Don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, de la provincia de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y de San Antonio Guatusco [Huatusco], y Teniente de Capitán General por Su Majestad, nombra Teniente de Alcalde Mayor de San Antonio Guatusco [Huatusco] a Sebastián Fernández, con vara para que administre todos los casos y cosas pertenecientes a ella, y sustanciadas se las remita a su juzgado para su definitiva, que para ello le da el poder y facultad que en derecho se requiere.
UntitledTENIENTES DE CAPITÁN
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Don Joseph [José] de Leiva y Esparragosa, Capitán de la Infantería española de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán Diego Dávila Varrientos [Barrientos], estantes en la ciudad de México, para que en su nombre y representación, comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey [roto] para que éste se sirva [roto] mandando se le guarden todas las honras, franquezas, libertades, inmunidades y todo lo que como tal capitán de infantería deba haber y gozar. Asimismo, para que demuestre las certificaciones donde consta ser capitán, para que dicho Señor Excelentísimo le confirme y apruebe por tal. Igualmente demuestre los dos mandamientos, el uno despachado a la vecindad y Compañías de Galapa [Jalapa] su data en México el 17 de junio de 1689 y el otro despachado por el Virrey de Moncloa [Monclova], ambos refrendados por Pedro Belasques [Velázquez] de la Cadena. Por lo que se le da éste con libre y general administración.
UntitledManuel Gómez Dávila, Regidor; Joseph [José] de Leiva, don Francisco de Messa [Francisco de Meza y Mendoza], Miguel de Leiva [Esparragosa], Alonso Gómez Dávila, Juan Gómez Dávila, don Gaspar Carbajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente], Pedro García de Messa [Meza], Nicolás de Olibera [Olivera], Gaspar Rendón, Juan de los Santos Cubillos, [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, Manuel de Piña, Antonio Millán, Pedro Trillo de Figueroa, Diego de [la] Palma, Benito Rendón, Thomas [Tomás] Ferrer [de Benavides], Dyego de Roxas [Diego de Rojas], Antonio Martínez, Antonio de Villavizenzio [Villavicencio], todos vecinos de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el del Capitán Joseph [José] de Leiba [Leiva] Esparragosa, Antonio Muñoz, Juan [José] Coronado y don Juan de Figueroa, que al presente se hallan ausentes; todos otorgan poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, residente en la ciudad de México, para que en nombre y representación de cada uno de ellos, pueda hacer cualquier transacción y en virtud de lo que pactare desistirse del pleito comenzado, y no seguir los capítulos que tiene puestos ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la dicha ciudad de México y su corte contra el Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, su jurisdicción y sus partidos de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], en virtud de poder que para ello le otorgaron.
UntitledEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a su sobrino, Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad en esta villa y próximo a viajar a la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Señor Coronel de Caballería don Nicolás Ventura de Chavarría, Caballero de la Orden de Santiago, Corregidor de dicha ciudad por Su Majestad, Gobernador de sus Armas y Teniente de Capitán General en ella, y pida se sirva mandar le entreguen un negro esclavo que se le huyó, nombrado Lucas, maestro de hacer azúcar; y aprisionado lo pase la cárcel pública de esta villa, donde le tiene probados diferentes daños que le ha hecho.
UntitledEl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, a saber, el Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella; don Diego Valero Grajera, Alférez Mayor, Regidor Perpetuo y Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad; don Francisco de Aguilar y el Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, todos regidores perpetuos de esta villa; otorgan en arrendamiento al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, media caballería de tierra, poco más o menos, de las pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, por tiempo de cinco años a razón de 10 pesos anuales, a partir de hoy día de la fecha. Dicha caballería está en el camino real que va de esta villa a la Nueva ciudad de la Veracruz, entre la Peñuela y hacienda que llaman El Contadero [San Sebastián], que linda por el poniente con el camino que va a la hacienda que llaman El Potrero [Nuestra Señora de la Candelaria]; por la cabezada del oriente linda con tierras del dicho Contadero; por el norte con la barranca de río Seco; y por el sur con tierras del Capitán don Pedro López del Castrillo.
UntitledEl Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por [Su Majestad] de la villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], dijo que por cuanto Francisco Cruzado, vecino de la ciudad de los Ángeles, por el mes de [febrero] recibió del Capitán Francisco [roto] de la ciudad de México, la cantidad de 1 457 pesos y de Joseph [José] de tal [cuyo apellido no recuerda], otros 1 000 pesos, declara que fueron para él los 2 457 pesos que Cruzado sacó, por lo tanto se obliga por la presente a pagarlos en un lapso de seis meses.
UntitledEl Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que habiendo hecho a su costa los puentes de la punta de Guatusco [Huatusco] y una venta para el trajín del camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes Virrey de esta Nueva España, quien mandó que a cada persona que pase a caballo por los puentes se le cobre 1 real y otro real más por cada mula cargada, dio en arrendamiento ese derecho y dicha venta, hasta el mes de septiembre del año de 1687, al Sargento Juan Joseph [José] Hernández, de la Compañía de Infantería del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], por precio de 700 pesos, en la forma y como se contiene en la escritura que otorgó el susodicho ante el presente escribano el 15 de julio de este año, la cual declara está hecha de su consentimiento y se obliga a guardar y cumplir todo lo que en ella indica.
UntitledJuan González de Olmedo, vecino del pueblo de Orizaba, Alguacil Mayor de la Real Caja de la ciudad de la Veracruz, dijo que por cuanto el Licenciado Joseph [José] de Morales, Abogado de la Real Audiencia de México, en cumplimiento de la Real Provisión de su Alteza, fue a la provincia de Tabasco a la averiguación de ciertos capítulos que algunos de los vecinos pusieron contra el Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la citada provincia; por cuya causa y en virtud de los despachos de los señores del Real Tribunal de Cuentas de la Real Hacienda, y para beneficio de los pesos de oro que fueron a cargo de dicho Alcalde Mayor como recaudador que ha sido de ellos, le embargaron todos sus bienes. Y para que dicho Antonio de Cueto Bracamontes pueda ocurrir ante los señores presidentes y oidores de Real Audiencia y pedir se le desembarguen sus bienes, para poder cobrarlos y de lo procedido pagar a Su Majestad 8 400 pesos; así como para mayor seguridad de los pesos de oro le pidió salir por su fiador en cantidad de 1 000 pesos. Y por la presente el dicho Juan González de Olmedo otorga que se constituye fiador del Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, para que lo obligue por su fiador y principal pagador haciendo deuda ajena, por la cantidad de 1 000 pesos.
UntitledJuan [García] de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, y dueño de trapiche en esta jurisdicción, otorga poder al Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación lo obligue a favor de la persona o personas que hallare y concertare hasta por la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándolo como principal o como fiador del Capitán y Sargento Mayor Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa y provincia de San Antonio Huatusco, y en razón de lo susodicho otorgue escritura que le fuere pedida, misma que aprueba y ratifica, y se obliga con su persona y bienes.
UntitledDon Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo por Su Majestad en esta dicha villa y vecino de ella; en nombre del Capitán Juan de Santiago, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles, en virtud del poder que le otorgó, vende al Capitán don Carlos Samaniego [y] Pacheco, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta dicha villa, su jurisdicción y partido de San Antonio Huatusco, una negra esclava nombrada Rosa María, criolla, de veintidós a veinticuatro años más o menos, que su parte hubo y compró del Capitán don Manuel de Catarroxas [Catarroja], vecino de dicha ciudad. Lo vende por precio de [roto] 75 pesos de oro común.
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