TECAMACHALCO, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0050 · Pièce · 1678/11/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana González de Belilla, vecina de esta villa y viuda de don Antonio Sentís [de Ojeda], como albacea de su difunto esposo hace inventario de los bienes que quedaron por su muerte, entre los que se encuentran: un solar en esta villa, en la calle de San Juan, que linda por el oriente con la casa de don Francisco Valero [Grajeda] y por el norte con solar de Catalina Álvarez. Otro solar baldío en esta villa, que linda con solar de Salvador Pérez [Milián]. Una esclava negra criolla nombrada Úrsula, de treinta años, con tres hijos, uno llamado Juan, de cuatro años; otra nombrada Micaela, de dos años; y Sebastiana Inés, de once meses. 186 cargas de trigo, mitad de candial y mitad de pelón, en poder de Antonio Franco, vecino y labrador de Acatzingo. 170 cargas de trigo que tenía en su poder Joseph [José] Ruiz Briseño, de Tecamachalco, entre otros bienes que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0089 · Pièce · 1701/12/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Leonor López, vecina de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Tecamachalco, hija de Juan López Martín y Catalina Milián Perdomo, difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda 4 reales para la canonización del venerable Gregorio López y otros cuatro para la canonización de Juan de Palafox y Mendoza. Ítem, manda 4 reales a cada una de las cofradías de la iglesia parroquial. Ítem, manda dos sábanas a Gertrudis, su sobrina; una caja de cedro, unas naguas y camisa de seda a Micaela Margarita niña que ha criado en su casa; una mantilla, una camisa y unas naguas de sarga a Petrona González por el mucho amor y cariño que le ha servido y asistido. Declara que, a Micaela de Estrada, vecina de esta villa, viuda de Manuel de Piña, le prestó 5 reales manda que se cobren. Declara que fue casada con don Juan González, difunto, y al tiempo que contrajo matrimonio ambos no tenían ningún caudal y durante dicho matrimonio procrearon como hijo legítimo a Miguel González de veinticinco años. Por bienes menciona una caja de cedro grande con llave, seis cucharas de plata; un solar en esta villa, ubicado en la calle Real, con 50 varas de frente y 50 de fondo, por el oriente da con solar de Juan del Río, y por el poniente con solar de Micaela de Agra, por el sur con solar de Gertrudis de Estrada y por el norte calle en medio con solar del Capitán Francisco de Meza y Mendoza, en el cual tiene labradas 11 varas de cal y canto cubiertos de teja con sus puertas y ventanas. Por último, instituyó y nombró por albacea testamentario y tenedor de bienes a Miguel González, hijo, y lo nombró su único y universal heredero.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0213 · Pièce · 1773/10/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, de esta vecindad y república, hizo exhibición para que se registre en este libro de un testimonio de escritura por la que se manifiesta que, en el pueblo de Tecamachalco, jurisdicción de Tepeaca, en 11 del corriente mes, doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, viuda y albacea testamentaria fideicomisaria de don Gaspar Mejías de Reinoso, habiéndose seguido autos de inventario por fallecimiento del citado su marido y pedido adjudicación con audiencia de sus partes, la cual le fue librada, razón por la cual se obligó a pagar a sus hijos las cantidades que se les librasen por razón de su herencia paterna conforme a la división y partición que ha de procederse a doña Josefa Teresa por hallarse casada, y a los demás sus hijos menores cuando tomen estado, y a todos con sus réditos de 5 por ciento en cada un año que convertirá a los menores en sus alimentos, cuyos pagos se ejecutará en dicho pueblo. Igualmente se obligó a satisfacer las deudas que deben erogarse del citado caudal. Y para seguridad del principal hipotecó todos los bienes que se le adjudicaron.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0127 · Pièce · 1709/10/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Amaro González, vecino de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de Tecamachalco provincia de Tepeaca, hijo legítimo de Amaro Luis y de Verónica Rodríguez, difuntos, otorga poder a María Martínez Romano, su mujer, y al Tesorero Pedro Trillo de Figueroa, vecinos de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara ser síndico de los Santos Lugares de Jerusalén en esta villa de cuya limosna dio libranza al Reverendo Padre Procurador Fray Juan de Fonseca para que le cobrara 45 pesos a Francisco Leandro, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, aunque no era tanta cantidad la que debía, la recibiría en cuenta de lo que había de cobrar en adelante, de lo cual tuvo noticias por carta de dicho reverendo padre de que había cobrado al susodicho Leandro 23 pesos y para lo restante había dejado ordenes al síndico de dicha ciudad para que lo recaudara. Hace donación a sus hermanas de la parte que le toca de una casa en Tecamachalco, heredada por sus padres a sus hijos. Declara haber sido casado en primeras nupcias con Ana Bernal, difunta, quien trajo de dote al matrimonio 1 500 pesos y él nada, y con quien procreó a Nicolasa de Amaro. Dijo que después se casó con María Martínez Romano, quien trajo de dote 300 pesos y él tenía de caudal como 800 pesos, con