Don Juan Francisco de Bárcena de esta vecindad, albacea testamentario de doña María Antonia Josefa Fuentes, dijo que por fallecimiento de ésta, quedó una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la segunda cuadra de la calle de Santiago, con la cual hace su frente al norte lindando por el costado del oriente con casa que poseyó el finado don José Elías López, por el costado de poniente con casa que hoy es del presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, y por el sur, que es la espalda con el río nombrado de Santiago. Sobre cuyo fundo, mandó esa testadora se impusiesen 443 pesos para los objetos que expresa la siguiente cláusula tercera del testamento: que doña Manuela Varela reconoce sobre su casa de la calle de los Ingenios, cita en esta ciudad 450 pesos que recibió su padre don Antonio Varela, impuestos por don Juan de Bárcena para que con sus réditos a razón de un 5 por ciento anual se apliquen al costo de aceite de la lámpara del Santísimo Sacramento en el templo del Señor San José de esta misma ciudad, o en el caso de faltar depósito en ese templo se aplicasen al sustento de los pobres de esta cárcel, más que en el caso de que se estableciese en esta ciudad Casa de Recogidas, quedasen destinados dichos réditos para la mantención y alimentos de las mujeres que en esa casa se encerrasen, como consta en escritura otorgada en esta misma ciudad a 15 de septiembre de 1812 ante el escribano don Juan Francisco Cardeña. Que estando en la disposición doña Manuela Varela de redimir dicho capital, por lo pronto paga 200 pesos, y más adelante pagará los otros 250 pesos restantes. Conviniendo el señor cura vicario foráneo de esta ciudad presbítero don José Francisco Campomanes como rector de la obra pía, en que el comparente reciba ese capital, para imponerlo sobre la casa deslindada. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que se da por entregado de los citados 450, bajo las circunstancias antes explicadas, e impone y sitúa sobre la repetida casa, para que se reconozca en favor de la imposición referida, con obligación de satisfacer los réditos respectivos a razón de 5 por ciento anuales, para lo cual hipoteca la casa deslindada que asegura hallarse libre, tal como la dejó la señora Fuentes para que reportase la imposición de que habla la citada cláusula tercera de su testamento, y para que deducidos los réditos que deben satisfacerse se destine el remanente de sus arrendamientos a una misa rezada cada mes y al culto del divinísimo Señor Sacramentado del convento de San Francisco, o al Beaterio y Hospital de Mujeres de esta ciudad, si llegase a faltar depósito en San Francisco.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOTESTAMENTOS
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Doña Bárbara Celsa Pensado y Navarrete, hija de don Juan Antonio Pérez Pensado y de doña María Gertrudis Navarrete, difuntos, originaria de esta ciudad, ordena su testamento en la forma siguiente: declara es casada y no tiene sucesores con don José Ignacio Hernández, quien no llevó capital alguno al matrimonio, y ella contaba con 545 pesos que le tocaron por herencia en los bienes de sus padres, y 96 pesos 7 reales y 1 octavo que le tocaron igualmente por herencia de sus hermanas doña María Manuela y doña Antonia [Pensado y Navarrete], que suman ambas partidas 641 pesos 7 reales y 1 octavo, mismos que ella tenía en valor del rancho nombrado ingenio Viejo o de las Ánimas, que se les adjudicó a ella y a sus hermanas doña Juana y doña Micaela [Pensado y Navarrete]. Declara que el rancho y otras negociaciones de comercio que se han establecido en esta ciudad, han sido giradas en compañía entre sus hermanas doña Juana, Micaela y ella, cuya compañía liquidaron en principios del presente año, de esa liquidación y bienes paternos le correspondieron 1 601 pesos 6 reales y 3 octavo incluyéndose en esta suma 424 pesos en deuda cobrables e incobrables, habiéndose entregado por sus socios 1 276 pesos 4 reales 3 cuartillas en efectos y algunas deudas, como consta en documento, quedando todavía en poder de sus socias los 96 pesos 7 reales y un octavo, que debe haber por la herencia de sus otras dos hermanas doña María Manuela y doña Antonia, más lo que se cobre de los 324 pesos y 7 reales de las deudas que están en el cumulo de las de la compañía. Señala que los mil y tanto que recibió en efectos de la disuelta compañía, ella y su consorte pusieron un establecimiento de tienda mestiza en esta ciudad, en la calle Principal. Manda que de sus bienes se consignen 