Doña Josefa María, doña Antonia Donaciana y doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, vecinas de esta villa, la segunda de estado honesta y la primera y última casadas respectivamente con don José Antonio de la Peña y don Fernando de Cubas, de este comercio y vecindad, éstas con la correspondiente licencia; otorgan poder especial al citado don José Antonio de la Peña, para que en su representación, como hermanas maternas y partes más cercanas del finado don Isidro José Posadas, vecino que fue de esta villa, donde falleció abintestato y sin sucesión el día 30 de agosto pasado, para que se les declare por únicas herederas.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOTESTAMENTARIAS
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El licenciado don Ramón Ruiz, abogado de los Tribunales de la Federación, vecino de esta villa, dijo que doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, natural y vecina que fue de esta villa, falleció el 16 de marzo próximo pasado, bajo testamento y codicilo, constando el primero en la cláusula quinta lo siguiente: Declara que la casa situada en la calle de la Amargura frente a la puerta del costado de esta iglesia parroquial que fue de la pertenencia del cura don Alonso José Gatica solo es poseedora de los usufructos de ella durante sus días, pues después de éstos, ha de pasar en propiedad de la cofradía del Santísimo Sacramento de dicha parroquia. Y en el codicilo, sólo se da el nombramiento de albacea que hizo en el presente otorgante, el cual lo tiene aceptado. Por lo que, cumpliendo con la disposición de la testadora, otorga por el presente que hace formal entrega de la casa relacionada en favor de la mencionada cofradía del Santísimo Sacramento de esta parroquia, en persona del rector de ella, cura interino, doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, y al mayordomo que hoy es de ella, para que, desde el día del fallecimiento de la Noriega, disfrute y posea sus usufructos. Cuya casa está en la primera cuadra de la calle de la Amargura, con la parte de su frente en la cuadrilla que mira al oriente, y del otro lado el costado de la misma iglesia; por su fondo al poniente linda con el de casa que hoy pertenece al licenciado don José María Serrano, del comercio de Veracruz; por el costado del norte, con el de casa baja de don Juan Lucas de Olavarrieta y por el sur con el de otra de José Ignacio Sánchez.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALDoña María de los Ángeles Peredo, viuda de don José Vicente de las Casas, albacea del mismo en primer lugar, otorga que como tal albacea da su poder general al señor Licenciado don Sebastián Camacho, para que a nombre de la comparente gestione en todos los asuntos relativos a las testamentarías de dicho finado, demandando a los deudores y a todas las personas contra quien haya acción por cualquier título o causa sea la que fuere, celebrando conciliaciones o formalizando sus demandas. Para que pueda concertar y transigir las diferencias que ocurran y para que la defienda a la referida testamentaría en todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Josefa Aquilina de Fernández, viuda de don Joaquín Fernández del Campo, otorga poder a don Andrés Farías de esta vecindad, para que a nombre de la comparente y representando su propia persona gestione cuanto sea necesario y conducente en la testamentaría de dicho finado Fernández lo respectivo a lo que le corresponda recibir, demandando y percibiéndolo; y últimamente practique y promueva cuantos agencias y diligencias jurídicas o extrajudiciales conducentes a la conclusión de dicha testamentaria.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Teniente Coronel don Juan José Ortega y Moya, presente en este suelo, como albacea y único heredero de su finada esposa doña Micaela Josefa Gavito y como accionista a la testamentaria del finado Presbítero don Francisco de Campo, a virtud de la cesión y renuncia que a favor del compareciente ha hecho el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ullloa del albaceazgo del nominado finado señor Campo; otorga poder al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en su nombre y representando su propia persona y los derechos y acciones que le corresponden por la referida investidura, promueva cuanto conduzca a la organización y conclusión de dicha testamentaria del finado Presbítero Campo, asimismo, para que se le reintegre al compareciente el haber que le pertenece; y si fuese necesario entablar juicio, pueda parecer en todos los tribunales eclesiásticos y seculares, superiores e inferiores que importe.