José Antonio Amuedo, de esta vecindad, otorga que ha recibido del Bachiller don Francisco Pablo de Verenguier [y Acosta], Teniente de Cura de esta Iglesia Parroquial y encargado de su curato, por legítima ausencia del propietario, la cantidad de 100 pesos, que se obliga a satisfacer en el término de un año, con sus 5%. Para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava una casita de paredes, cubierta de madera y teja, que posee en la Calle de los Ingenios o la Alameda.
TENIENTES DE CURA
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Don Sebastián Martín, Gobernador del pueblo de Naolinco, don Luis Matías, don Diego Martín Pérez y don José Gabin, Gobernadores pasados, junto con los demás oficiales del cabildo de este citado pueblo, quienes hablan por ellos mismos y en nombre de los naturales del mismo lugar, se constituyen en deudores del Presbítero Pedro Felipe de Rivera, Teniente Cura del referido pueblo, por la cantidad de 158 pesos de a 8 reales de plata cada uno, obligándose a cubrir dicho adeudo de la siguiente manera, 50 pesos de reales, durante el próximo mes de febrero de este año y los restantes 108 pesos en el mes de enero de 1797.
El Presbítero don José María Tavera, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de Cura de la Ayuda de la Parroquia del Señor San José, de esta Villa, otorga poder especial a don Juan José del Corral Faria, Cura del pueblo de Huaniqueo, para que a nombre de él, lo represente en los derechos que le asisten de una capellanía que le pertenece en el Obispado de Valladolid, para que con arreglo a las instrucciones que por su parte se le franquean pida y promueva cualquier juicio, artículo que sea conducente a la seguridad del principal; y haciendo en virtud de ello todo los actos, agencias y diligencias, judiciales y extrajudiciales que al indicado particular importen.
Manuela Victoria Oyanguren, de esta vecindad, de estado viuda, otorga que vende a favor de don Francisco Pablo Verenguier [y Acosta], Teniente de Cura de esta Iglesia Parroquial, una casita de paredes de edificio bajo, cubierta de madera y teja, con el solar que le corresponde, se compone de 20 varas de frente y 53 de fondo, situada en el callejón del Chorro Poblano, en los linderos que se mencionan en la escritura. La vende por precio de 317 pesos.
El Bachiller don Francisco Pablo Verenguier [y Acosta], Teniente de Cura de esta Iglesia Parroquial, encargado del curato de ella, por legítima ausencia del propietario Doctor don Juan Miguel García de Paredes, manifiesta que don José Francisco González, de esta vecindad, impuso y cargó sobre su casa, situada en la calle y colindancias que se mencionan en la escritura, la cantidad de 125 pesos, que percibió del párroco que fue de esta Villa, pertenecientes a la memoria de 6 misas rezadas, que mandó fundar doña Isabel Fernández de la Calleja; cuyo principal se le mandó exigir por cuenta de la Real Caja de Consolidación, en donde habiéndoles enterado por manos del actual Subdelegado, se pusieron en la Tesorería provisional, por lo cual el declarante da por nula y cancelada la escritura de adeudo.\r\n