400 pesos por vía de legado al mencionado consorte don José Ignacio Hernández. Asimismo, manda se impongan 100 pesos en fondo idóneo, para que con sus réditos de 5 por ciento anuales, se inviertan en misas por su alma que celebrará el presbítero don Narciso de Olartegoechea y Acosta, mientras viva, o en su lugar el ministro que sirva en el templo del señor San José de esta ciudad, y por su falta, el sacerdote más pobre que halla en esta población. También manda otros 100 pesos para reparación de la capilla del referido rancho del ingenio Viejo o de las Ánimas. Manda se den 100 pesos a su hermana doña Micaela. Menciona tiene dos vacas, una de ellas se consignará a su suegra doña María Ascención Carmona, y la otra es para sus huérfanos Juan y Francisca, mismos que deja bajo la tutela de sus hermanas doña Juana y doña Juana Francisca Pensado. Declara tiene un nacimiento con todos sus adornos, de los que manda que la imagen de San José, la virgen y el niño con sus nichos se den a su hermana doña Juana, y todo lo demás de dicho nacimiento a su hermana Micaela. Manda que la peineta y aretes blancos se den a su comadre Isabel, esposa de su hermano Mariano Pantaleón. Ordena se paguen las deudas que ella tenga con la cofradía del Divinísimo. Manda que de lo que se cobre de las deudas que tiene de la compañía girada con sus hermanas doña Juana y doña Micaela, se consignen 100 pesos para su huérfano Juan, que se le entregaran para cuando esté habilitado por derecho, por lo mientras se invertirán en su educación. Del remanente que quedase de sus bienes, por no tener herederos forzosos, manda se le den 100 pesos a su ahijada y sobrina Florencia Pensado, y se aplique el resto a su sobrino y ahijado Rafael Pensado, hijo de su hermano José Manuel Florencio [Pensado y Navarrte] y de doña Josefa Barrios. Nombra por sus albaceas a su esposo don José Ignacio Hernández, y a su hermano Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl presente escribano certifica, que doña Micaela Torres, compareció ante él, presentándole un pliego cerrado con su cubierta, en el que la dicha Micaela otorga su testamento con fecha de hoy, declarando quiere que su testamento permanezca cerrado, para que después de su fallecimiento se abra y publique en la forma legal, revocando todos los testamentos, codicilios, poderes y últimas disposiciones que antes de ésta haya hecho. Así lo firmó, siendo testigos los ciudadanos Pascual Campomanes, Pascual Caballero Ortiz de Zárate, Félix Lucido, Ángel Benítez, Joaquín Guevara, Manuel Cosa y José María Valero.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Asunción Cisneros, originaria de México y vecina en esta ciudad, hija de don José Cisneros y de doña María Gertrudis Sotomayor, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: ordena las mandas forzosas y acostumbradas. Declara fue casada en primeras nupcias con Francisco Rica, y después de su muerte, contrajo segundo matrimonio con Juan Bautista Brugada, con ambos no hubo prole. Señala que cuando se casó con Rica, ambos no tenían capital alguno, y a la muerte de éste disfrutaban una casa en esta ciudad en la esquina de los callejones de Flores y del Diamante con establecimiento en ella de posada y fonda, de cuyos bienes él la nombró heredera y albacea en el testamento que otorgó el 21 de julio de 1808. Declara que cuando pasó a segundo matrimonio, Brugado no poseía intereses algunos. Al presente posee por bienes la citada casa, y otra casita ubicada a la calle tercera principal con su frente al norte, además de sus muebles, imágenes, ropa y adornos de casa. Señala, que don José María Herrera le debe 500 pesos, y en el concurso de Zuluaga, en Cádiz hay un crédito a su favor, que manda se recauden. Ordena, que en los días de su novenario se distribuyan 45 pesos a pobres necesitados que elija su albacea. Asimismo, manda que, a la cantidad anterior, se le sumen otros 100 para que igual se distribuyan entre los pobres, a discreción también de su albacea. Ordena se den 100 pesos a la escuela de la parroquia de esta ciudad. Declara que en su casa hubo un huérfano nombrado Domingo, con apellido de su primer consorte, quien se separó de su casa e ignora su ubicación, pero en caso de que aparezca y tuviera necesidad de alguna cosa, manda se le socorra según lo decida su albacea. Ordena que las imágenes y adornos se distribuyan entre la escuela de la parroquia, doña MaríaTeófila Camacho y Reyes, don Eligio Nepomuceno Camacho y Reyes, doña María Josefa Mora y sus hermanas, doña Juliana Plata y sus