente manera: Declara por bienes la casa de su habitación y dos de ellas en Veracruz, una de estas deteriorada por los fuegos del Castillo, las que están pro indivisas con su hermano el presbítero don Juan de Dios, como bienes de sus padres, y 600 pesos tiene impuestos sobre una de estas. También como bienes ropa, alhajas, muebles, ajuar y es su voluntad que esto se venda y con lo producido se invierta en bienes y sufragios a beneficio de su alma. Nombra por albaceas a su hermano don Juan de Dios de Orta y a don Lino Carasa Jiménez, de este comercio y vecindad, y por su falta a su hijo don Juan Francisco Carasa, asimismo, de esta vecindad. Y en atención a no tener heredero forzoso ascendiente ni descendiente, nombra por único y universal heredero a su hermano el presbítero don Juan de Dios de Orta.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0157 · Unidad documental simple · 1825/10/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María de Casas, vecino del pueblo de Naolinco, dijo que el seis del corriente mes, otorgó su testamento y ahora por vía de codicilo, le conviene hacer las siguientes aclaraciones y aumentos del mismo. Dijo que al presbítero don José Ladrón de Guevara, cura del pueblo de Xilotepec [Jilotepec], le entregó ya hace mucho tiempo 47 marcos de plata vieja, con la finalidad de mandar a hacer seis candeleros grandes o blandones para la cofradía y uso del Santísimo de la parroquia de Naolinco, encarga a sus albaceas activen y cumplan su intención. Declara que el ganado vacuno y yeguar lo tiene entregado, a su hijo menor don José Joaquín de Casas por el precio de 600 pesos, que se tendrá presente para su descuento y así el aumento en valor y procreación que en adelante haya tenido o lo mismo si ha desmerecido, será por su cuenta particular y sobre el cual nada tendrán que hacer sus albaceas por no pertenecerle ya. También es su voluntad que la parte que tiene en las 4 caballerías de tierra le hace mejora de lo que así fuere a su otro hijo y albacea, Antonio María de Casas, lo que se tendrá presente para la deducción debida en la parte de que puede disponer en mejora a sus legítimos hijos, lo cual se entienda como en retribución de los buenos servicios que le han hecho y le están haciendo a su penosa y dilatada enfermedad. Y todo lo cual con el dicho testamento desea que se guarde y cumpla por su última voluntad.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0191 · Unidad documental simple · 1825/12/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel López Bueno, natural de la Nueva Veracruz, hijo de otro don Manuel López Bueno y de doña María Méndez Granda, ambos difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña Josefa Paula Moya, siendo de estado viuda, la que trajo a este matrimonio unos 800 pesos y él tendría unos 18 000 valor a que ascienden sus casas, afectas a 7 000 de principales diferentes, cuyos apuntes de dichas hipotecas están en poder de don Pedro Antonio del Paso y Troncoso y de cuyo matrimonio no tiene hijo alguno. Declara como bienes las fincas dichas, de que tienen conocimientos sus albaceas, ubicadas en la Nueva Veracruz, las que han sufrido desgaste por las hostilidades del Castillo de Ulúa, quedando en estado ruinoso y agregado el retraso de premios de los capitales indicados, le hacen presumir el atraso de sus haberes. Además, declara que están afectas a un legado de su padre de 800 pesos, la mitad de ellos para invertirlos en limosnas a pobres de aquella ciudad y la otra para misas de las Almas del Purgatorio, que encarga a sus albaceas que lo cumplan, de toda preferencia ya que no le ha sido posible verificarlo. Nombra por sus albaceas a la citada doña Josefa Paula Moya, su esposa, y a don Pedro Antonio del Paso y Troncoso, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz. Y en atención a no tener heredero forzoso, ascendiente ni descendientes, su voluntad es que den al erario nacional 3 000 pesos para sus gastos y urgencia y el resto lo herede su esposa.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO