Don Juan Domingo, Capitán Alcalde de Teocelo; Lucas Martín, Regidor; y Juan de Santiago, Alguacil Mayor, dijeron que en cumplimiento de lo mandado para que tengan escuela en su pueblo, han convenido con Antonio de la Cruz Méndez, natural y escribano actual de ese pueblo a enseñarles, obligándose a pagarle 5 pesos cada mes, más una fanega de maíz por tiempo de cuatro años, un huevo cada viernes por muchacho, y el maestro se obliga a enseñarles la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir, 3 horas por la mañana y 3 en la tarde.
TEOCELO, PUEBLO DE
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Don Baltazar Hernández y don Guillermo Hernández, Alcaldes, don Gaspar Melchor y don Matías Hernández, Regidores y Domingo de la Cruz, Escribano del pueblo de Teocelo, en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Antonio de la Cruz, de esa vecindad, 50 pesos, 5 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.
Don Nicolás de Arenzana, vecino de la Ciudad de México, hace cancelación de una escritura, por la cantidad de 623 pesos y 3 reales, los cuales recibe del Gobernador, Alcalde y Regidores del pueblo de Teocelo, por cuenta de adeudo del 24 de octubre de 1757 hasta el 24 de junio de este año.
Don Mateo de Santiago, Gobernador del pueblo de Teocelo, don Pascual de la Cruz y otro don Pascual de la Cruz, Alcaldes, don Domingo Ramos y don Tomás Hernández, Regidores, y Diego Antonio, Escribano de Cabildo, Oficiales de gobierno de dicho pueblo, otorgan poder general a don Antonio José de Nava, vecino de San Andrés Chalchicomula, para que los represente en todos los pleitos, causas y negocios, civiles o criminales.
Los Gobernadores, Alcaldes, Regidores y demás oficiales de los pueblos de San Jerónimo Coatepec, Xicochimalco, Teocelo e Ixhuacán de los Reyes, otorgan poder general a don Miguel José Martínez, Procurador de la Real Audiencia de México, para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, señalando a los señores jueces la extrema pobreza en la que se encuentran dichos pueblos por la epidemia general que han padecido.
Don José Alonso, don José García, Alcaldes del pueblo de Teocelo; don Mateo García y don Tomás Juan, Regidores; don José Manuel, Escribano y Cristóbal Martín, Alguacil, dijeron sin intérprete, que otorgan poder general a don Francisco Miguel de Campo, vecino del pueblo de Jalapa, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales eclesiásticos y seglares demandando y defendiéndolos de cualquier comunidad, personas y particulares y especial para que los defienda en el pleito que tienen pendiente con Martha Felipa, viuda de Juan Pascual, dueño de tierras en términos de dicho pueblo y de ser conveniente compre a la dicha dos sitios de ganado menor que posee en esos términos a los plazos que asentare.
Don Francisco García, Alcalde Actual del pueblo de Santa María Teocelo, don Pascual de la Cruz, Regidor, a través Felipe Vicente, intérprete, otorgan poder especial a Juan de Medina Caraveo, vecino del pueblo de Jalapa, para que en nombre y representación de la comunidad parezca ante las justicias de Su Majestad y especialmente ante las justicias de este pueblo y continúe y termine el litigio sobre tierras que tienen pendiente contra Antonio Pérez de Oropeza, vecino de la provincia de Tlaxcala.
Don José Alonso, alcalde del pueblo de Santa María Asunción Teocelo; sus regidores Alonso Martín y Juan Pascual; alguacil mayor Francisco Hernández; escribano de Cabildo Francisco Luis, dijeron que por cuanto Su Majestad por real cédula mandó se pongan maestros de escuela en los pueblos de esta jurisdicción, y en su cumplimiento, la justicia de Jalapa les señaló por tal maestro a José Vázquez, español, vecino de Jalapa, por tiempo de 4 años; a partir del día 15 del presente; y ellos, se obligaron a pagarle 140 pesos de oro común anuales, más 12 fanegas de maíz en cada un año, y un huevo el viernes y otro el sábado, por cada muchacha o muchacho a la semana; así como una molendera que ha de pagar el dicho José Vázquez, a razón de dos reales cada semana.
Don José Manuel Colorado, Gobernador, don Francisco de la Cruz y don José de Jesús, Alcaldes, don Santiago de la Cruz y don Juan Ortiz, Regidores, y José Manuel de la Cruz, Escribano del Cabildo, Oficiales de República y los naturales del pueblo de Teocelo, otorgan poder especial a don Andrés de Santillán, vecino de la Ciudad de México, para que prosiga y acabe, los autos que se siguen en contra de Lorenzo de la Cruz, Juan Cid y sus demás consortes, por la medición que realizaron de 2 sitios de tierra de ganado menor.
Francisco Hernández, Alcalde del pueblo de Nuestra Señora de Teocelo, sujeto a Ixhuacán de los Reyes, jurisdicción de Jalapa, Gregorio García, Regidor y Antonio José, Escribano, otorgan poder general a Pedro Gorrindo Palomino, español, maestro de escuela y vecino de esta jurisdicción, para que los represente en todos sus pleitos civiles y criminales.