hermanas, y la criada que fuere al momento de su fallecimiento. Manda que sus libros, con arreglo de una lista que dejará y la ropa y demás trastes se apliquen a las personas que le asistan en su última enfermedad. Declara, que habiendo decaído el establecimiento que le abastecía su sustento, tuvo que quitarlo por la calamidad de los tiempos, por lo que debido a la falta de recursos don Dionisio Luis Camacho y Reyes le ha estado franqueado cuanto necesita, y le ha ministrado hasta el momento 400 pesos y le prometió continuar beneficiándola hasta su fallecimiento, por tal motivo, ordena que la casa actualmente habita, quede exclusivamente destinada para que con su producto en venta se le cubra lo que le ha ministrado y siga ministrado, y también se ocupe para las urgencias. En caso de que con la venta de la mencionada casa no alcance la cantidad que fuere, se tomará dinero a rédito sobre la casa grande para completar el pago al dicho Camacho la cantidad que le debiere como para cubrir los legados que deja establecidos, mandas y demás. Nombra por su heredero a don Dionisio Luis Camacho, y en caso de que éste fallezca antes que él, nombraría a sus hijos. Nombra por su albacea testamentario al dicho don Dionisio Camacho, y por su falta a sus hijos don Eligio Nepomuceno, don Dionisio Luis, don Carlos Luis, don José María Doroteo, doña María Teófila y doña Juliana, para que se vayan sustituyendo uno a otro por el orden a sus edades.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODoña María Josefa Barradas, originaria de esta ciudad, hija de don Francisco Barradas y doña Juana Hernández, difuntos, ordena su testamento en la forma siguiente: manda ser sepultada en la manera que disponga su albacea. Declara es viuda de don Domingo González, de quien le quedó un hijo que hoy tiene 25 años, nombrado José Mariano. Señala que ambos no llevaron bienes algunos al matrimonio. Declara por únicos bienes, la tercera parte de la casa que habita, situada frente al aguaje de Techacapa. Nombra por heredero, a su hijo José Mariano González y Barradas, y por albacea y tenedora de sus bienes, a su hermana doña María Margarita Barradas, viuda.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOJosé Antonio Flores, natural y vecino de Amozoc, en el Departamento de Puebla, como de treinta y ocho años de edad, hijo legítimo de José Flores Jiménez y de María Matea Gómez, difunto el primero y residente la segunda en Amozoc, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara fue casado con María Francisca Torija, difunta, de cuyo matrimonio procrearon a María Guadalupe, de quince años; María de la Encarnación, como de catorce; María Antonia, como de diez; María Bartola, como de nueve; María Soledad, como de siete; y María Catarina, como de seis. Declara por bienes una casa situada en Amozoc, de adobe revocado y cubierta de madera y azotea; un caballo ensillado y ocho burros aparejados que han bajado a Veracruz por carga, al cuidado de Sebastián Valiente, entre otros bienes. Nombra albacea, tutora y curadora de sus menores hijos a su madre, María Matea Gómez. Nombra herederas a sus seis hijas.
JUAN JOSÉ VILLA, JUEZ RECEPTORMaría Margarita González de Ortega, natural de pueblo de Cotasta [Cotaxtla], de este departamento, y vecina de esta ciudad desde su infancia, hija de don Gregorio González de Ortega y de doña María Antonia Teodora Acosta, sus padres difuntos, de cuarenta y cinco años de edad; otorga su testamento en la siguiente manera: Declara que después del fallecimiento de sus padres ha permanecido en estado doncella, al lado de sus tíos, don José Joaquín [González de Ortega] y María Gertrudis y doña Mariana Dolores González de Ortega, ayudándoles con su trabajo personal, hasta que fueron falleciendo uno por uno, primero fue María Gertrudis sin testamento y sin sucesión, después Mariana Dolores bajo poder que otorgó para testar en favor del citado su tío y su hermano don José Joaquín, a quién instituyó por su albacea y heredero. Y el último en fallecer fue su tío, don José Joaquín, también sin testamento y sucesión a pesar de haber sido casado con la señora doña María Manuela Suárez de Ortega, con quién se ha mantenido trabajando para ganar el sustento de ambas. Manifiesta que por el fallecimiento de sus citados tíos quedó una casa de altos y bajos, muy deteriorada, situada en la segunda cuadra de la calle de la Amargura con el frente al poniente, en cuyos bajos ha vivido con su citada tía política, doña Manuela Suárez. Dicha casa, dijo, le corresponde por herencia de sus finados tíos y es la misma que está gravada desde el año de 1805 con 462 pesos y sus premios que no se han satisfecho por las continuas enfermedades y miserias con que fue afligida esta familia, cuya deuda será satisfecha con el valor de la misma finca hipotecada. Nombra por albacea y universal heredero a don Manuel Patiño, de esta vecindad.