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Luis García Teruel, hacendado en este cantón, dijo que en los autos de la testamentaria de doña Dolores Ortega de Muñoz, está nombrado como curador ad litem de los menores doña Ana Josefa y don Fernando Gómez Muñoz y Ortega, hijos de dicha finada, y que no siéndole posible radicar en esta ciudad ni estar viniendo para las gestiones que se ofrezcan, otorga poder al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en su nombre como tal curador gestione en la referida testamentaria todo lo conducente y con arreglo al discernimiento que obra en los autos que giran en el juzgado de segunda nominación de esta ciudad, haciendo todas sus veces en el asunto de los indicados menores pues con ese fin sustituye en dicho apoderado la curaduría. Asimismo, otorga poder para que en cuantos negocios se le ofrezcan en esta ciudad pueda representarle judicial o extrajudicialmente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Luis Velasco Quiroz, de esta vecindad, tutor y curador ad bona de los menores don Pedro Pablo, Joaquina de Jesús y Francisco de Paula Vélez y Gallardo, hijos del finado don Pedro Pablo Vélez, otorga poder general a don Jorge de la Serna, residente en la ciudad de Veracruz, para que a nombre del comparente y representando su propia persona como tal tutor y curador, promueva todo lo conducente a poner en giro la testamentaría del dicho finado, haciendo que se formalice la descripción de los bienes.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl señor presbítero don Francisco Antonio Gil, cura párroco de la doctrina de Actopan y presente en este suelo, dijo que don Antonio Gutiérrez del Pozo en el testamento bajo que falleció lo nombró para tutor de sus hijas doña Romana y doña Donaciana Gutiérrez del Pozo y Gil, pero no pudiendo pasar personalmente al pueblo de Misantla, que es donde debe radicarse la testamentaría de dicho finado, para desempeñar las funciones de su encargo, ha resuelto facultar a una persona que lo verifique, y reduciéndolo a efecto, por el presente en el modo más oportuno, otorga que da todo su poder cumplido a don Ignacio María Cardeña, vecino del expresado pueblo de Misantla, para que a nombre del comparente y representando su persona acepte el cargo de tutor de la menores y afiance como corresponde. Asimismo, se lo confiere general para que pueda gestionar todo lo conducente a poner en giro la testamentaría del referido finado don Antonio Gutiérrez del Pozo.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Rosario Garrez de Ibáñez, residente en esta ciudad, viuda de don Martín Ibáñez, dijo que su finado esposo en el testamento que otorgó en la ciudad de Veracruz nombró por sus albaceas a la relacionante y a don José María Pasquel, y que por no poder residir la comparente en Veracruz le dio poder a su coalbacea, más que las muchas atenciones de dicho señor Pasquel no le han permitido desde luego dar todo lleno a la testamentaría, por lo cual la nominada doña Rosario Garrez otorga que revoca el poder mencionado y lo confiere ahora general a don José Rafael Carrillo, vecino de la misma ciudad de Veracruz, para que a nombre de la comparente como tal viuda y albacea de su nominado difunto esposo gestione lo conducente al arreglo y conclusión de la testamentaría.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl presbítero don Pedro María Rodríguez, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta villa de Xalapa, albacea en segundo lugar del finado don Francisco Barreiro y Mier, promotor fiscal que fue en la citada ciudad, y hoy ocupando el primer lugar en razón al fallecimiento de don Melchor de Ajuria, que lo servía a virtud de testamento; por la presente otorga poder especial a don Manuel Joaquín de Posada, vecino de la Nueva Veracruz, para que en su representación practique cuentas, operaciones, actos y diligencia que convengan a la conclusión del inventario y descripción de los bienes de Barreiro, apoderándose de todo lo que resulte y descubriendo todos los demás que le pertenezcan a la testamentaria de su cargo.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO