Alonso Carrión de las Cassa [Casas], vecino y labrador de la provincia de Tepeaca al pago de Nopaluca, declara que cuando contrajo matrimonio con doña Ángela Estévez del Posso [Pozo], doncella, hija legítima del Capitán Cristóbal Fres de Herrera, difunto, vecino que fue de San Juan Coscomatepec, y de María Estévez del Pozo; el Licenciado Diego Peláez Sánchez, Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico, Comisario del Santo Tribunal, tío de la susodicha, le mandó por dote los pesos y géneros que se mencionan en la escritura, los cuales suman 1 218 pesos, por lo que otorga que se da por entregado. Asimismo, señala que además de dichos géneros y reales se agregaron 6 000 pesos a la dote de dicha Ángela Estévez del Posso [Pozo], que dicho Licenciado Diego Peláez Sánchez se obligó a pagar. También menciona que por honra de su mujer manda en arras propter nuptias 1 000 pesos de oro común, que junto con la dote suman la cantidad de 8 218 pesos, por tanto se obliga a tener seguros y conservados sobre su persona. Por otra parte, estando presente el Licenciado Diego Peláez Sánchez otorga escritura de obligación de pago a favor de dicho compareciente por la cantidad de 6 000 pesos que le tiene mandados por dote de su sobrina.
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Isidro de Zetina [Cetina], vecino de la dicha villa, declara que al contraer matrimonio con Juana de Morantes, vecina de esta villa, hija legítima de Diego de Anastasio, vecino que fue del pueblo de Cachula de la provincia de Tepeaca y de Inés de Morantes[roto] que al presente es mujer de Joseph [José] de Brito [Lomelín] el “Viejo”, los bienes que la susodicha tenía así los que llevó en dote con José de Brito el “Mozo” ya difunto, marido primero de dicha Juana [de] Morantes, estaban inventariados con los de dicho primer marido por haber muerto sin testar. Por lo que realizado el inventario de bienes de José de Brito el “Mozo”, su mujer recibió la dote y la mitad del remanente de los bienes que quedaron del susodicho. Al presente dicho bienes y la dote están bajo su poder, por lo que es su deseo otorgar carta de dote a favor de la citada Juana de Morantes. Y para dar cumplimiento otorga que ha recibido la cantidad de 2 036 pesos en los géneros y reales que se mencionan en la escritura por dote de doña Juana de Morantes.
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