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINOProtocolización del testamento de Rafael Lozano, otorgado el primero de agosto del presente año en el pueblo de Coatepec, ante el ciudadano Cosme Rebolledo, juez de paz de dicho pueblo. En cuyo testamento Rafael Lozano declara ser natural de Zamora y a más de veinte años vecino de la hacienda de Mahuixtlán. Declara ser soltero, mayor de veinticinco años, hijo legítimo de Tomás Lozano, difunto, y de María Nicolasa Vargas, de la cual no sabe si existe por no tener noticias de ella. Declara tener un hijo natural que se llama José Maximiliano, habido en María Juliana, viuda, el cual es menor de edad. Declara por bienes dos yuntas de bueyes aperadas, un caballo ensillado y enfrenado, una mula aparejada, una vaca, 30 cargas de maíz desgranado, el tabaco que han producido quince mil matas, entre otros bienes. Nombra como heredero universal a su hijo. Ordena que de sus bienes se saque el tercio y el quinto para que si existiera su madre se le entregue. Nombra como tutor de su hijo a don Francisco Fernández y Agudo, vecino de Xalapa. Nombra como albacea testamentario al presbítero don Mateo Rebolledo.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINODoña Piedad Due, natural y vecina de esta ciudad, hija de don Gerardo Due, difunto, y de doña Nicolasa García, otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casada con don José María Suárez, que falleció hace dos años y de cuyo matrimonio procrearon a doña María del Carmen Suárez Due, de ocho años de edad. Que cuando contrajo matrimonio no llevó a éste dote ni caudal alguno y su finado esposo tenía la negociación del Plan de Río y como a los tres años de casados quedó la negociación por su cuenta. Declara que su esposo falleció intestado, por lo que se siguieron autos en el juzgado de primera nominación de esta ciudad, habiéndose nombrado a la otorgante albacea dativa de Suárez y tutora de su hija, cuyos autos han terminado resultando a favor suyo 1 600 pesos y a su hija como heredera de su padre. Expresa que en el testamento que otorgó en esta ciudad el 20 de septiembre de 1837 y el codicilo del 23 del mismo mes y año, dijo que don Juan Nogueira, le había prestado cuanto había necesitado, por lo que dispuso que se le pagase, sin que procediese más requisito que un simple dicho, y que por lo mismo no le debe ni un maravedí. Declara que con su ex apoderado, don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, tiene pendiente un juicio de cuentas ante el señor Alcalde primero de esta ciudad, el cual sigue a su nombre su apoderado actual don Félix Lucido, a quién le tiene dadas las instrucciones necesarias para que gestione lo conducente. Declara que por fallecimiento de su esposo ha continuado con el arrendamiento de la expresada venta del Plan del Río y para su manejo tiene también dadas las instrucciones a su apoderado. Finalmente nombra por albacea a don José Antonio Due y por única y universal heredera a la expresada doña María del Carmen Suárez y Due.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Ignacio Grajales, de treinta y cinco años de edad, natural de la ciudad de Puebla, vecino de esta desde hace veintiún años, hijo de don José Manuel Grajales y de doña Ana María Espino, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: es su voluntad ser sepultado en el cementerio general de esta ciudad, sin pompa alguna. Señala que el día primero de marzo de 1838, contrajo matrimonio con doña María Demetria Acosta, y procrearon a José Rafael Teófilo Julián. Cuando contrajo matrimonio tenía de principal en una tienda que existe en la esquina de la calle de San Francisco de Paula, la cantidad de 1 600 pesos, que han disminuido por los gastos de su enfermedad, y su esposa no llevó al matrimonio dote ni caudal alguno. Señala que por los libros y cuadernos de la citada tienda constarán las cuentas activas y pasivas. Manda que sacados del quinto de sus bienes los gastos del funeral, misas y demás que deba, el resto se aplique a sus hijos. Nombra por su albacea, tutor y curador a don José María Grajales. Nombra por su heredero a su hijo José Rafael Teófilo Julián.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO