Ante el corregidor compareció Juan Ruiz, mayordomo de la cuadrilla de carros de Diego García, quien manifestó llevar en ella 54 pipas de vino, en virtud de cuatro certificaciones firmadas por los jueces oficiales reales en la Nueva Veracruz, el 26 y 27 de octubre del presente año, para entregar en México al Capitán Martín de Chavarría, a Pedro de Medina, a don Teodoro de Fuentes y en Tepeaca a don Fernando de Álvarez 24 de ellas, cuya imposición monta 1 350 pesos que quedaron metidos en la Real Caja.\n
TEPEACA, CIUDAD DE
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Ante don Gerónimo [Jerónimo] de Leza y Mancilla, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció don José Gómez de Espinosa, en nombre de María de Arteaga, su madre, viuda de don Lorenzo [Gómez] de Espinosa, vecina del pueblo de Cosamaloapan, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 530 reses, toros y novillos, de sus haciendas Chiltepec, Pedregal y Otapa, que están en términos de la jurisdicción del mismo pueblo, para pasar a la ciudad de Tepeaca o Puebla donde los lleva para su venta.\n\n
Don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697 ante Antonio de Robles y Sámano, Escribano Real y Público; dijo que don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar, le ha pedido le venda 4 caballerías de tierras que sobraron de las 8 que vendió el otorgante al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, como se reconoció por las medidas que de ellas hizo el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, medidor nombrado por Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España, cuyas 4 caballerías pertenecen un sitio de los cuatro que se expresan en la merced hecha a favor de don Gaspar de Rivadeneira, abuelo del otorgante y de quien las heredó su padre. Dichas 4 caballerías lindan por el sur con tierras del don Antonio de Leiva; por el poniente con un sitio de tierra de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; por el norte con tierras de don Hipólito del Castillo de Altra; por el oriente con tierras de doña Agustina Dávila; y por en medio de las 4 caballerías un arroyo de agua. Por lo tanto, otorga que vende a don Antonio de Leiva, las 4 caballerías de tierra libres de censo, hipoteca ni otra enajenación, por precio de 800 pesos horros de alcabala, los cuales pagará el día 15 de octubre del presente año.
UntitledEl Licenciado Diego García Calvo, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da poder a Juan Cortés, vecino de la dicha ciudad de los Ángeles, para que en su nombre acabe por todas las vías la demanda que sigue contra Diego de la Fuente Almazán, poseedor de la hacienda en el valle de Napaluca de la provincia de la ciudad de Tepeaca, sobre los réditos de la capellanía que fundó doña Isabel de Vargas Fornicedo, de 2 000 pesos de principal impuestos y cargados sobre la hacienda. Asimismo, para que reciba y cobre los réditos de otra capellanía, de la cual también es capellán, de 1 400 pesos de principal que fundó doña Juana Suárez, que se hallan impuestos y cargados sobre la hacienda de labor en la jurisdicción de la ciudad de Gagosingo [Guagozingo], que al presente posee doña Ana de César. Por tanto, se lo otorga para que haga pedimentos, embargos y desembargos, con libre y general administración.
UntitledEl Bachiller don Juan García Guerra, Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, en nombre y como apoderado de doña Gertrudis de Villegas Guerra, su hermana, vecina de la doctrina de San Salvador el Seco, jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, viuda del Capitán Antonio de Brito Lomelín, vende a don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa, unas casas de vivienda que posee la susodicha en esta villa, en la esquina de la plaza, altas, techadas de teja, que se le adjudicaron en el juicio divisorio de los bienes de su marido. Las vende en precio de 1 850 pesos, de los cuales 550 pesos pagó de contado, 500 pesos pagará para el 24 de junio y 800 para el 24 de diciembre de este año.
UntitledLope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, declara que por cuanto Nicolás de Saldaña, vecino de la ciudad de [Tepeaca], arrienda del Capitán Juan Isidro de Pardiñas, Caballero del Orden de Santiago, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la ciudad de los Ángeles, una hacienda nombrada San Cristóbal, que tiene en la jurisdicción de Tepeaca, cuyo arrendamiento es por tiempo de siete años en precio de 900 pesos en cada uno de ellos, para cuyo efecto le ha pedido salga por su fiador de dicho arrendamiento. Y a razón de lo anterior lo pone en ejecución y otorga que da su poder a dicho Nicolás de Saldaña para que lo constituya como su fiador y principal pagador durante dicho arrendamiento.
UntitledJuan González, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Cristóbal Pérez, de la misma vecindad, para que en su nombre cobre un caballo castaño capón que le hurtaron en este pueblo, y tiene noticia de que se halla en la ciudad de Tepeaca, y generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar de cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otros bienes que le debieren, y de lo que recibiere y cobrare, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan.
Juan de Castañeda, vecino de la ciudad de Tepeaca, natural de las minas de Pachuca, estante en este ingenio, dio poder a su mujer María de Ayala, vecina de Tepeaca, para que en su nombre haga y ordene su testamento, con las mandas y legados que le tiene comunicados.
Juan Balderas, vecino de la ciudad de Tepeaca, como albacea de Juan de Castañeda, hizo el inventario de los bienes que el susodicho traía consigo.
Don José Miguel de Luna y Arellano, vecino de la Ciudad de Tepeaca, con poder especial otorgado a su favor por doña María Gertrudis de Avendaño, se obliga a pagar a don José Robledano de Cardeña, la cantidad de 974 pesos y 4 reales, para el mes de octubre del año de 1747.