ella procreó a Patricio José, de siete años de edad; Tomasa Beatriz, de 2 años; Pedro de Alcántara, de año y siete meses; y el póstumo o póstuma de que se halla encinta. Nombra como albaceas a su mujer y a Pedro Trillo, y como tenedora de sus bienes a su mujer María Martínez Romano. Nombra como herederos a sus hijos Nicolasa de Amaro, viuda de Antonio Martínez Romano; a Patricio José, Tomasa Beatriz, Pedro de Alcántara y al póstumo o póstuma. Nombra a su mujer como tutora y curadora de sus menores hijos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0110 · Pièce · 1719/10/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María Milián Perdomo, viuda y heredera del remanente que quedó por bienes de doña Francisca Milián Perdomo, su difunta hija; y el Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, albacea y tenedor de bienes que es de la susodicha, su mujer. Ambos otorgantes dijeron que el día 25 del presente mes y año se procedió a hacer inventario y avalúo de bienes que quedaron de la difunta. Doña María Milián, señaló que el caudal que dejó su hija ha sido ganado durante su matrimonio de lo que quedó más que medio [solar] de tierra eriazo que le dio en dote de 25 varas de frente y 50 de fondo, y el dicho [roto] llevó al matrimonio 4 500 pesos [roto] de casa y un esclavo nombrado Antonio de Segura. Le consta que el caudal de [roto] pasaban de 8 000 pesos como parece del libro de sus cuentas, la mayor parte de él son débitos incobrables como cobrables que lleva mucho tiempo para apercibirlos, como asimismo otros gastos precisos e inexcusables que se puedan ofrecer. Situación por la cual, ambas partes han convenido y ajustado transacción en esta escritura, para que la parte que tocare de herencia [roto] se pueda distribuir en la forma y manera siguiente: primero doña María, declara haber recibido del capitán la ropa de color y blanca de la difunta su hija, alguna plata labrada, un par de sarcillos de oro grandes, dos pares de aretes de oro, dos sortijas de oro, una cama de grana, un rodastrato de pinturas nuevo, tres cojines de raso encarnados, seis sillas de baquetas labradas nuevas, unas colcha camera nueva de Tecamachalco, un colchón camero y otras menudencias del uso de su hija y algunos reales que le había dado [roto], que de uno y otro se da por entregado a su voluntad, por lo que entrega carta de pago y recibo en forma. Asimismo, durante los días de su vida y hasta donde cubriere la cantidad que le tocare de su legítima, le halla de dar el capitán para sus alimentos, todos los sábados 4 pesos y de quince en quince días 4 libras de cacao y dos onzas de canela y la azúcar correspondiente a cada molienda. Asimismo, se encargará de techar la casa de su morada que se compone de la sala de 12 varas de tejas, la madera y clavos que necesitare y haya de pagar los operarios. Asimismo, en el caso de que llegase su fallecimiento, sobreviviendo don Pedro Fernández, se encargará de enterrarla en donde fuere su voluntad sin que se entrometa ninguno de sus herederos. Tanto el uno y el otro se remiten y perdonan los alcances y se dan por finiquito y apartan los derechos y acciones. La susodicha aparta a sus herederos para que no pidan ni demanden cosa alguna al Capitán don Pedro Fernández, por estar satisfecha la herencia y él pueda disponer de sus bienes, y ella se obliga a las calidades y condiciones que se mencionan en esta escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0232 · Pièce · 1777/01/04
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa, de esta vecindad y república, exhibió para que se registre en este libro, dos testimonios de una escritura que en nombre de doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, viuda de don Gaspar Mejías de Reinoso, residente en la ciudad de la Puebla, albacea y heredera del Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza y Meza, Cura Beneficiado que fue del pueblo de Tecamachalco, otorgó venta de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Defensa, alias Panzacola, en este distrito, al Licenciado don Martín Antonio de Leiva, Presbítero de esta diócesis y de esta vecindad, en 30 447 pesos 7 reales de los que ha de reconocer 15 731 pesos 4 reales y un grano de los principales con obligación de réditos a favor de la nominada albacea y heredera; asimismo, los nominados 14 816 pesos 2 reales y 11 granos a favor de dicha doña Manuela Antonia Rodríguez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0005-PC_0005_0004 · Pièce · 1649/07/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Felipe, vecino de esta jurisdicción, se obliga a pagar la cantidad de 70 pesos y 6 tomines de oro común en reales de contado a doña Luisa Ramírez “la Paloma”, viuda de don Francisco del Castillo, vecino que fue del pueblo de Tecamachalco, como albacea testamentaria de su difunto marido. Dicha cantidad es el resto de 130 pesos valor de un negro llamado Mateo, de edad de más de cincuenta años, que pagó don Francisco del Castillo en nombre de Juan Felipe, a Gonzalo García, vecino de los Ángeles y albacea de Francisco de la Cruz, difunto, vendedor de dicho esclavo. Posteriormente, al fallecer don Francisco del Castillo, Juan Felipe gastó 59 pesos de oro común que monto la sepultura, cera, misas y otorgamiento de testamento, restando pagar a su viuda la dicha cantidad de 70 pesos y 6 tomines.

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